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Autor:Emilio Castelar
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{{Biocitas
|Texto='''Emilio Castelar y Ripoll'''<br /> (7 de [[septiembre]] de 1832 - 25 de [[mayo]] de 1899) <br> Político, historiador y escritor republicano español.<br>Presidente de la Primera República española.}}
== Obras ==
=== Libros ===
* Leyendas populares (1857)
* Ideas democráticas. La Fórmula del progreso (1858)
* Recuerdos de Italia (1872)
* ''[[Índice:Vida de Lord Byron.pdf|Vida de Lord Byron]]'' — La Habana: La Propaganda literaria (1873) {{at|Vida de Lord Byron.pdf}}
* [[La hermana de la Caridad]] (1873)
* Historia de un corazón (1874)
* Un año en París (1875)
* La Civilización en los cinco primeros siglos del Cristianismo (1876)
* Fra Filippo Lippi; novela histórica (1877)
* [[Ricardo]] (1877)
* [[Recuerdos de Elda o Las fiestas de mi pueblo]] (1879)
* Europa en el último trienio; historia contemporánea (1883)
* [[Retratos históricos (1884), Castelar|''Retratos históricos'']] — Madrid: Oficinas de ''La Ilustración española y americana'' (1884). {{at|Retratos históricos - IA retratoshistric01castgoog.djvu}}
* [[Historia del año 1883]] (1884)
* Historia del año 1884 (1884)
* Tragedias de la Historia (1884)
* El suspiro del moro. Leyendas tradiciones, historias referentes a la conquista de Granada (1885)
* Historia del descubrimiento de América (1892) Imprenta de [[Portal:Imprenta de Rivadeneyra|Manuel Rivadeneyra]], {{at|Historia del descubrimiento de América (IA descubrimiento00castrich).pdf}}
* Historia del descubrimiento de América (1893) Imprenta de [[Portal:La Americana|La Americana]], {{at|Historia del descubrimiento de América (IA historiadeldescucast).pdf}}
* Crónica Internacional (1898)
=== Discursos ===
* ''[[Discurso en las Cortes españolas del 12 de abril de 1869. Defensa de la libertad de cultos|Defensa de la libertad de cultos]]'' — Discurso en las Cortes españolas (12 de abril de 1869).
* ''Discurso sobre la Internacional'' — Discurso en las Cortes españolas (19 de octubre de 1871)
* ''[[Abolición de la esclavitud]]'' — Discurso en las Cortes españolas (21 de marzo de 1873)
* Discurso (2 de enero de 1874)
* Discurso de Alcira (2 de octubre de 1880)
=== Artículos ===
* Helena considerada como símbolo del arte clásico (1854) — Publicado en la ''Revista española de ambos mundos''.
* «El techo del Paraninfo de la Universidad» — Publicado en el periódico ''La América'' (8 de abril de 1859).
*«[[El Rasgo...]]» — Publicado en el periódico ''La Democracia'' (25 de febrero de 1865).
=== Prólogos ===
* «[[Follas novas/Prólogo|Prólogo]]» en ''Follas novas'' (1880) de [[Autor:Rosalía de Castro|Rosalía de Castro]].
=== Biografías sobre el autor ===
* «[[Manual de Biografía: Emilio Castelar|Biografía de Emilio Castelar]]» por [[Autor:Manuel Ovilo y Otero|Manuel Ovilo y Otero]] en el libro ''[[Manual de Biografía y de bibliografía de los escritores españoles del siglo XIX - Tomo I]]'' (1859).
* «[[Memorias Íntimas - Emilio Castelar|Emilio Castelar]]» por [[Eusebio Blasco]] en el libro ''Memorias Íntimas'' (1904).
[[Categoría:Republicanismo histórico español]]
[[Categoría:Republicanismo]]
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Wikisource:Café
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Bot: archivo de 2 hilos (con una antigüedad de 60 días) en [[Wikisource:Café/Archivo 2026]]
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{{Atajos|WS:C|WS:CF|WS:CAFE|WS:CAFÉ}}
{{:Wikisource:Café/Encabezado}}{{:Wikisource:Café/Presentación}}[[Categoría:Wikisource|Café]]
{{Usuario:MABot/config
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}}
== Sobre los datos de la edición ==
¡Buenas! Vengo con más preguntas. Acabo de terminar de transcribir [[Índice:El Archivo de Indias y la Biblioteca Colombina de Sevilla - rápida reseña de sus riquezas bibliográficas (IA archivodesindias00larrrich).pdf|este índice]], y he creado [[El Archivo de Indias y la Biblioteca Colombina de Sevilla|la página correspondiente]]. Por un lado, quería pediros que echarais un vistazo a la página para comprobar que está bien hecho, ya que es la primera que hago (y, por ejemplo, no sé cómo añadir la caja de información al inicio de la página). Y luego, por otro lado, en este archivo concreto no pone la fecha ni lugar de publicación. Al parecer está escrito en 1914, ya que se refiere como "el diciembre último" a un acto que sabemos tuvo lugar el 19 de diciembre de 1913. Sin embargo, no consta como tal en el documento acogido en Commons ni en otra copia digitalizada por la BNE; por lo que no sé si se debe poner en la fecha "1914" o "1914?" (como estaba cuando empecé a transcribir el documento) o "ca. 1914", y si debe añadirse la categoría P1914 o no. Tampoco consta el lugar de publicación. Es de la "Tipografía La Académica", pero haciendo una rápida búsqueda en algunos documentos digitalizados de la BNE, he encontrado que hay al menos dos tipografías por ese nombre, una en Zaragoza y una en Barcelona; y no he encontrado el logo que está en este documento en ninguno de los otros, para poder averiguar de cuál se trata. En el índice consta Barcelona porque se extrae de los metadatos de Wikidata, pero no sé si es correcto ya que está enlazado a una de las tipografías, desconociendo si es la correcta. Probablemente son preguntas sin mucha importancia, pero quiero saber cuál es la forma de actuación que seguís aquí en caso de datos faltantes o estimados. Perdón por las molestias; un saludo. [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 15:33 4 may 2026 (UTC)
:{{ping|Sucdemagrana}} ¡Buenas! Para la "cabecera", hay que añadir "header=1" dentro de la etiqueta "pages", o sea, <code><nowiki><pages index="El Archivo de... (etc.).pdf" from=1 to=55 exclude=3 header=1 /></nowiki></code>.
:Para la fecha, yo utilizaría el ''[[:w:circa|circa]]''. En Wikidata yo lo pongo como en [https://www.wikidata.org/wiki/Q137821818#P577 este ejemplo]. Y si lo informas en el índice, con la plantilla {{tl|circa}}. La [[:Categoría:P1914]] la pondrá automáticamente el [[Módulo:Encabezado]] porque estará siendo "invocado" por haber añadido "header=1".
:Sobre la tipografía... quizás se pueda hacer algo parecido a "''circa''" o ''sine loco'' (no lo he mirado, pero quizás haya algún valor en Wikidata para el resto de [[:w:Anexo:Abreviaturas latinas en bibliografía científica|abreviaturas]]). ¡Saludos! -[[Usuario Discusión:Aleator|Aleator]] 17:01 4 may 2026 (UTC)
== Servicio de remoción de cubiertas de Google en Commons ==
Paso aviso de que si a un archivo en Commons le agregan la [[:commons:Category:Book scans with Google Books cover sheets (to remove)|categoría correspondiente]], el bot [[:commons:User:YannBot|YannBot]] le quita la portada con la advertencia en libros que se subieron desde Google Books. Supuestamente si la transcripción está hecha o comenzada, reemplaza la página por una en blanco, para no perder la alineación con las Página:s. Voy a hacer una plantilla {{ep|páginas Google}} para marcar índices que encuentren con ese problema, y pedirle al bot que haga las gestiones. [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 04:02 25 may 2026 (UTC)
== Error de Lua ==
¡Buenas! Al entrar en [[Índice:Manual de histología normal y técnica micrográfica - bdh0000191874.pdf|este índice]] en el que he estado trabajando, me aparece ahora un "Error de Lua". ¿Podéis mirar cuál es el problema? Yo es que no entiendo de Lua. Perdón, y gracias. [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 16:33 5 jun 2026 (UTC)
:@[[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]]: Estimado, fue por una modificación que hice en un módulo lua y que luego revertí. Lamentablemente los índices se demoran mucho en actualizarse (de hecho, creo que no lo hacen en absoluto), así que hay que darle a editar, y guardar sin hacer ninguna modificación. Ya lo hice con ese índice, y disculpa las molestias. --[[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 17:03 5 jun 2026 (UTC)
== Ayuda ==
Hola de nuevo. Acabo de intentar crear la página para la primera edición de [[Manual de histología normal y técnica micrográfica]] de Santiago Ramón y Cajal [[Manual de histología normal y técnica micrográfica (1889)|aquí]]. Como se puede ver, he intentado introducir el índice de contenidos, que en la página de [[Índice:Manual de histología normal y técnica micrográfica - bdh0000191874.pdf|índice]] se puede visualizar, pero no queda bien formateado. ¿Sabéis cuál puede ser el problema?
Luego, estoy dividiendo el libro por capítulos porque es muy largo (>700 páginas), y me genera duda cómo se hace cuando un capítulo acaba a mitad de página y en la misma empieza el siguiente. En algún otro texto he visto que se ha usado la plantilla T2, T3, etc., pero entonces queda con un formato que no se parece al original. Me preguntaba si existe alguna otra forma de hacerlo. [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 10:21 7 jun 2026 (UTC)
: Me acabo de dar cuenta de que con T2 el formato no es tan distinto, solo que en la previsualización se ve muy diferente con respecto al resultado final, al igual que en todas mis previsualizaciones de hoy las cosas que deberían estar centradas salen a la izquierda, aunque luego al guardar salen efectivamente en el centro. Desconozco el motivo. [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 11:34 7 jun 2026 (UTC)
:: Con lo de los índices, lamentablemente el software cierra las plantillas al hacer la transclusión, por lo que no se puede abrir una plantilla en una página, y cerrarla en la siguiente. Sobre lo de las plantillas de títulos, t2, t3, etc. es posible modificar la presentación de las plantillas usando CSS en la pestaña "Estilo" del índice; si te animas lo puedes intentar tú, sino, lo hago yo en otro momento para mostrarte cómo se hace. Sobre la previsualización, es un bug reciente. Saludos, [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 19:21 7 jun 2026 (UTC)
::: En específico en esta obra de Ramón y Cajal, veo que se divide en "Partes" (t2), "Secciones" (t3), y "Capítulos" (t4). Los capítulos también tiene subdivisiones sin nombre (t5). Si lo haces así de manera consistente, se puede elegir muchos aspectos como la alineación, espaciado, estilo de letra, sin tener que especificarlos cada vez. [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 21:27 7 jun 2026 (UTC)
== Actualización de permisos de burócrata ==
Les comunico que en el día de hoy ha habido una actualización en la asignación de permisos de burócrata en todos los proyectos de Wikimedia, incluyendo este. Quienes no tengan el [[:w:Autenticación_de_múltiples_factores|mecanismo de doble factor de autenticación]] (2FA) activado, se les ha retirado el permiso de burócrata, en este caso solamente [https://es.wikisource.org/wiki/Especial:Registro?type=rights&user=&page=LadyInGrey&wpdate=2026-06-11&tagfilter=&subtype=rights&wpFormIdentifier=logeventslist&excludetempacct=1 ha quedado afectada], la usuaria {{u2|LadyInGrey}}. En este proyecto ahora sólo [https://es.wikisource.org/wiki/Especial:ListaUsuarios?username=&group=bureaucrat&wpsubmit=&wpFormIdentifier=mw-listusers-form&limit=200 un usuario tiene los permisos] tras el cambio: {{u2|Freddy eduardo}}. [[Usuario:Taichi|Taichi]] ([[Usuario discusión:Taichi|discusión]]) 23:06 11 jun 2026 (UTC)
== [[Módulo:Obra/pruebas]] ==
Estimada comunidad, en especial para aquellos con orientación técnica. Estoy preparando un cambio algo agresivo a la base de código de nuestro proyecto, por lo que para cumplir con los estándares de nuestra comunidad, paso a anunciar primero.
;El problema: Actualmente, tenemos múltiples módulos y plantillas que presentan información bibliográfica de nuestros textos ([[Módulo:encabezado|encabezado]], [[Módulo:Proofreadpage index template|índices]], [[Módulo:Galería|galerías]], [[Módulo:enlace obra|enlaces]]...) y cada uno lo hace a su manera un poco particular, lo que genera algunos problemas. ''1)'' duplica esfuerzos de mantenimiento ''2)'' genera pequeñas inconsistencias en la presentación ''3)'' genera retrasos en la adopción de nuevas convenciones (como captar autores en la [[d:Property:P2093|propiedad P2093]] en vez de la habitual [[d:Property:P50|P50]]).
;La visión: Abstraer y unificar. La reforma propuesta implica centralizar toda la lógica de procesamiento de información bibliográfica en el [[Módulo:Obra]] (actualmente en uso en algunos módulos con funciones limitadas), que actuará con un sistema "perezoso" (''lazy'') que carga la información sólo cuando se le pide. Además, todo lo que tenga que ver con Wikidata, se manejará en [[Módulo:Wikidata|su propio módulo]], el que también recientemente ha sido simplificado en gran medida.
:*Jerarquía incorporada: El módulo Obra reconocerá en forma diferenciada si la información proviene de Wikidata o de fuentes locales (es decir, la información puesta a mano por nosotros mismos) y siempre respetará la información local.
:*Estructuras predecibles: Cada tipo de información (listas de personas, etiquetas, cadenas de texto) se presenta siempre de manera predecible, lo que debería facilitar cualquier tipo de manipulación posterior en cualquier aplicación concreta.
:*Independencia del formato: La información será presentada de la manera más independiente del formato posible, para que cada módulo o plantilla pueda ocuparla y formatearla a su gusto.
;¿Cómo se ve todo esto en concreto?: En concreto, cargar un dato de una edición en Lua se verá así:
<syntaxhighlight lang=lua>
local Obra = require('Módulo:Obra')
local work = Obra.newWork(titulo_o_QID, header_args, index_args)
local titulo = work.title -- el título de la obra
local autores = work.author -- una tabla con cierta estructura por cada autor de la obra
</syntaxhighlight>
:donde ''titulo_o_QID'' es el título de una página en Wikisource o su QID en Wikidata, ''header_args'' es una tabla de argumentos tal como se usan en {{ep|encabezado}}, e ''index_args'' es una tabla de argumentos tal como se usan en los índices.
;Siguentes pasos: Lo siguiente será esperar por sus comentarios y sugerencias. Luego, comenzará la migración al nuevo sistema, comenzando por los módulos ya adaptados (como el de enlaces o [[Módulo:Galería/pruebas|galerías]]) y finalizar en una etapa más madura, con el de encabezados ([[Módulo:Encabezado/pruebas|ya parcialmente adaptado]]) y con los índices.
;Comentarios: Dejo abierta la puerta para todos sus comentarios. En verdad espero que estos cambios les hagan tanto sentido como a mí. Saludos muy afectuosos,
[[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 20:44 12 jun 2026 (UTC)
:{{ping|Ignacio Rodríguez}} ¡Hola! 100% de acuerdo con todo el planteamiento. Aunque los cambios agresivos acostumbran a traer imprevistos no detectados con el análisis o con las pruebas, creo que igualmente será una excelente "inversión" a futuro (simplificar, unificar, abstraer, etc.). Y ya iremos puliendo lo que salga. Lo malo es que no sé cómo quitarte algo de peso de encima, así que por ahora me temo que está todo sobre tus espaldas :S Por mi, ¡adelante! ;) -[[Usuario Discusión:Aleator|Aleator]] 10:10 13 jun 2026 (UTC)
== Solicitud de ayuda para traer un libro de Wikilibros a Wikisource ==
¡Buenas!
Quería pediros ayuda con el traslado de un libro que actualmente se encuentra en Wikilibros: [[:b:En persecución]].
Se trata de una traducción al español de «''In Pursuit''» un libro del año 2005 escrito por Johan Kylander. El autor original ha dado su autorización para que esta obra se publicase bajo una licencia libre, esto se puede verificar en [[:b:En persecución/Créditos]].
El motivo por el que considero que debería trasladarse a Wikisource, es que este libro no encaja con la finalidad de Wikilibros. Wikilibros está destinado a la creación colaborativa de material educativo, mientras que este libro trata de realizar una traducción de una obra ya existente, cuyo objetivo es reproducir el texto original de «''In Pursuit''», no se trata de un libro colaborativo que pueda evolucionar mediante cambios y nuevas aportaciones de contenido, sino de un libro que, una vez traducido, debe permanecer estable y estático salvo correcciones o mejoras de la propia traducción. [[:b:Discusión:En_persecución#Trasladar_a_Wikisource|Véase mi mensaje en la discusión del libro en Wikilibros para más información]].
En cambio, Wikisource existe con el propósito específico de albergar textos de dominio público y traducciones autorizadas (como lo es esta) además, estas traducciones están permitidas en Wikisource según veo en [[Wikisource:Traducciones]] y [[Wikisource:Directrices para traducciones]], por lo que considero que este proyecto encaja aquí de forma natural. El traslado a Wikisource permitiría conservar íntegramente el trabajo realizado, y desarrollarlo en un lugar especializado en esta finalidad.
Sin embargo, aunque estoy muy familiarizado con el funcionamiento de Wikilibros, no lo estoy con el de Wikisource, y no sé cómo realizar este traslado en la práctica. Por ello solicito ayuda de usuarios más experimentados de Wikisource que podáis ayudarnos a coordinar o comenzar el traslado.
¡Un saludo! [[Usuario:Antimundo|Antimundo]] ([[Usuario discusión:Antimundo|discusión]]) 08:25 29 jun 2026 (UTC)
:@[[Usuario:Antimundo|Antimundo]]: primero, estoy de acuerdo con que Wikisource es el proyecto apropiado para este libro, y no Wikilibros. El procedimiento más apropiado para estos casos se describe en [[Wikisource:Permisos de copia]]. VRT es el estándar de los proyectos de la WMF para garantizar el estatus de esos derechos y evitar el fraude de copyright. Te recomendaría que te contactaras con el equipo para saber si ese intercambio por Bluskay cumple con sus estándares y su inclusión es admisible. Me imagino que sí, ya que el libro lleva ahí 20 años sin problemas, por lo que no habría problemas con importar el libro. Ahora, existe una página muy útil para importar textos de otra wiki: [[Especial:Importar]]. Actualmente Wikilibros no está en la lista, pero podría solicitarlo en [[phab:]] el intertanto que tú resuelves el tema de los derechos. ¡Saludos! [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 13:49 29 jun 2026 (UTC)
:: [[phab:T430537|Solicitado]] [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 14:01 29 jun 2026 (UTC)
::: Perfecto, muchas gracias por tu respuesta. Ya he contactado al correo que aparece ahí, a ver qué me dicen. Mi interés la verdad es que está en realizar el traslado simplemente porque ando realizando limpieza en Wikilibros, espero que se pueda resolver fácilmente porque ya he dedicado bastante tiempo a este asunto entre contactar al autor y escribir todos estos mensajes, y no tengo ni idea de cómo se hace nada de esto del traslado en la práctica, solo quiero poder limpiarlo de Wikilibros. --[[Usuario:Antimundo|Antimundo]] ([[Usuario discusión:Antimundo|discusión]]) 14:35 29 jun 2026 (UTC)
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Elultimolicantropo
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{+}'''JOSE ANTONIO SACO'''
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Historia de la esclavitud de la raza africana en el nuevo mundo y en especial en los países américo-hispanos (Volumen 1)
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Elultimolicantropo
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Elultimolicantropo trasladó la página [[Historia de la esclavitud de la raza africana en el nuevo mundo y en especial en los países américo-hispanos]] a [[Historia de la esclavitud de la raza africana en el nuevo mundo y en especial en los países américo-hispanos (Volumen 1)]]: Manejo de la obra por volúmenes
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[[Categoría:Historia]]
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Bot: archivo de 2 hilos procedentes de [[Wikisource:Café]]
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wikitext
text/x-wiki
== Nombre de páginas ==
[[:Categoría:Rimas de Gustavo Adolfo Bécquer|Estas páginas]] tienen nombres muy genéricos (Rima V, Rima LXIV, etc.). ¿Deben tener nombres "Rimas (Bécquer, 1885)/Rima V"? [[Usuario:Eievie|Eievie]] ([[Usuario discusión:Eievie|discusión]]) 22:55 28 dic 2025 (UTC)
:En mi opinión sí, porque creo mejor usar un nombre que evite confusión cuando hay varias ediciones (algo parecido se recomienda en [[Wikisource:Convención de títulos]]). -[[Usuario Discusión:Aleator|Aleator]] 11:05 30 dic 2025 (UTC)
{{ping|Eievie}} Las rimas eran parte de [[Obras de Gustavo A. Bécquer (Tomo III)]], no todo lo que habia ahi, eran rimas! Hay que tener más cuidado al hacer traslados masivos. En general, habria que pedirlos via bot y consultar bien antes de hacer estas cosas porque quedan mal los enlaces entre otros desbarajustes. Ya lo arregle. Un saludo [[Usuario:Shooke|Shooke]] ([[Usuario discusión:Shooke|discusión]]) 01:55 31 dic 2025 (UTC)
Entonces, [[Autor:José María Heredia]] ya tiene algunas páginas de poemas. Cuando los convierta a transcluidos, ¿debería cambiarles el nombre? Por ejemplo, ([[A Elpino]] → [[Poesías lirícas/Á Elpino]]) [[Usuario:Eievie|Eievie]] ([[Usuario discusión:Eievie|discusión]]) 01:35 6 ene 2026 (UTC)
:{{ping|Eievie}} No, ahi te repondí en tu página de discusión. En el caso de A Elpino, esta bien, no habia que trasladarlo, en el caso de cuentos y poesías, siempre se tiende a priorizar su nombre mas corto y con ortograía moderna, salvo algunas excepciones, que por ahi conviene usar subpáginas, hay que tratar de no usarlas (Por ejemplo los prólogos o introducciones, ahi si se usa la subpágina, porque son titulos muy comunes) [[Usuario:Shooke|Shooke]] ([[Usuario discusión:Shooke|discusión]]) 12:01 7 ene 2026 (UTC)
::{{ping|Shooke}} Empecé a trasladar las páginas antes de recibir esta respuesta. Necesito deshacer eso ahora. Pero también hay otro problema: Hay algunos poemas con el mismo título en el mismo libro. "La resolución" (p. 50 y p. 84) y "Misantropía" (p. 19 y 204). ¿Qué debo hacer con esos? [[Usuario:Eievie|Eievie]] ([[Usuario discusión:Eievie|discusión]]) 17:29 7 ene 2026 (UTC)
== Enlace a Wikidata ==
¿Existe alguna plantilla específica para enlazar el ítem de Wikidata que se corresponde con cada edición dentro de una lista de estas? Y en una línea similar, ¿podría incluirse un parámetro <code>|wikidata=</code> (al estilo de es.wikipedia) dentro de plantillas como {{ep|cita publicación}} o {{ep|cita libro}}? Strakhov ([[Usuario discusión:Strakhov|discusión]]) 10:58 5 ene 2026 (UTC)
Viendo más arriba el hilo "Plantilla experimental: {{ep|lista de ediciones}}" pues la idea respecto a Wikidata sería similar, iconito incluido, aunque a mí me parece útil ver también el Q del ítem. Strakhov ([[Usuario discusión:Strakhov|discusión]]) 11:02 5 ene 2026 (UTC)
:{{ping|Strakhov}} ¡Buenas! ¿quizás algo como {{tl|Enlace obra}}? -[[Usuario Discusión:Aleator|Aleator]] 11:20 5 ene 2026 (UTC)
::{{ping|Aleator}} Gracias, no la conocía. Uhmmm. Sí, pero no. Estaba buscando sobre todo una plantilla con la que colocar el Q en... artículos. Esta plantilla a través del Q te genera una cita (y enlaza Wikidata), pero para lo que yo busco no genera la suficiente información bibliográfica. O sea, estaría buscando bien una plantilla meramente tipo <code><nowiki>{{Wikidata|Q444555666}}</nowiki></code> para colocar al final de cada artículo el Q con enlace + el icono de Wikidata.... o bien lo de incluirlo como un parámetro dentro de esas otras plantillas de cita. P. ej.: [https://es.wikisource.org/wiki/Autor:Miguel_de_Unamuno#Art%C3%ADculos para indicar el Q de cada artículo en esa lista]. Strakhov ([[Usuario discusión:Strakhov|discusión]]) 11:36 5 ene 2026 (UTC)
:::{{ping|Strakhov}} lo más similar en que puedo pensar es {{ep|QID}} pero no muestra el Q sino que la etiqueta y enlace. Para agregar un parámetro {{parámetro|wikidata}} a {{ep|cita publicación}} hay que adaptar el [[Módulo:Citas]]. Si no me equivoco está traído casi sin adaptaciones desde es.wikipedia, por lo que ''en teoría'' se debería poder volver a importar (hacer las pocas adaptaciones correspondientes) y no afectar nada. Ahora esa plantilla <code><nowiki>{{Wikidata|Q444555666}}</nowiki></code> no existe pero sería muy muy sencilla de crear. Otra pregunta: ¿es necesario que ''se muestre'' el Q, o bastaría con que se pueda copiar y pegar? [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 14:19 5 ene 2026 (UTC)
::::{{ping|Ignacio Rodríguez}} ''necesarias'' hay pocas cosas. A mí me suele gustar que la información se vea en lugar de que haya que intuirla, pero si por lo que fuera el mostrar explícitamente el Q no cuadrara demasiado con el estilo del proyecto (puede ser, los enlaces a Wikidata en las plantillas que he visto muestran el enlace a través del icono o bien con la palabra "metadatos") pues tampoco es cuestión de forzar. Entiendo que la idea es lograr cierta unidad de estilo entre esta plantilla y otras como {{ep|lista de ediciones}}. Así que me adapto. :) Strakhov ([[Usuario discusión:Strakhov|discusión]]) 14:28 5 ene 2026 (UTC)
:::::{{ping|Strakhov}} entiendo lo de la ''necesidad''. Yo en lo personal hago cierta distinción entre la información que se lee/muestra y la que solo se disponibiliza. Un ID numérico pseudo-aleatorio como un QID me parece que entrega más ''ruido'' que ''información'' al lector. Mediante el acto de leer Q34234789 o Q342334879 no puedo inferir nada, no me entrega información. Además dos ID similares como esas son muy difíciles de diferenciar visualmente. Por eso pensé en que quizás sería mejor que ese dato siguiera disponible (como texto alternativo en el ícono, por ejemplo), sin sobrecargar visualmente la lista de artículos o donde sea que pensemos colocar esos enlaces. [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 14:44 5 ene 2026 (UTC)
::::::{{ping|Ignacio Rodríguez}} como he dicho, como se vea. No termino de estar del todo de acuerdo en lo del ruido, pero que se muestre o no no es lo importante, lo esencial para mí es consignar que la obra/artículo/etc está en Wikidata y permitir acceso al ítem, además de no ir a contracorriente del resto de plantillas. Y si más adelante se decidiera que es mejor mostrar el numerito, sería fácil cambiar en origen la plantilla... Strakhov ([[Usuario discusión:Strakhov|discusión]]) 15:13 5 ene 2026 (UTC)
:::::::{{ping|Strakhov}} excelente. Entonces podrías ocupar {{ep|Wikidata}}. Sobre modificar las plantillas de cita, me parece buena idea, pero no se me apetece hacerlo. Como dije antes, debería ser un procedimiento relativamente sencillo e indoloro re-importar el módulo desde es.wikipedia. [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 15:22 5 ene 2026 (UTC)
== Consulta de borrado: fábulas ==
Hola, quiero consultar por un borrado masivo que pretendo hacer. Lo explico brevemente: Hasta hace relativamente poco todas las fábulas de [[Autor:Esopo|Esopo]] que teníamos provenían de [http://www.edyd.com/Fabulas/Esopo/Eindice.htm este sitio], que ya no existe y no tenía información bibliográfica básica, por lo que no tenían fuente. He pasado un tiempo enlazando en lo posible cada fábula a su elemento en Wikidata y creo que tengo más o menos ordenado el asunto. Cada fábula "desconocida" la trasladé con un nombre apropiado y por eso ahora propongo borrarlas, al menos en el caso de las que tienen una versión alternativa respaldada por digitalización. La lista de las 78 páginas que cumplen con ese requisito son:
{{plegable|Lista|
* [[El abeto y el espino (ed. desconocida)]]
* [[El anciano y la muerte (ed. desconocida)]]
* [[El asno y la perrita faldera (ed. desconocida)]]
* [[El camello y Zeus (ed. desconocida)]]
* [[El canoso y sus dos pretendientes (ed. desconocida)]]
* [[El castor (ed. desconocida)]]
* [[El ciervo en el pesebre de los bueyes (ed. desconocida)]]
* [[El ciervo, el manantial y el león (ed. desconocida)]]
* [[El cuervo enfermo (ed. desconocida)]]
* [[El estómago y los pies (ed. desconocida)]]
* [[El gallo y la comadreja (ed. desconocida)]]
* [[El gato y las ratas (ed. desconocida)]]
* [[El hombre y el león viajeros (ed. desconocida)]]
* [[El hombre y el sátiro (ed. desconocida)]]
* [[El hombre y la estatua (ed. desconocida)]]
* [[El labrador y la cigüeña (Esopo, ed. desconocida)]]
* [[El labrador y la víbora (ed. desconocida)]]
* [[El labrador y sus hijos (ed. desconocida)]]
* [[El ladrón y su madre (ed. desconocida)]]
* [[El león y el asno (ed. desconocida)]]
* [[El león y el asno presuntuoso (ed. desconocida)]]
* [[El león y el ratón (Esopo, ed. desconocida)]]
* [[El león y los tres bueyes (ed. desconocida)]]
* [[El lobo y el asno (ed. desconocida)]]
* [[El lobo y el cordero en el arroyo (ed. desconocida)]]
* [[El lobo y el cordero en el templo (ed. desconocida)]]
* [[El lobo y el perro (Esopo, ed. desconocida)]]
* [[El lobo y la cabra (ed. desconocida)]]
* [[El lobo y la grulla (ed. desconocida)]]
* [[El lobo, la nana y el niño (ed. desconocida)]]
* [[Los sacerdotes de Cibeles (ed. desconocida)]]
* [[El milano que quiso relinchar (ed. desconocida)]]
* [[El perro con campanilla (ed. desconocida)]]
* [[El perro en el pajar (ed. desconocida)]]
* [[El perro y el carnicero (ed. desconocida)]]
* [[El perro y el cocinero (ed. desconocida)]]
* [[El perro y el reflejo en el río (ed. desconocida)]]
* [[El perro, el gallo y la zorra (ed. desconocida)]]
* [[El pescador flautista (ed. desconocida)]]
* [[El pescador y el pececillo (ed. desconocida)]]
* [[El ratón campestre y el cortesano (ed. desconocida)]]
* [[El ratón y la rana (ed. desconocida)]]
* [[El ruiseñor y el gavilán (ed. desconocida)]]
* [[El sol y las ranas (ed. desconocida)]]
* [[El viejo perro cazador (ed. desconocida)]]
* [[El águila y el escarabajo (Esopo, ed. desconocida)]]
* [[El águila y la zorra (ed. desconocida)]]
* [[El águila, el cuervo y el pastor (ed. desconocida)]]
* [[Hermes y el leñador (ed. desconocida)]]
* [[La corneja y las aves (ed. desconocida)]]
* [[La langosta y su madre (ed. desconocida)]]
* [[La liebre y la tortuga (ed. desconocida)]]
* [[La mosca (ed. desconocida)]]
* [[La mujer intratable (ed. desconocida)]]
* [[La mula (ed. desconocida)]]
* [[La paloma y la hormiga (ed. desconocida)]]
* [[La rana que decía ser médico y la zorra (ed. desconocida)]]
* [[La tortuga y el águila (Esopo, ed. desconocida)]]
* [[La viuda y las criadas (ed. desconocida)]]
* [[La víbora y la lima (ed. desconocida)]]
* [[La zorra y el anciano león (ed. desconocida)]]
* [[La zorra y el chivo en el pozo (ed. desconocida)]]
* [[La zorra y el cuervo gritón (ed. desconocida)]]
* [[La zorra y el espino (ed. desconocida)]]
* [[La zorra y el leñador (ed. desconocida)]]
* [[La zorra y la careta vacía (ed. desconocida)]]
* [[La zorra y las uvas (Esopo, ed. desconocida)]]
* [[Las liebres y las ranas (Esopo, ed. desconocida)]]
* [[Las palomas, el milano y el halcón (ed. desconocida)]]
* [[Las ranas pidiendo rey (Esopo, ed. desconocida)]]
* [[Los dos recipientes (ed. desconocida)]]
* [[Los gallos y la perdiz (ed. desconocida)]]
* [[Los leñadores y el pino (ed. desconocida)]]
* [[Los lobos y los carneros (ed. desconocida)]]
* [[Los viandantes y el oso (ed. desconocida)]]
* [[Zeus y la mona madre (ed. desconocida)]]
* [[Zeus y las abejas (ed. desconocida)]]
* [[Zeus y los robles (ed. desconocida)]]|oculto=sí}}
espero sus opiniones o el pase para borrarlas. [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 16:40 6 mar 2026 (UTC)
:{{ping|LadyInGrey|Ignacio Rodríguez}} (hago ping también a quien creó la mayoría o todas, hace tan solamente 21 añitos). No hay manera objetiva de revisar esas fábulas, ni de saber de qué edición o traductor provienen, así que, por mí, adelante. -[[Usuario Discusión:Aleator|Aleator]] 19:08 6 mar 2026 (UTC)
:{{ping|Ignacio Rodríguez}} totalmente de acuerdo con borrarse, ya que pueden reincorporarse con versiones digitaliadas, esas versiones, como tantas traducciones desconocidas de otras obras, fueron incorporadas anteriormente a los nuevos sistemas de transcripción de pdf y en eas epocas no habia tantas digitalizaciones disponibles online. Un saludo [[Usuario:Shooke|Shooke]] ([[Usuario discusión:Shooke|discusión]]) 20:13 6 mar 2026 (UTC)
:: {{hecho}} --[[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 00:29 16 mar 2026 (UTC)
== Bot Flag Request for [[{{ns:User}}:SchlurcherBot]] ==
Appologies for posting in English. Also, I could not locate a dedicated page for bot request in {{#language:{{CONTENTLANGUAGE}}}} {{SITENAME}}, so I am posting here. Please direct me to the correct page if one exists. Thank you.
* '''Bot name''': [[{{ns:User}}:SchlurcherBot]]
* '''Bot operator''': [[commons:User:SchlurcherBot]]
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[[Usuario:Schlurcher|Schlurcher]] ([[Usuario discusión:Schlurcher|discusión]]) 15:41 21 mar 2026 (UTC)
:{{ping|Freddy eduardo|LadyInGrey}} ¡Hola! Si os parece bien (a mí me parece bien), habría que marcar como bot a SchlurcherBot. Saludos. -[[Usuario Discusión:Aleator|Aleator]] 17:43 22 mar 2026 (UTC)
::Me parece bien, lo he agregado al grupo de bots. Saludos--[[Usuario:Freddy eduardo|Freddy eduardo]] ([[Usuario discusión:Freddy eduardo|discusión]]) 18:49 23 mar 2026 (UTC)
:::{{ping|Freddy eduardo}} Thank you for the confirmation. However, you have added me as the operator to the bot group, not my bot account. Could you please correct that? Thanks --[[Usuario:Schlurcher|Schlurcher]] ([[Usuario discusión:Schlurcher|discusión]]) 21:38 26 mar 2026 (UTC)
::::{{ping|Schlurcher}}, woops! Now its done.--[[Usuario:Freddy eduardo|Freddy eduardo]] ([[Usuario discusión:Freddy eduardo|discusión]]) 22:28 26 mar 2026 (UTC)
== Dudas sobre transcripciones ==
Buenos días. Me llamo Pablo, y acabo de llegar a Wikisource. He intentado colaborar con una transcripción y me ha surgido alguna duda. Disculpad si las respuestas a las preguntas que voy a hacer están ya resueltas en alguno de los Manuales de Estilo, pero no he sido capaz de encontrarlo.
* Cuando el archivo está digitalizado por alguna entidad que ha dejado su marca de agua, ¿debemos incluirlo en la transcripción? Por ejemplo, [[Página:Luces de bohemia - bdh0000200851.pdf/6|aquí]] la página no tiene texto salvo «''Biblioteca Nacional de España''».
* En cuanto a la tipografía, antes era habitual tener una U mayúscula escrita como una V. ¿Debemos mantener estos cambios, o adaptarlo y poner una U? Por ejemplo, ¿[[Página:Luces de bohemia - bdh0000200851.pdf/5|aquí]] debería transcribir «LVCES DE BOHEMIA» o «LUCES DE BOHEMIA»?
* Tengo la misma duda en cuanto a tildes que faltan o que ya no se usan, aunque supongo que deberán respetarse las posibles faltas de ortografía con respecto a la ortografía actual, y mantener el texto original.
* Si hay añadidos posteriores en las imágenes (escritos a lápiz, o un sello, por ejemplo [[Página:Luces de bohemia - bdh0000200851.pdf/9|aquí]], ¿se debe incluir?
* Cuando aparece en todas las páginas en la parte superior o inferior el nombre de la obra o del autor, ¿es preciso transcribirlo en cada página? [[Página:Luces de bohemia - bdh0000200851.pdf/22|Ejemplo]]
* ¿Los números de página se deben transcribir?
Por el momento, esas son las dudas que me han surgido. Si tengo otras, volveré a preguntarlas. Si esta no es la página adecuada para esto, perdonadme e indicadme dónde debería hacer este tipo de consultas. Y si todo esto ya está respondido en otro lugar, por favor redirigidme ahí. Muchas gracias. [[Usuario:Pablussky|Pablussky]] ([[Usuario discusión:Pablussky|discusión]]) 11:14 29 mar 2026 (UTC)
:{{ping|Pablussky}} ¡Buenas y bienvenido! Intento responder:
:*Las marcas de agua no se transcriben, ni exlibris, ni manuscritos anónimos... ni nada que no corresponda a la obra tal cual fue impresa. El ejemplo que enlazas sería una página «sin texto» (color gris).
:*Sobre «U» o «V», yo me decantaría por «V» y luego quien quiera modernizar el texto puede hacerlo con herramientas como [[Wikisource:Modernización de textos]]. Es importante que el criterio se siga a lo largo de toda la transcripción (y no unas veces «V» y otras «U»). Más información sobre estos temas en [[Wikisource:Paleografía]].
:*Tildes y ortografía diferente a la actual, como lo anterior: es preferible ser fiel al original, y luego modernizarse si se quiere mediante herramientas.
:*Los añadidos a posteriori no deberían transcribirse. Digamos que si no aparecen en otro ejemplar en papel de la misma edición, es que no son parte de esa edición. El ejemplo que enlazas sí se transcribiría, aunque esa forma de sello es más propia de [[:w:exlibris|exlibris]] que no se transcriben.
:*Las cabeceras, en las que suele aparecer el nombre del autor o el nombre de la obra, es opcional, así como el número de las páginas. Actualmente no tiene ningún uso transcribirlo.
:*Aprovecho para decir que también se copian, si hubiera, las imágenes (o en su defecto insertar la plantilla {{tl|Hay imagen}}) y las partituras musicales (o en su defecto insertar {{tl|Partitura desaparecida}}).
:¡Saludos! -[[Usuario Discusión:Aleator|Aleator]] 16:40 29 mar 2026 (UTC)
::Ah, me olvidaba. Para cabeceras y número de página tenemos {{tl|CP}}, y para pies de página (si los hubiera), tenemos {{tl|pie}}. -[[Usuario Discusión:Aleator|Aleator]] 16:42 29 mar 2026 (UTC)
:::{{ping|Aleator}} ¡Muchas gracias! He descubierto que hay una sección de encabezado y pie de página a la hora de transcribir y estaba usando eso para poner el título, el autor y el número de página. Lo he hecho [[Página:Napoleón en Chamartín (1907).djvu/18|aquí]], entre otras. Y en cuanto a las imágenes, he intentado seguir las recomendaciones de [[Ayuda:Imágenes]] [[Página:Napoleón en Chamartín (1907).djvu/7|aquí]]. Te agradecería si me confirmas que está bien hecho, para seguir haciendo esto o no en las próximas. [[Usuario:Pablussky|Pablussky]] ([[Usuario discusión:Pablussky|discusión]]) 17:00 29 mar 2026 (UTC)
::::{{ping|Sucdemagrana}} Te confirmo que no está "bien" hecho, está "muy bien" hecho ;) -[[Usuario Discusión:Aleator|Aleator]] 20:48 30 mar 2026 (UTC)
== Ayuda con la lista de personajes ==
¡Buenas! Vengo de nuevo con una pregunta. He transcrito [[Página:Rosario_de_Acu%C3%B1a_-_Amor_a_la_patria.djvu/8|esta página]], que contiene una lista de personajes de la obra y los actores, separados con puntos. He intentado hacerlo con la plantilla ICP, tratándolo como si fuera un índice, pero al ser la segunda columna varias palabras, las pone en líneas distintas en lugar de en la misma línea. Al final lo he dejado como puede verse, pero es un poco cutre. No sé si existe alguna otra plantilla como la de ICP, pero adecuada a este contexto. También me preguntaba si se puede hacer de alguna otra forma mejor la parte superior; la de «Personajes» y «Actores» con las dos líneas inferiores. ¡Gracias por la ayuda, y disculpad las molestias! [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 23:37 1 abr 2026 (UTC)
:Buenas! Mira cómo la dejé ahora, a ver si te parece mejor. Lo hice con una tabla. En estos casos, yo en lo personal prefiero sacrificar los "puntos" para simplificar la transcripción. Si quieres preservar los puntos, la plantilla {{ep|ICP}} tiene opciones para modificar los anchos de cada columna, aunque semánticamente una tabla de personajes no es un índice. --[[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 11:32 2 abr 2026 (UTC)
::{{ping|Ignacio Rodríguez}} Vale, acabo de verlo. Estoy de acuerdo que así se entiende mejor, prescindiendo de los puntos. Y tengo otra pregunta, a raíz de [[Página:Rosario_de_Acuña_-_Amor_a_la_patria.djvu/35|esta otra página]]. Dices que se pueden modificar los parámetros de {{ep|ICP}}, supongo que también se podrán modificar los de {{ep|pt/verso}}, para que {{may|Una voz}} quede en una sola línea, y no en dos. ¿Me puedes indicar cómo? [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 13:47 2 abr 2026 (UTC)
:::{{ping|Sucdemagrana}}: no manejo mucho las plantillas de teatro, pero en este caso es un problema del manejo del ''whitespace'' por parte del navegador. Puedes cambiar el espacio por un ''non-breaking-space'' (<nowiki>&nbsp;</nowiki>) . Pero, en general, yo prefiero trabajar "lo menos" usando los estilos CSS que se pueden [[Índice:Rosario de Acuña - Amor a la patria.djvu/styles.css|configurar a nivel del índice]]. Suena a mandarín al comienzo, pero después facilita mucho las cosas. [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 14:11 2 abr 2026 (UTC)
::::{{ping|Ignacio Rodríguez}} Vaya, gracias. Está bien saber que se puede configurar así, y a la próxima me evito tener que añadir las versalitas a cada una de forma manual. Y ya la última pregunta con respecto a esta obra, que he terminado de transcribir a excepción de [[Página:Rosario de Acuña - Amor a la patria.djvu/4|esta]] y [[Página:Rosario de Acuña - Amor a la patria.djvu/41|esta]] páginas. ¿Este tipo de páginas es necesario transcribirlas? Porque si es así, no tengo muy claro cómo hacerlo, viendo cómo son. Supongo que con una tabla, como me has enseñado antes, pero tendría primero que investigar cómo se hacen. [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 14:29 2 abr 2026 (UTC)
:::::Completamente opcional. En estricto rigor no son parte de ''la obra'', sino un inserto de la editorial para publicidad. Habrá alguno que le interese y después enlace las obras que ya tenemos disponibles. No te mentiré que se vería genial, pero he visto en otras ocasiones que se marca la obra como "Corregida" sin corregir las páginas de publicidad. Si ya terminaste, no te olvides de marcar el índice como corregido, y luego publicar la obra en la {{ep|galería}} de la portada para que todos puedan verla. Saludos y muchas gracias por interesarte por este proyecto!! [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 14:35 2 abr 2026 (UTC)
:::::Publicada en [[Amor a la patria]] me di cuenta de un problema. Seguro que te das cuenta también. Tiene que ver con algo muy técnico y por esta vez lo voy a solucionar yo, que seguro me demoro muy poco. Si quieres revisa la solución después. [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 14:40 2 abr 2026 (UTC)
::::::Sí, justo acabo de verlo. Venía a preguntar por ello. Si lo resuelves tú, te lo agradezco. Ahora miro cómo queda para las próximas. ¡Gracias por la ayuda, y perdón por las molestias! [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 14:46 2 abr 2026 (UTC)
:::::::Para nada son molestias. Me encanta que existan otros seres humanos hispanohablantes dispuestos a meterse a un proyecto tan especial y al que le tengo tanto cariño. [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 14:49 2 abr 2026 (UTC)
== Sobre las imágenes centradas en el texto ==
Buenas, de nuevo.
Vengo con otra pregunta; esta vez relacionada con las imágenes. Me ha surgido la duda con [[P%C3%A1gina:Manual_de_histolog%C3%ADa_normal_y_t%C3%A9cnica_microgr%C3%A1fica_-_bdh0000191874.pdf/36|esta página]], aunque creo recordar que no es la primera del estilo que he hecho. En el texto original, se corta el párrafo a mitad para introducir la imagen, y eso es lo que he hecho yo también. Mi duda viene porque en la [[Ayuda:Imágenes|página de ayuda sobre imágenes]] se incluye un apartado que reza: «Las imágenes que se incluyan centradas pueden dar la sensación de interrumpir el texto.», pero no indica realmente si se debe mantener como tal o si debemos adaptarlo a la hora de transcribir.
Por otro lado, quería que me dijerais si la forma de hacer el pie de imagen está bien como la he hecho, o si se debería hacer de alguna otra manera. Gracias. [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 21:19 6 abr 2026 (UTC)
:Como lo hiciste está bien. También podrías moverla a la derecha o izquierda, y así el texto fluiría bien. Si bien apuntamos a reproducir las ediciones lo más fielmente posible, no apuntamos a hacer facsímiles o fotocopias (para eso están las fotocopiadoras). Si quieres ser más fino, tenemos algunas plantillas que sirven para "respetar" el texto sin interrumpirlo, que no están muy bien documentadas, como {{ep|img float}}. Creo que ahora voy a agregar algún apartado en [[Ayuda:Imágenes]] para explicarlo. --[[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 21:48 6 abr 2026 (UTC)
== Criminología moderna -revista- Ayuda ==
Hola. Escribo en el café porque estoy un poco sobrepasada de trabajo y no puedo acabar con un proyecto que he empezado. Os cuento, por si alguien se anima, le gusta y lo quiere continuar. Os cuento:
Una biblioteca italiana ha subido a commons varios números de una revista en español "[https://commons.wikimedia.org/wiki/Category:Media_from_museo_civico_archeologico_(Rosignano_Marittimo) Criminología moderna]", fechada en 1899.
Ya he creado el índice en [https://es.wikisource.org/wiki/Criminolog%C3%ADa_moderna Wikisource] y he comenzado con la transcripción. Pero como os comento estoy desbordada laboralmente y lo he dejado estancado. Igual alguien se anima y lo puede continuar. ¡Gracias!! [[Usuario:Centenoyespelta|Centenoyespelta]] ([[Usuario discusión:Centenoyespelta|discusión]]) 17:46 12 abr 2026 (UTC)
:@[[Usuario:Centenoyespelta|Centenoyespelta]], gracias por avisar. Así como está, el proyecto no está muy atractivo como para continuarlo. Es un ''dump'' de la transcripción por máquina con muy poca corrección. Voy a hacer algo: dejar el proyecto en condiciones de aportar. Seguro que si en un futuro te animas, cuando vuelvas va a ser mucho más fácil aportar. Te esperamos! [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 23:38 12 abr 2026 (UTC)
== Posición de la imagen ==
Hola de nuevo. Vengo a ver si me podéis ayudar a colocar la imagen que aparece debajo del texto del autor en [[Página:El Archivo de Indias y la Biblioteca Colombina de Sevilla - rápida reseña de sus riquezas bibliográficas (IA archivodesindias00larrrich).pdf/5|esta página]]. Está centrada con el texto pero no con la página y por tanto no sé cómo colocarla. De momento la he puesto alineada a la derecha, pero no tiene el efecto visual del original. Probablemente da un poco igual, pero supongo que hay una manera de hacerlo y simplemente no sé cómo, por lo que si me podéis ayudar, así lo aprendo para la próxima.
Y aprovecho para hacer otra pregunta. En la [[Página:El Archivo de Indias y la Biblioteca Colombina de Sevilla - rápida reseña de sus riquezas bibliográficas (IA archivodesindias00larrrich).pdf/7|página siguiente]] aparece una «copia del grabado de Aliprand Capriolo», que se corresponde con [https://commons.wikimedia.org/wiki/File:Cristoforo_Colombo,_governatore_delle_Indie_(cropped).jpg esta imagen]. ¿Debería poner la original (con mayor calidad que la copia que presenta el libro) o la que aparece en el archivo que estoy transcribiendo? ¡Gracias! [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 19:12 14 abr 2026 (UTC)
:{{ping|Sucdemagrana}} ¡Hola! No sé muy bien por qué, pero parece que se centra (dentro del bloque a la derecha) si la imagen se precede de <code><nowiki>{>}</nowiki></code> o de <code><nowiki>{<}</nowiki></code> (p.ej. <code><nowiki>{>}[[Archivo:...etc.]]</nowiki></code>).
:Lo de la imagen, viendo que es la mismita, yo personalmente reaprovecharía la que ya hay en Commons (que de hecho, esa es una de sus funciones: reaprovechar imágenes). Si subimos una de peor calidad, pero es por culpa de la digitalización, pues no le veo demasiado sentido. Por ese motivo precisamente, recuerdo que reaproveché muchas imágenes en [[El Robinson suizo]] (el problema es que hay que perder mucho tiempo buscándolas en Commons; aunque ahora los buscadores como images.google.com o tineye.com facilitan la tarea). ¡Saludos! -[[Usuario Discusión:Aleator|Aleator]] 19:26 15 abr 2026 (UTC)
::{{ping|Aleator}} ¡Gracias! Pues utilizaré la que ya está en Commons. Y luego, con respecto a lo centrarlo en el bloque, lo he intentado pero no consigo que se quede donde pretendo; se me queda o bien a la derecha del todo o bien en el centro de la página entera (y no del bloque de texto). No sé si es que no te he entendido bien o que por algún tema del aspecto que tengamos seleccionado pueda cambiar. [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 20:26 15 abr 2026 (UTC)
:::{{Ping|Sucdemagrana}} Sobre el problema de la imagen, tiene que ver con cómo el software muestra las imágenes. Modifiqué un poco el [[Módulo:Título]] para poder mostrar este caso mejor. [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 21:09 15 abr 2026 (UTC)
== Alinear leyenda ==
Siento ser tan pesado, pero me van surgiendo dudas según voy intentando hacer cosas nuevas. En esta ocasión he intentado utilizar la plantilla [[:Plantilla:Img float|Img float]] para poner la leyenda a la imagen que aparece en [[Página:El Archivo de Indias y la Biblioteca Colombina de Sevilla - rápida reseña de sus riquezas bibliográficas (IA archivodesindias00larrrich).pdf/11|esta página]]. Si alineo la leyenda a la derecha, la imagen deja de estar centrada, a pesar de que no haya quitado el "align=center". No sé si se trata de un error de la propia plantilla, o mío que estoy haciendo algo mal. [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 20:49 15 abr 2026 (UTC)
: Esto es un error en {{ep|img float}}, tengo que ver cómo resolverlo. Si no lo hago ahora en unos minutos lo tendré que dejar para otro día, pero me queda pendiente. [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 21:11 15 abr 2026 (UTC)
::Pensándolo mejor, no es un problema que pueda resolverse ahora. La plantilla {{ep|img float}} centrada simula un bloque usando un elemento {{tag|span}} con ancho al 100%. El texto alineado a la derecha "se lleva" la imagen. Para este caso deberás usar un bloque convencional. Lo cambio en la página y lo puedes mirar cómo quedó. [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 21:16 15 abr 2026 (UTC)
:::Vale, muchas gracias. [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 21:21 15 abr 2026 (UTC)
== RIP "Book Tool" ==
Acabo de darme cuenta de que la herramienta "Libro" ([[Special:Book]]) está desactivada. También en otros Wikisources: [[:en:Special:Book]], [[:fr:Special:Book]] o [[:it:Special:Book]]. En cambio en las Wikipedias funciona (p.ej. [[:w:Special:Book]]).
Propongo hacer como en Wikipedia en inglés (aunque allá funciona: [[:w:en:Special:Book]], [[:w:en:Help:Books]]), que es borrar todos los "libros": los 46 de [[:Categoría:Wikisource:Libros]] y la propia categoría, la [[:Categoría:Excluir al imprimir]], {{ep|Libro guardado}}, {{ep|Plantilla:Ocultar en impresión}} y [[Ayuda:Libros]] (mejor redirigirla a [[Ayuda:Índices]]). -[[Usuario Discusión:Aleator|Aleator]] 18:57 17 abr 2026 (UTC)
:{{hecho}} [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 16:42 1 may 2026 (UTC)
== Mejoras en {{ep|ICP/pruebas}} ==
Hola, estoy ensayando algunas mejoras en el [[Módulo:ICP/pruebas]]. Se las presento para consultarles antes de hacer cambios.
;Modificadores "en línea": En la línea de las plantillas {{ep|título}} y {{ep|poema}}, agrego un modificador "en línea" para cambiar el número de elementos de la fila actual, con formato {n 1} donde 1 es el número de elementos. Sólo funciona si lo agregamos en el primer elemento de la fila.
:Ejemplo:
{{demo|<nowiki>
{{ICP/pruebas
|{n 1} {{C|SECCION PRIMERA}}
|I|Capitulo I con muchas cosas|1
|{n 1} {{c|SECCION SEGUNDA}}
|II|Capitulo II, etc...|10
|III|et cétera|15
}}</nowiki>}}
;Soporte para "sangrado" usando dos puntos: En la misma línea, para el formato fácil de índices complejos con títulos de múltiples niveles, usando los dos puntos (:) como en <poem>as
:Ejemplo:
{{demo|<nowiki>
{{ICP/pruebas|n=2|sangría=4em
|Capitulo I|1
|:'''Sub-Capitulo 1''': {{lorem ipsum}}|1
|::'''Sub-sub-Capitulo A''': {{lorem ipsum}}|2
}}</nowiki>}}
:La gracia es que respeta la "sangría francesa" o colgante, y además debería mantener la misma magnitud especificada en el parámetro {{parámetro|sangría}}
Espero sus comentarios, aportes, críticas, pruebas, reportes de errores. En algún tiempo de no ver oposición lo pasaré ''a producción''. Saludos, [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 17:04 1 may 2026 (UTC)
: Me parece muy útil lo primero, para poder añadir las secciones sin tener que cerrar y volver a abrir la plantilla o sin que sea muy complicado. Y lo de la sangría también está bien, para índices con ese tipo de subdivisión. ¡Gracias! [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 18:54 1 may 2026 (UTC)
::{{ping|Ignacio Rodríguez}} ¡Genial! He probado algunas cosillas y resiste bien. ¡Gracias! -[[Usuario Discusión:Aleator|Aleator]] 17:33 2 may 2026 (UTC)
:::Entonces no me aguanté más y {{hecho|lo hice}}. Pueden ver un resultado en vivo en [[Página:El Capital (1898).pdf/687]] [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 15:34 3 may 2026 (UTC)
::{{ping|Ignacio Rodríguez}} Haciendo los cambios pertinentes [[Página:Manual de histología normal y técnica micrográfica - bdh0000191874.pdf/700|en este índice]], he añadido alguna línea <nowiki>{n 1} {{brecha}}</nowiki> para poder añadir líneas en blanco para respetar la estética de la página. No sé si hay algún comando para hacerlo más rápido, o si no debería hacerlo en absoluto. [[Usuario:Sucdemagrana|Sucdemagrana]] ([[Usuario discusión:Sucdemagrana|discusión]]) 16:56 3 may 2026 (UTC)
:::Si se ve bien, y no es muy complicado para ti, está bien :) [[User:Ignacio Rodríguez|'''Ignacio''']] - [[User talk:Ignacio Rodríguez|( '''話合''' )]] 21:46 3 may 2026 (UTC)
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Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T1).pdf/543
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Helen Escobedo
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/* Corregido */
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proofread-page
text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|477|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>hubieren empleado piedras ajenas sin la voluntad
de su dueño, y aun no consagrado el monumento
hubieren sido separadas para ser colocadas en
otro lugar, podrán vindicarse por el dueño. Pero
si hubieren sido quitadas, para volverlas & colo-
car, es sabido que igualmente puede el dueño re-
clamarlas.
'''44.''' GAYO; ''Comentarios al Edicto provincial, li-
bro XXIX'',—Los frutos pendientes son considera-
dos parte del fundo.
'''45'''. ULPIANO; ''Comentarios al Edicto, libro
LXVIII''.—Si fuera un esclavo ei que es restituido
después de la citacién á juicio, si lo es por un po-
seedor de buena fe, opino que se debe dar cau-
ción solo de dolo; y que deben darla también de
su culpa los demás, entre los que estará también
el poseedor de buena fe después de contestada
la demanda.
'''46.''' PAULO; ''Comentarios á Sabino, libro X.''—El
dominio de la cosa que, pedida por acción real,
ha sido estimada en tanto cuanto el actor hubie-
re jurado para el pleito, pertenece desde luego al
poseedor; porque parece que transigi con él y que
convine en el precio, que él mismo estableció.
'''47.''' EL MISMO; ''Comentarios á Plaucio, libro
XVII''.—Esto, si la cosa estuviera presente; si au-
sente, entonces, cuando el poseedor haya obteni-
do la posesión de ella, con la voluntad del actor.
¥ por esto no es extraño que no se estime por el
juez el litigio de otro modo, que si el actor hubie-
re dado caución de que por él no se hará que no
se haya de entregar la posesión de aquella cosa.
'''48.''' PAPINIANO; ''Respuestas, libro II''-Los gas-
tos hechos por un poseedor de buena fe en un pre-
dio, que después apareció que era ajeno, no pue-
den reclamarse ni al que donó el predio, ni al
dueño; pero opuesta la excepción de dolo, son re-
cobrados por raza de equidad por ministerio del
juez, á saber, si excedieran al importe de los fru-
tos percibidos antes de contestada la demanda;
porque admitida la compensación, el dueño es
obligado á restituir el exceso del gasto después
de mejorado el predio.
'''49.''' CELSO; Digesto, '''libro XVIII'''.—Opino que
el suelo es parte de las casas, y que de otra suerte
no puede servir de base, como el mar á las naves.
§1.—Es mio lo que subsiste de una cosa mía,
cuyo derecho de vindicación tengo. ~
'''50'''. CALISTRATO; ''Del Edicto monitorio, libro II''.
—Si un campo perteneciera á alguien por causa
de compra, no podré ejercitarse debidamente esta
acción antes que el campo haya sido entregado, y
entonces se haya perdido la posesión.
§ 1.—Pero el heredero demandaré rectamente
por aquello que hubiere correspondido a 1a heren-
cia, aunque todavía no haya tenido su posesión.
'''51'''. POMPONIO; ''Comentarios á Sabino, libro
XVI''—Si se hubiese demandado por acción real,
y se hubiera dado acción contra el heredero del
poseedor, también se comprende en este juicio la
culpa y el dolo malo del heredero.<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
oly4p6vvbho4xlx610j33sw3u3n3crk
Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T1).pdf/544
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Helen Escobedo
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/* Corregido */
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proofread-page
text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|478|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>'''52.''' JULIANO; ''Digesto, libro LV''.—Mas cuando
el poseedor de un fundo dejo con dolo malo de po-
seer el fundo antes de contestada la demanda, no
han de ser ciertamente obligados sus herederos a
aceptar contra sí la acción real, sino que deberá
darse contra ellos la acción por el hecho, por la
que serán obligados á restituir todo aquello en
que por tal motivo se hicieron más ricos.
'''53.''' POMPONIO; ''Comentarios á Sabino, libro
XXXI''.—Si el poseedor de un fundo lo hubiese
cultivado ó sembrado, y después fuera vindicado
el fundo, no puede arrancar lo plantado.
'''54.''' ULPIANO; ''Opiniones, libro VI''— Hay mu-
cha diferencia entre la profesión de ta abogacía
y la defensa de a cosa propia; y por consiguien-
te, si alguno hubiere conocido después que una
cosa le pertenecía, ni porque ignorando entonces
que era suya patrocinaba 4 otro que la vindicaba,
pierde su dominio.
'''55'''. JULIANO, ''Digesto, libro LV''.—Si el posee-
dor de un fundo hubiere fallecido antes de acep-
tado el juicio habiendo dejado dos herederos, y á
uno de éstos, que poseía entero el fundo, se le hu-
biere pedido todo él, no ha de dudarse, que se le
deba condenar por la totalidad.
'''56.''' EL MISMO; ''Digesto, libro LXXVIII.— La
vindicación de un peculio no es admitida en la
misma forma que la de un rebaño, sino que aquel
á quien se legó un peculio reclamara cada una de
las cosas por separado.
'''67.''' ALFENO; ''Digesto, libro VI.''— Aquel á quien
se había reclamado un fundo, fué demandado por
otro por razón del mismo fundo; se preguntaba,
si hubiese restituido el fundo á uno de ellos por
mandato del juez, y después se fallara la cuestion
A favor del otro demandante, ¿de qué modo no
sufriría un doble perjuicio? Respondí, que cual-
quiera de los dos jueves que primero fallase, de-
bia mandar que se restituyese el fundo al deman-
dante, mediante que diese al poseedor caución á
fianza de entregarlo, si el otro hubiese vindicado
el fundo.
'''58'''. PAULO; ''Epitome del Digesto de Alfeno, li-
bro III''.— Uno a quien se te reclamaba un esclavo,
y contra quien se ejercitaba la acción de hurto
por razón del mismo esclavo, preguntaba, si en
ambos juicios hubiese sido condenado, ¿qué debería hacer, si antes hubiese sido condenado sido vindicado de él el
esclavo? Respondi, que no debía el juez obligarle
a que lo entregara, á menos que se le hubiese
dado fianza, porque hubiese aceptado el juicio
por este esclavo, de que si por tal causa se hubie-
se pagado algo, esto se le restituiría conveniente-
mente. Pero si primero se hubiese pronunciado
sentencia sobre el hurto, y hubiese dado el escla-
vo por el daño, y después se hubiera fallado res-
pecto al mismo esclavo a favor del que lo reivin-
dicaba, por esta razón, porque no entregase él
esclavo, no debe el juez hacer la estimación del
litigio; porque nada había acontecido por culpa
ni por dolo de aquél, para que no entregase el
esclavo.<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|487|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>bro III.—Si mi esclavo, hallándose fugitivo, com-
prase Una cosa a quien no era dueño, debe com-
peterme la acción Publiciana, aunque yo no haya
obtenido por él la posesión de la cosa entregada.
'''16'''. ['''17'''.] PAULO ''nota al libro X. de las Cues-
tiones de Papiniano''.—A la acción Publiciana se
ha de oponer la excepción del legitimo dominio.
'''17.''' ['''18.''') NERACIO; ''Pergaminos, libro III.''—La
acción Publicina no fué establecida para que de
In cosa se despoja al propietario; y es prueba de
ello primeramente la equidad, y en segundo lu-
gar la excepción, «si la cosa no fuera del posee-
dor», sino pare que tenga preferentemente la cosa
el que compré de buena fe y por esta causa obtu-
vo la posesión de aquella.
{{t3|TITULO III}}
{{c|DE SI SE RECLAMARA UN CAMPO VECTIGAL,
ESTO ES, ENPITEUTICARIO}}
{{c|[Vease 06d. 1V. 06.]}}
'''1.''' PAULO; ''Comentarios al Edicto, libro XXI''.
Los campos de las ciudades unos se llaman vecti-
gales, y otros no. Se llaman veetigales los que se
arriendan á perpetuidad, esto es, con esta condi-
ción, de que mientras por ellos se pagne ta pen-
sién, no sea lícito quitarselos ni á los mismos que
los hubieren tomado en arrendamiento, ni á los
que sucedieron en el lugar de éstos. No son vecti-
gales tos que para ser cultivados se dan de la
misma manera que solemos dar privadamente
nuestrsx campos para que se cultiven.
§ 1.—A los que á perpetuidad tomaron en arrien-
do de los municipios un fundo para disfrutarlo,
aunque no se hagan dueños, no obstante, pareció
bien que les compete la acción real contra cual-
quier poseedor; pero también contra los mismos
municipios,
'''2.''' ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, libro XVIL'',
—con tal, empero, que paguen a pensión.
'''3.'''. Paso; Comentarios al Edicto, libro XXI—
Lo mismo ex también si lo hubieren tomado en
arrendamiento por cierto tiempo, y no hubiera
finido el tiempo del arriendo.
{{t3|LIBRO SEPTIMO}}
{{c|TITULO I}}
{{c|DEL USUFRUCTO Y DE COMO DEBE UNO USAR
Y DISFRUTAR}}
{{c|[Véase Cód, 111, 88.)}}
'''1.''' PAULO; ''Comentarios á Vitelio, libro III.''—El
usufructo es el derecho de usar y disfrutar do co-
sas ajenas, quedando salva la naturaleza de las
cosas.<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|488|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>'''2'''. CELSO; ''Digesto, libro XVII''.—Es en reali-
dad el usufructo un derecho sobre cosa corpérea,
suprimida la cual, es necesario que ve extinga
también el usufructo.
'''3.''' GAYO; ''Diario, libro II''.—Puede constituirse
el usufructo de la universalidad de los predios
por derecho de legado, mandando al heredero
que dé á alguno el usufructo. Y se entiende que
lo da, si hubiere llevado al legatario al fundo, ó
consintiera que de él use y disfrute, Y aun ei qui-
siere alguno constituir sin testamento un usu-
fructo, puede hacerlo por pactos y estipulaciones.
§ 1.—Pero consiste el usufructo no tan sólo só-
bre un fundo y casas, sino también sobre escla-
vos, caballerias, y las demás cosas.
§ 2.—Mas para que las propiedades no fuesen
completamente inútiles estando siempre separado
de ellas el usufructo, pareció bien que de ciertas
maneras se extinguiera el usufructo, y revertiese
á le propiedad.
§ 3.—Pero de los mismo modos que se estable-
ce y se extingue el usufructo, suelo también cons-
tituirse y extiuguirse el mero uso.
'''4'''. PAULO; ''Comentarios al Edicto, libro II''.—El
usufructo es en muchos casos parte del dominio,
y es sabido que puedo darse ó de presente, ó des-
de cierto día.
'''5.''' PAPINIANO; ''Cuestiones, libro VII''—El usu-
fructo puede constituirse también desde un prin-
cipio por parte indivisa ó dividida, y perderse
igualmente por el tiempo legal, y por la misma
razón disminuirse por la ley Falcidia. También
se divide la obligación del usufructo en porciones
hereditarias, fallecido el que lo prometió, y si se
debiera por razón de un predio común, oponién-
dose uno de los socios, la restitución se hará con
arreglo á la parte del opositor.
'''6.''' GAYO; ''Comentarios al Edicto provincial, li-
bro VII—''Constituyese el usufructo de muchos
modos, como, por ejemplo, si se hubiere legado.
Pero puede legarse también Ja propiedad deduci-
do el usufructo, para que el usufructo quede al
heredero.
§ 1.—También se constituye el usufructo en el
juicio de partición de herencia, y en et de división
de cosa común, si el juez adjudicare á uno la pro-
piedad, y á otro el usufructo.
§ 2.—Mas se adquiere para nosotros el usufruc-
to no sólo por nosotros mismos, sino también por
medio de aquellas personas que tenemos someti-
das a nuestra potestad,
§ 3.—Pero nada veda que instituido heredero
mi esclavo, se legue la propiedad deducido el
usufructo.
'''7.''' ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, libro XVII.''
—Legado el usufracto, todo fruto de la cosa per-
tenece al usufructuario. Y se lega el usufructo ó
de bienes raíces, ó de cosa mueble.
§ 1.—De los bienes raíces, por ejemplo, habién-
dose lazado el usufructo de casas, cualquiera que
sea el rédito, pertenece al usufructuario, asl como
cualesquiera utilidades que provienen de los edi-
ficios, de los solares, y de las demás cosas, que<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
dhjzvnmq55rfq1f73puqt7f591qskh2
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|489|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>son de las casas. Por lo que pareció bien, que tam
bién fuese puesto aquél en posesión de las casas
vecinas por causa de daño inminente, y que hay
de poseer tales casas por derecho de dominio, si
so perseverara en no darse caución, y que no per-
diera nada aun finido el usufructo, Por esta razón
escribe Labeon, que no es Heito al dueño levan-
tar mas alto el edificio contra tu voluntad, asi co-
mo, legado el usufructo de un solar, tampoco pue-
de levantarse en el solar un edificio; cuya opinion
estimo verdadera.
§ 2.—Y puesto que todo fruto de la cosa le per-
tenece, escribe Celso que también se le obliga por
medio de Arbitro á reparar las casas. [8.] Dice
Celso en el libro décimo octavo del Digesto: pero
sólo para que tenga reparadas las casas; mas
si ye hubiesen arruinado por viejas, ninguno
de los dos es obligado a reedificarlas; pero si
el heredero las reedificará, habré de soportar que
el usufructuario use de ellas. Por lo que, pregun-
ta Celso de qué modo se han de tener reparadas
las casas, si las que se arruinaron por viejas no
esta obligado á reedificarlas; incumbale, pues,
una moderada reparación, porque sufraga tam-
bién otras cargas, legado el usufructo, por ejem-
plo, el estipendio, ó el tributo, ó el salario, 5 los
alimentos dejados sobre aquella cosa; y asi lo es
cribe Marcelo en el libro décimo tercero.
§ 8.—También escribe Cassio en el libro octavo
del Derecho Civil, que el usufructuario es obliga-
do por medio de arbitro á hacer reparaciones, así
como esta obligado á replantar los arboles; y ob-
serva Ariston, que esto es verdad. Mas dice Ne-
racio en el libro cuarto de los Pergaminos, que
no se le puede prohibir al usufructuario que haga
reparaciones, porque tampoco se le puede prohi-
bir que are, cultives y que no sólo ha de hacer
las reparaciones necesarias, sino también las mo-
tivadas por el adorno, como los estucados, ¥ los pa-
vimentos, y hacer otras cosas semejantes, pero que
no puede ni hacer ampliaciones, ni quitar lo útil,
'''8. [9.]''' El mismo; Comentarios al Edicto, libro
XL.—aunque lo hay de reponer mejor; cuya opi-
nión es verdadera.
9. |10.] EL mismo; Comentarios d Sabino, libro
XVII.—Asimismo, si se hubiese legado el usufruc-
to de un fundo, todo lo que nace en el fundo, todo
fo que de él puede percibirse, es fruto del mismo,
con tal que, sin embargo, usufractúe á arbitrio
de buen varón. Porque también Celso escribe al
libro décimo octavo del Digesto, que se le puede
obligar á que cuitive bien.
§ 1.-Y si en el fundo hubiese abejas, también
le pertenece el usufructo de ellas.
§ 2.—Pero si tuviese canteras, y quisiera arran-
car piedras, ó tuviese gredales, ó arenales, dice
Sabino que ha de usar de todas estas cosas, como
buen padre de familia; cuya opinión juzgo ver-
dadera.
§ 3.—Pero si estos minerales hubiesen sido en-
contrados después de legado el usufructo, cuando
se deje el usufructo de todo el campo, no de par-
tes, compréndanse en el legado.<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|490|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>§ 4.Semejante á e es el tratado que suele
consagrarse a lo que se agregó por accesion; y
pareció bien, que también el usufructo del aluvión
pertenezca al usufructuario. Pero si hubiera sur-
gido en el rio una isla junto al fundo, escribe Pe-
gaso, que su usufructo no pertenece al usufruc-
tuario, aunque sea accesión de la propiedad, por-
que es como un fundo propio, cuyo usufructo no
te corresponde. Cuya opinión no carece de funda-
mento; porque donde el incremento se halle ocul-
to, se aumenta también el usufructo, pero donde
aparece separado, no acrece para el usufructuario.
§ 5.—Dice Cassio en e] libro octavo del Derecho
Civil, que el producto de la cetreria y de la caza
de cuadrúpedos pertenece al usufructuario; y con-
siguientemente el de la pesca.
§ 6.—Mas el fruto de un semillero opine que
pertenece al usufructuario, pero de suerte que le
sea licito vender, y plantar; mas debe siempre re-
novar el semillero preparado para plantar los cam-
pos, como instrumento del campo, para que sea
restituido al duño, finido el usufructo.
§ 7.—Mas debe tener el disfrute de los instru-
mentos, pero no tiene la facultad de venderlos.
Porque aun cuando se hubiere legado el usufruc-
todo un fundo,y haya un campo de donde el padre
de familia solla utilizar estacas, sauces, ó cañas
para el fundo cuyo usufructo se legó, opino que
el usufructuario puede usar do él, pero de suerte
que nada de él venda, á no ser que se le haya le-
gado el usufructo del sauzal, del bosque madera-
ble, ó del cañaveral; porque entonces también
puede vender. Porque también Trebacio escribe,
que el usufructuario puede cortar el bosque
tallar y el cañaveral, según lo cortaba el padre
de familia, y vender de él, aunque el padre de fa-
milia no solia vender, sino usar él mismo; porque
se ha de atender al modo, no á la clase del uso.
'''10. [11.]''' POMPONIO; ''Comentarios a Sabino, li-
bro V''.— Del bosque tallar deberé tomar eh
usufructuario rodrigones y ramas de los árboles;
del que no es tallar habrá de tomar para la viña,
mientras no deteriore el fundo.
'''11, [12.]''' PAULO; ''Epitome del Digesto de Alife
no, libro II''.—Pero si los Arboles fuesen grandes,
no puede cortarlos.
'''12. [13.]''' ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, libro
XVII''.—Dice Labeon, que el usufructuario puede
tomar de los arboles arrancados ó derribados por
la fuerza de los vientos hasta para su uso y el de su
granja; y que no deberá usar de la madera para
leña, si tuviera de donde proveerse de leña. Cuya
opinión juzgo verdadera; de otra suerte, aunque
todo el campo haya sufrido este accidente, el usu-
fructuario utilizaré todos los árboles; pero opine
que puede el mismo cortar madera para la repa-
racion de su granja, asi como cocer cal, dice, ó
cavar arena, ó tomar alguna otra cosa necesaria
para el edificio.
§ 1.—Legado el usufructo de una nave, opine
que ha de hacérsela navegar, aunque amenace
peligro de naufragio; porque para esto se cons-
truye una nave, para que navegue.
§ 2.—El usufructuario, ó puede él mismo usu-<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|491|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>fructuar la cosa, ó concederla á otro para que la
usufructúe, ó arrendar, ó vender; porque así usa
el que arrienda, como usa el que vende, Pero tam-
bién sito concediera á otro en precario, ó lo dona-
ra, opino que usa él, y que por lo mismo se retiene
el usufructo; y esto respondieron Cassio y Pega-
so, y lo aprueba Pomponio en el libro quinto apo-
yandose en Sabino. Mas no sólo si yo lo hubiere
dado en arriendo, retengo el usufructo, sino que
también si siendo otro gestor de mis negocios hu-
biere dado en arriendo el usufructo, escribió Ju-
liano en el libro trigésimo quinto, que retengo di-
cho usufructo. Pero ¿qué se dirá, si yo no lo hu-
diere dado en arriendo, sino que, en mi ausencia
é ignorándolo yo, gestionando alguien mis nego-
cios usara y distrutase? Que, no obstante, retengo
el usufructo. Lo que aprueba también Pomponio
en el libro quinto por esto, porque adquirí le ac-
ción de gestión de negocios.
§ 3.—Duda Pomponio sobre esto, si el fugitivo,
cuyo usufructo es mio, estipulara algo sobre cosa
mía, ó lo recibiera por tradición, ¿retendré acaso
el usufructo por esto mismo, cual si yo lo usura?
¥ admite preferentemente, que lo retengo; por-
que con frecuencia, aunque no usemos de los es-
clavos presentes, retenemos, sin embargo, el usu-
fructo, por ejemplo, estando el esclavo enfermo,
ó en la infancia, cuyos servicios son nulos, ó sien-
do hombre de decrépita senectud; porque también
si arásemos un campo, aunque sea tan estéril que
no nazca fruto alguno, retenemos el usufructo.
Pero escribe Juliano en el libro trigésimo quinto
del Digesto, que aunque el esclavo fugitivo no es-
tipule cosa alguna, se retiene, sin embargo, el
usufructo; porque por la misma razón, dice, que
se retiene por el propietario la posesion, aunque
el esclavo esté fugitivo, se retiene también el
usufructo,
§ 4.—Pregunta el mismo: ¿qué se dita, si algu-
no hubiera obtenido la posesión de él, acaso asi
como deja de poseerse por el propietario, asi tam-
bién se pierda el usufructo? Y, á la verdad, dice
primeramente que puede decirse que se pierde el
usufructo, pero que aunque se pierda, se ha de
afirmar, no obstante, que puede adquirirse para
el usufructuario lo que dentro del tiempo estable-
cide estipuló sobre cosa del usufructuario. Por lo
cual se colige que puede decirse, que ciertamente
no se pierde el usufructo, si se poseyera por otro,
con tal que estipule alguna cosa para mi, y que
importa poco que se posca por el heredero, 6 por
otro, á quien haya sido vendida la herencia, 6 le-
gada la propiedad, ó por un poseedor de mala fe;
porque basta para que se retenga el usufructo,
que haya la voluntad del que quiere retenerlo, y
que el esclavo haga alguna cosa en nombre del
usufractuario; cuya opinión tiene fundamento.
§ 5. ['''14'''.]—Examina Juliano en el libro trigési-
mo quinto del Digesto: si un ladrón arrancase ó
cortase los frutos maduros pendientes, ga quién
estar obligado por ta condicción, al dueño del
fundo, ó al usufructuario? Y opina, que puesto que
los frutos no se hacen del usufructuario, si por él
no son percibidos, aunque por otro se separen de
la tierra, compete preferentemente al propietario
la condicción, y al usufructuario la acción de<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
ec9lwrpord6houhf1pih0wbzmdamfr2
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|492|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>hurto, porque le interesé que no se hubiesen qui-
tado los frutos. Pero Marcelo se aparta de esto,
porque si después el usufructuario hubiere recu-
perado estos frutos,acaso se harían de él; pues si
se hacen, por qué razón sucede esto, sino porque
entre tanto se harían del propietario? Después de
reelegidos se harán del usufructuario, a la ma-
nera de una cosa legada bajo condición, la cual
ea interinamente del heredero, pero cumpliéndose
la condición pasa al legatario; juego es verdad
que la condicioné compete al propietario. Mas
cuando esta pendiente el dominio, como dice el
mismo Juliano, sobre el fruto que se halla bajo
tierra, y sobre aquello que el esclavo usufructua-
rio recibió por entrega no habiendo sido aun pa-
gado ciertamente el precio, pero habiéndose dado
caución por él, so ha de decir que esta pendiente
la condicción, y que mas bien esta pendiente el
dominio.
'''13. [15.]''' EL MISMO; ''Comentarios á Sabino, li-
bro XVIII''.—Si se hubiere legado el usufructo de
alguna cosa, puede el dueño pedir fianza sobre
dicha cosa, para que por ministerio del juez se
haga esto; porque asi como el usufructuario debo
usufructuar, asi también el dueño de la propie-
dad debe estar asegurado respecto de la propi
dad. Y prueba Juliano en el libro trigésimo octa-
vo del Digesto que esto pertenece 4 todo usufruc-
to. '''[16]''' Si se hubiese legado el usufructo, no sé
ha de dar acción al usufructuario antes que hu-
biere dado fianza de que habrá de usufructuar 4
arbitrio de buen varón; pero aunque sean muchos
aquellos á cuyo cargo se dejó el usufructo, debe
darse fianza á cada uno de ellos.
§ 1.—Asi pues, cuando se trata de un usufructo,
so arbitra no solamente sobre lo que se ha hecho,
sino también sobre el modo como debe usufruc-
tuar en lo futuro,
§ 2.—Pero también por la ley Aquilia, y por el
interdicto Quod vi aut clam (lo que se hizo por
fuerza ó clandestinamente) esta obligado el usu-
fructuario por los daños pasados, según dice Ju-
liano; porque es cierto que el usufructuario se
obliga también por estas acciones, así como por
la de hurto, to mismo que otro cualquiera que en
una cosa ajena hubiere hecho algo semejante. Fi-
nalmente, consultado por qué fué bueno que el
Pretor prometiera acción, competiendo la acción
de la ley Aquilia, respondió, que porque hay ca
sos en los que cesa la acción de la ley Aquilia,
par eso se da juez, para que use á arbitrio de él;
porque el que no Jabra el campo, e! que no culti-
Ya las viñas, asi como el que consiente que se de-
terioren los acueductos, no esta obligado por la
Ley Aquilia. Lo mismo se ha de decir también
respecto al usuario.
§ 3.—Pero si entre dos usufructuarios hubiese
controversia, '''[17.]''' escribe Juliano en el libro tri-
gesimo octavo del Digesto, que es muy justo que
se dé acción como de división de cosa común, ó
que entre ellos por estipulacion se dé caucion de
como usufructuaran. Porque ¿como, dice Juliano,
consentira el Pretor que lleguen á las armas y á reñir aquellos á quienes puede conciliarlos con su
jurisdicción? Cuya opinión aprueba también Celso
en el libro vigésimo del Digesto, y yo la estimo
verdadera.<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|493|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>§ 4.—El usufructuario no debe empeorar la con-
dición de la propiedad, pero puede mejorarla. Y
ó so legó el usufructo dé un fundo, y no debe ni
cortar los arboles frutales, ni demoler los edifi-
cios, ni hacer cosa alguna en perjuicio de la pro-
piedad. Y si acaso el predio fué de recreo, tenien-
do verjeles, ó alamedas, ó pascos cubiertos de
sombra y amenos con arboles infructíferos, no de-
berá arrancarlos, acaso para hacer huortas, 6 al-
guna otra cosa que reditúe.
§ 5.—Por esto se pregustó, ¿podría acaso él
abrir canteras, ó gredales, ó minas de arena? Y
opino que también él puede abrirlas, si para este
objeto no ha de ocupar una parte necesaria del
campo. Por consiguiente, podré buscar también
filones de piedras y metales de esta naturaleza;
y por lo tanto, ó podrá explotar las minas de oro,
y de plata, y de azufre, y de cobre, y de hierro,
y de los demás metales, que abrid el padre de
familia, 6 abrir él mismo otras, si on nada perju-
dicare á la agricultura. Y si acaso en esto que es-
tableció se obtuviese mas rédito que en las viñas,
6 en los arbustos, ó en los olivares que hubo, qui-
zá podrá también arrancarlos, puesto que se le
permite mejorar la propiedad.
§ 6.—Pero si las cosas que innova el usufruc-
tuario ó vician la atmósfera del campo, ó hubie-
ran de requerir un grande aparato, acaso de ope-
rarios ó de recolectores, cuyas cosas no puede
sostener el propietario, no parecerá que usufruc-
túa a arbitrio de buen varón; mas, á la verdad,
tampoco ha de levantar en el fundo edificio, sino
el que sea necesario para percibir tos frutos.
§ 7.—Pero si se hubiese legado el usufructo de
casas, dice Nerva, el hijo, que puede él darles
también luces; mas podrá pintarlas, y decorarlas
con pinturas, marmoles y estatuas, y con cual-
quier otro ornato propio de casas. Pero no se le
permitiré transformar, ó unir, ó separar las habi-
taciones, ó variar las entradas ó los postigos, ó
abrir puertas secretas, ó mudar el átrio, ó poner
de otro modo los vergeles; porque puede hermo-
sear lo que encuentra, sin alterar la naturaleza
de las casas. También dice Nerva que aquel á
quien se haya legado el usufructo de casas, no
puede levantarlas mas altas, aunque no se dis-
minuyan las luces, porque se perjudica más la
techumbre; lo que también escribe Labeon res-
pecto al dueño de la propiedad. El mismo Nerva
dice que tampoco puede éste obstruir las luces.
§ 8.—Asimismo, si se hubiese legado el usufruc-
to do una casa, no debe el usufructuario hacer de
ella casi publica, ni dividir la casa en cuartos pe-
queños; mas puede arrendarla, pero convendrá
que la arriende como casa, sin que tampoco en ella
se hayan de hacer baños. Mas lo que dice que no
ha de hacer casa publica, entiéndelo de este modo,
las que vulgarmente llaman posadas, ó lavaderos.
Yo, á la verdad, opino también que si en Ja casa
hubiese un bailo destinado de ordinario para uso
de los dueños en alguna parte interior de la casa,
ó en habitaciones de recreo, no obrara rectamen-
te, ni tampoco á arbitrio de buen varón, si hubiere
comenzado á arrendarlo para que en él se lave pu-
blicamente, no de otra suerte que si hubiere arren-
dado la casa para estancia de caballerías, ó si hu-
biere arrendado para tahona el establo que había
para las caballerías y carrozas de la casa,<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|494|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>'''14. [18.]''' PAULO, ''Comentarios á Sabino, libro
III.''—aunque por esta razón perciba muchos me-
nos frutos.
'''15. [19.]''' ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, libro
XVIII''—Pero si hubiere edificado alguna cosa,
después no puede él ni demolerla ni separarla,
bien que las separadas puede vindicarlas.
§ 1.—Tampoco debe abusar del legado det
usufructo de esclavos, sino usar de éstos confor-
me á su condición, Porque si al copista de libros
lo enviase al campo, y le obligase á llevar cestos
y cal, y al histrion lo hiciese bañero, ó de la mu-
sica lo destinase á mayordomo, ó de la palestra á
limpiar las letrinas, se entenderá que abusa de la
propiedad.
§ 2.—Mas debe alimontarlos y vestirlos suficien-
temente, según la clase y condición de los esclavos.
§3.—-Y en general dice Labeon, que respecto
de todas las cosas muebles debo él tener modos,
para que no las altere con su rigor y su crueldad;
que de otra manera, él es demandado también en
virtud de la ley Aquilia.
§ 4.—-Y si se hubjese legado el usufructo de
vestidos, y no se legase como usufructo de canti-
dad, se ha de decir que él debe usar de modo que
no abuse; y que tampoco habrá de alquilarlos,
porque un buen varón no usaría de ellos de esta
manera.
§ 5.—Por tanto, si se legase el usufructo de un
traje escénico, ó de un telón de teatro, ó de otro
aparato, tampoco usura de ellos en otra parte mas
que en la escena. Pero se ha de ver si podría tam-
bién arrendarlos. Y opino que podrá arrendarlos,
y aunque el testador hubiere acostumbrado á pres-
tarlo, no á arrendarlo, sin embargo, el mismo
usufructuario podré alquilar un trajo asi escénico,
como fúnebre.
§ 6.—El dueño de la propiedad no deberé po-
ner impedimento al usufructuario que use de este
modo, para no hacer peor la condición de éste.
A la verdad, dúdase respecto á algunas cosas, si
le puede prohibir que use de ellas, ó si haga esto
con derecho, por ejemplo, de las tinajas, si acaso
se hubiese legado el usufructo de un fundo. Y
opinan algunos, que aunque estuviesen empotra-
das en la tierra, se le ha de prohibir que uso; y lo
mismo opinan también respecto á las tinajas me-
dianas, cubas, barriles, y ánforas; y también lo
mismo respecto á las vidrieras, si se legara el
usufructo de una casa, Pero yo opino, que coro
no haya una voluntad contraria, se comprenden
también los utiles del fundo, ó de la casa.
§ 7.—Pero tampoco puede el propietario impo-
ner servidumbre al fundo, ni perder una servi-
dumbre. Juliano escribió, que ciertamente puede
él adquirir une servidumbre aun contra la volun-
tad del usufructuario. Consiguientemente á esto,
el usufructuario no puedo en realidad adquirir
servidumbre para el fundo, pero puede retenerla;
y si acaso se hubieren perdido por no usarías el
usufructuario, quedara obligado también por este
motivo. El dueño de la propiedad no puede cier-
tamente, aun consintiéndolo el usufructuario, im-
poner una servidumbre,
'''16. [20.]''' PAULO; Comentarios a Sabino, libro<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|495|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>''III''.-á ser que con ella no se haga peor la con-
dicion del usufructuario, por ejemplo, si hubiere
concedido al vecino le servidumbre de no tener
él el derecho de levantar más alto el edificio.
'''17. [21.]''' ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, li-
bro XVIII''.—Mas puede hacer religioso un lugar
consintiéndolo el usufructuario; y esto es verdad
en favor de la religión. Pero á veces también sólo
el dueño de la propiedad puede hacer religioso
un lugar; porque supón que él entierra al testa-
dor, porque no hubiese lugar tan oportuno donde
fuese sepultado.
§ 1. Por esto, de que no haga el propietario
peor la condición del usufructuario, suele pre-
guntarse, ¿podria acaso el dueño castigar al es-
lave? Y nota Ariston comentando á Cassio, que
tiene aquél plenisima facultad para castigarlo,
con tal que lo haga sin dolo malo, aunque no pue-
da el usufructuario viciar su oficio con ocupacio-
nes en realidad contrarias ó inusitadas, ni desfi-
gurar al esclavo con cicatrices.
§ 2.—Mas también podrá el propietario entre-
gar por noxa el esclavo, si esto lo hiciera sin dolo
malo, porque la dación por noxa no extingue de
derecho el usufructo, como tampoco la usucapión
de la propiedad, que se realiza después de cons-
tituido el usufructo. Deberá ciertamente dene-
garse la persecucion del usufructo, si á aquel que
recibió por noxa no se le ofreciera por el usu-
fructuario la estimación del litigio.
§3.—Si alguno hubiere matado al esclavo, nun-
ca dudé que se ha de dar al usufructuario una
acción útil al modo de la de la ley Aquilia.
'''18. [22.]''' PAULO; ''Comentarios á Sabino, libro
III''.—Legado el usufructo de un campo, han de
substituirse otros en lugar de los árboles muer-
tos, y los primeros pertenecen al usufructuario.
19. [23.] POMPONIO; C''omentarios á Sabino, li-
bro V''.—Opina Próculo que puede legarse una ca-
sa de suerte que se le imponga la servidumbre,
que se deba á otra casa de la herencia, de este
modo: <si aquél prometiere á mi heredero que por
él no harian que se levanten más altos aquellos
edificios, en este caso le doy y lego el usufructo
de tales edificios»; ó de esta manera: «doy y lego
á aquél el usufructo de aquellas casas mientras no
fueren edificadas mas altas de como ahora estan».
§ 1.—Si el dueño no quitase los árboles arran-
cados por el viento, por lo que fuera mas incomo-
do el usufructo ó el paso, se ejercitaran contra él
por el usufructuario sus acciones.
'''20. [24.]''' ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, li-
bro VIII''—Si alguno hiciere un legado de este
modo: «doy y lego á Cayo Mevio los frutos anua-
les del fundo Corneliano», debe entenderse esta
clausula igualmente que si se hubiese legado el
usufructo del fundo.
'''21. |26.]''' EL MISMO; C''omentarios á Sabino,
bro XVII''.—Si se hubiera legado el usufructo de
un esclavo, todo lo que él adquiere por su traba-
jo ó por cosa del usufructuario pertenece á éste,
ya estipule, ya se le hubiere entregado la pose-<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|496|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>sión. Pero si hubiera sido instituido heredero, ó
recibiere un legado, distingue Labeon por consideración de quién ó es instituido heredero, ó haya recibido el legado.
'''22. [26.]''' EL MISMO; Comentarios á Sabino, libro XVIII.-Pero también si se donara alguna
cosa á algún esclavo, sobre el cual tiene otro el
usufructo, se pregunta qué debe hacerse. Y en
todos estos casos, si se le dejó ó donó alguna cosa
por contemplación del usufructuario, la adquirirá
para el mismo; mas si por la del propietario, para
el propietario; si por la del mismo esclavo, la adquirirá para el señor. Y no distinguimos de dónde
y por razón de qué lo conoció el que hizo la donación ó el legado. Mas si el esclavo usufructuario
consiguiera alguna cosa por causa de cumplirse
una condición, y constare que aquella condición
había sido impuesta por contemplación del usufructuario, se ha de decir también que adquiere
para el mismo; porque también se ha decir lo mismo en la donación por causa de muerte .
'''23. [27.]''' EL MISMO; ''Comentarios á Sabino, libro XVII.'' Pero asi como estipulando adquiere para el usufructuario, asi también, escribe Juliano en el libro trigésimo del Digesto, pactando adquiere él excepción para el usufructuario.[28]
Y dice el mismo, que aunque hubiere rogado que
se le tuviese por quito, le libra de la obligación.
§ 1.-Mas puesto que hemos dicho que lo que
se adquiere por el trabajo pertenece al usufructuario, ha de saberse que aquél también ha de
ser obligado á trabajar. Porque respondió Sabino,
que también compete al usufructuario la facultad
de un moderado castigo, y Cassio escribió en el
libro octavo del Derecho civil: ni le atormente
con fuerza, ni le azote.
'''24. [29.]''' PAULO; ''Comentarios á Sabino, libro
X''. Si el que hubiere de donar prometiere al esclavo usufructuario que estipula para quien tiene
el usufructo, se obligará para el mismo usufructuario, porque está en uso que para éste pueda
estipular tal esclavo .
'''25. [30.]''' ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, libro XVIII''.-Pero si con animo de hacer una do-
nación estipulara alguna cosa para si ó para Stico, esclavo usufructuario, queriendo que fuese
entregada al usufructuario, se ha de decir que si
se le pagara, se adquiere para el usufructuario.
§ 1. Mas a veces está en suspenso para quién
adquiera este esclavo usufructuario, por ejemplo,
si compró un esclavo y lo recibió mediante entre-
ga, mientras no pagó el precio, sino que tan sólo
dió fianza por él, se pregunta de quién sea entretanto. Y escribió Juliano en el libro trigésimo
quinto del Digesto, que está en suspenso el dominio de él, y que el pago del precio declarará de
quién sea; porque si se pagó de los bienes del
usufructuario, fué desde un principio del usufructuario. Y lo mismo es también si acaso hubiera
estipulado el esclavo que ha de pagar el dinero:
porque el pago declarará para quién haya sido<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|497|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>adquirida ia estipalación. Luego hemos demos-
trado que está en suspenso el dominio hasta que
se pague el precio. ¿Qué se dirá, pues, si, perdi-
do el usufructo, entonces se pagase el precio?
'''[31.]''' A la verdad, escribío Juliano en el libro tri-
gésimo quinto del Digesto, que aun interesaba,
de donde se haya pagado el precio. Pero Mareelo
y Mauriciano opinan que, perdido el usufructo,
ne adquirié ya el dominio para el dueño de la pro-
piedad; pero es mas humano el parecer de Julia-
no. Mas si el precio se hubiere pagado de bienes
do uno y de otro, escribío Juliano, que el dominio
pertenece á ambos, por supuesto, á prorrata del
precio pagado. Mas, ¿qué, si acaso hubiere paga-
do simultáneamente del caudal de ambos, por
ejemplo, si debía diez mil por razón del precio,
y pagó los dice del caudal de cada uno, para
quien adquiere preferentemente el esclavo? Si
verificó el pago, interesará de quién pague los
primeros dineros; porque los que después hubiere
pagado ó los vindicará, ó si los dineros hubieren
sido consumidos, son objeto de 1a condicción; pe-
ro si los pagó juntamente en un talego, nada ha-
ce del que los recibe, y por esto se entiende que
ninguno adquirid todavía el dominio, porque, ha-
biendo pagado el esclavo mas precio, no hará del
que lo recibe el dinero.
§ 2.—Si este esclavo hubiere alquilado sus ser-
vicios, y estipulase alguna cosa cierta por cada
año, á la verdad, la estipulación de estos daños,
en que subsistid el usufructo, se adquirirá para
el usufructuario, pero la estipulación de los si-
guientes pasa al propietario una vez adquirida
para el usufructuario, aunque no suela la estipu-
lación, una vez adquirida para uno, pasar A otro,
sino al heredero, ó al arrogador. Por lo que, si aca
so se hubiere legado el usufructo para cada año,
y este esclavo alquilé sus servicios, y estipuló,
según arriba queda escrito, como por la disminu-
ción de cabeza se hubiero perdido el usufructo,
restituido después, andará ambulante la estipu-
lación; y habiendo Negado al heredero, volverá
al usufructuario.
§ 3.—Cuestionase sobro si lo que no puede ad-
quirirse para el usufructuario, ¿se adquirirá para
el propietario? Y Juliano escribío ciertamente en
el libro trigésimo quinto del Digesto, que lo que
no puede adquirirse para el usufructuario so ad-
quiere para el propietario. Escribe finalmente,
que aquel que sobre cosa del usufructuario esti-
pule expresamente para el propietario, ó por man-
dato de él, adquiere para e) mismo; pero que por
el contrario nada hace, si no estipulase pare el
usufructuario sobre cosa del usufructuario, ni so-
bre sus propios servicios.
§ 4.—El esclavo usufructuario, si estipulase que
so dé el usufructo sobre él, ó sin expresión de nom-
bre, ó expresamente para el propietario, adquiere
para el mismo propietario a ejemplo del esclavo
común, que estipulando una cosa para uno de los
señores, de quien es la cosa, nada hace, porque
estipulando uno su propia cosa nada hace, y esti-.
pulandola para otro la adquiere enteramente.
§ 5.—['''32.'''] El mismo Juliano escribe en el propio
libro: sie usufructuario habia dado en arriendo
al esclavo sus propio a servicios, nada hace; porque
tampoco hace nada, dice, si de mi hubiera estipu-<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|498|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>lado sobre cosa mía, no de otra suerte que el es
clavo ajeno que de buena fe me sirvo, haciendo
lo mismo, nada adquiere para el señor. De la
misma manera dice, que si tomase en arrenda-
miento una cosa mía de mi, usufructuario, cierta-
mente no me obligó. Y define por vía de regla:
que estipulando uno de m{ aquello que para mi
adquiere estipulando de otro, nada hace, á no ser
que quizá, añade, expresamente para su señor
estipule de mi, ó tome en arriendo.
§ 6.—Si supusieras que hay dos usufructuarios,
y que el esclavo haya estipulado sobre cosa de
uno de ellos, se pregunta, si adquiriré pare éste
la totalidad, ó con arreglo á la parte en que tiene
el usufructo; porque también respecto á dos po
seedores de buena fe se ha discutido esto mismo
por Seévola en el libro segundo de las Cuestiones.
Y dice, que se eree vulgarmente, y esta funda-
do en razón, que si estipulara sobré cosa de uno
de ellos, se adquiere para éste tan sólo una par-
te, y otra para el dueño; pero que si hubiese es
tipulado expresamente, no debe dudarse que se
adquiera la totalidad para aquel suyo nombre
so expresó. Y lo mismo dice, aunque estipulara
por su mandato, porque tomamos el mandato por
equivalente del nombre. Lo mismo se habré de
decir también respecto á los usufructuarios, de
suerte que en el caso de que no se adquiriese la
totalidad para el usufructuario, so habré adquiri-
do para ef dueño de la propiedad, porque hemos
manifestado que puede adquirirse para éste con
cosa del usufructuario.
§ 7.—Mas lo que hemos dicho, que puede ad-
quirir su virtud de cosa del usufructuario 6 de
BUS servicios, se ha de ver si tendrá lugar enton-
ces, cuando se haya constituido el usufructo por
derecho de legado, ó si también por medio de en-
trega, ó de estipulación, ú otro cualquier medio.
Y es verdadero el parecer de Pegaso, que siguió
también Juliano en el libro décimo sexto, que
todo se adquiere para el usufructuario.
26. [33.] PAULO; Comentarios á Sabino, libro
III. Si el esclavo usufructuario hubiere arren dado sus servicios, y se hubiere extinguido el
usufructo antes de concluido el tiempo del arren-
damiento, lo que resta pertenecerá al propietario.
Pero si desde un principio hubiere estipulado cier-
ta cantidad por determinados servicios, habiendo
padecido él disminución de cabeza, también se
ha de decir lo mismo.
27. [34.] ULPIANO; Comentarios á Sabino, li-
bro XVIII.—Si el testador hubiese dejado pen
dientes los frutos ya maduros, el usufructuario
los haré suyos, si los hubiese recogido pendientes
todavía al legar el dia del legado, porque tam-
bien los frutos pendientes pertenecen al usufruc-
tuario. .
§ 1.—Si el dueño acostumbré destinar sus tiendas para sus mercaderías ó para alguna negocia
ción, se permitirá ciertamente al usufructuario
darlas en arriendo y para otras mercaderías; y
sólo se ha de observar esto, ó que no abuse el
usufructuario, ó que no use del usufructo indeco-
rosa ó inconvenientemente.
§ 2.—-Si se legó el usufructo de un esclavo, de<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|499|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>quien el testador usaba como sin destinario á ser-
vicio alguno, si el usufructuario lo hubiere ins-
truido para algún servicio 6 arte, usaré de su
arte ó instruccion.
§ 3.-Si se debiera alguna cosa por razón de
limpieza de cloaca, ó si se pagara algo por la es-
tructura del acueducto que pasa por un campo,
esto sera de cargo del usufructuario; pero si se
debiera alguna cosa para la contribución de la
via, opino que también esto lo debera sufragar el
usufructuario. Consiguientemente también aque-
llo con que de los frutos se contribuye por tránsito
de un ejército, y si algo se paga al Municipio, —
porque suelen los poseedores entregar al Munici-
pio á precio mas bajo cierta parte de los frutos,
y suelen satisfacer también al fisco repartos,—es-
tas cargas incumbirán al usufructuario.
§ 4.—Si alguna servidumbre se halla impuesta
al fundo, el usufructuario tendré necesidad de
soportarla, por lo que opino que se ha de decir lo
mismo, también si la servidumbre se debiera por
estipulación,
§ 5.—Pero si se hubiera comprado un esclavo
bajo una pena habiéndose prohibido algunas co-
sas, asi se hubiera legado el usufructo de él, de-
bera el usufructuario observar aquellas prohibi-
ciones? Y opino que debe observarlas, pues de
otro modo no usa y disfruta á arbitrio de buen
varón.
'''28. [35.]''' '''Texto en negrita'''POMPONIO; ''Comentarios á Sabino, li-
bro V''.—Puede legarse el usufructo de las mone-
das antiguas de oro ó plata, de las cuales se sue-
le usar en lugar de piedras preciosas.
'''29. [36.]''' ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, li-
bro XVII''.—Escribe Celso en el libro trigésimo
segundo del Digesto, y Juliano en el libro sexa-
gésimo primero, que puede legarse el usufructo
de todos los bienes, á no ser que exceda del valor
de los tres cuartos de la herencia; y es lo mis
verdadero.
'''30. [37.]''' PAULO; ''Comentarios á Sabino, libro
III''.—Si el que tuviera dos casas hubiere legado
el usufructo de una, escribe Marcelo que el he-
redero puedo privarle de luces levantando mas
alta en otra, porque puede habitarse también en
casas obscuras. Lo que ha de moderarse de suer-
te que las casas no sean privadas totalmente de
luz, sino que tengan mediana luz, que baste para
los que la habiten.
'''31. [38.]''' EL MISMO; C''omentarios á Sabino, li-
bro X''.—Se entiende que es de los bienes del usu-
fructuario también lo que el usufructuaria le
hubiere donado ó concedido, ó lo que el esclavo
hubiere ahorrado en la administración de los bie-
nes de aquél.
32. [39.] POMPONIO; Comentarios á Sabino, li-
bro XXXIII—Si alguno entrega la única casa
que tieno, ó un fundo, puede oxceptuar lo que es
de la persona, no del predio, como el uso y el
usufructo, Pero también si exceptuara que le sea
licito apacentar ó habitar, es valida la excepción,
cuando de muchas dehesas se percibiese el fruto<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|502|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>donó, ó el que es gestor de negocio de aquel.
Ciertamente lo que importa es, que, si yo hubiere
vendido el usufructo, aunque el comprador no lo
use, se considera que retengo el usufructo,
'''89.''' [46.} Gayo; Comentarios al Fdicto provin-
cial, libro VH.—porque el que distruta del precio,
se entiende que no tiene menos que el que ust-
fructia la cosa principal.
'''40'''. [47.] Marciano; Instituta, libro HI—Pe-
ro si yo lo hubiere donado, no lo retengo de otra
suerte, que si él lo usara.
41. [48.] Ex mismo; Instituta, libro VIL—Es
mas cierto que puede dejarse e] usufructo de una
estatua y de una imagen, porque también ellas
tienen alguna atilidad, si’se ponen en algun Lu-
gar oportuno,
§ 1.—Aunque algunos predios sean tales, que
mas bien en ellos gastemos que de ellos adquira-
mos, se puede, sin embargo, dejar su usufructo.
42. (49.] Fiorentino; Instituta, libro XI.—Si
4 uno se logase el uso, y & otro ef usufructo de la
misma cosa, el usufructuario percibird lo que s0-
brare al usuario; y no dejara el mismo de tener
el uso por causa del usufructo.
§ 1.—Interesa saber si se telega el usufracto
de'las cosas, 6 el de su estimacion. Porque si ver-
daderamente se legara el de cosas, deducido aque-
lo que ademas &« te logé, percibirds el usulructo
de ios demas biones; pero si se legé e] usufructo
de la estimacién, se extimardé también le que ade-
nids se te leg; porque legando muchas veces une
misma cosa el testador no amplia el legado; pero
legada una cosa, podemos ampliar e] legado le-
gando tambien Ja estimacion de ella.
48, (50.] Unetaxo; Reglas, libro VIT.—Tam-
bién puede legarse el usufructo de parte de los
hieness pero gi no se hubiese hecho especialmente
mencion de le parte, se comprende ta mitad de
Jos bienes.
44, [51.] Nwnacio; Pergaminos, libro IH—El
usufructuario no puede estucar por primera vez
las paredes que fuesen toxeas, porque aun cuando
hermoseando cl edificio habria de mejorar la con-
dicién del duefio, no puede, sin embargo, hacer
esto por propio derecho; y una cosa es conscrvar
lo que hubjese recibido, y otra hacer algo nuevo.
45. [52.] Gavo; Comentarios al Edicto pro-
vincial, libro VIL.—Ex naturalmente evidente,
que asf como los gastos de alimentos para cl ¢s-
clavo,cuyo usufructopertenece alguien, asi tam-
bién incumben 4 éste los gastos de enfermedad.
46. [58.] PauLo; Comentarios d Plaucio, libro
IX.—S} institufdo heredero un extraiio, y preteri-
do un hijo emaucipado, se hubiexe legado 4 la
madre del difunto 1a propiedad deducido el usu-
fructo, pedida contra e] testamento fe posesién de
biones, se ha de conceder a la madre la plena pro-
piedad por consideracién de piedad.
§ 1.—Si el testador hubiere mandado que el he-
() XIV. Hat.
() XVIEL, Hal.<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
oitrf3eo2tfdm9k4gjolmsxsd07dzt6
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|503|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>redero reparase ta casa, cuyo usufructo legó, pue-
de el usufructuario ejercitar acción en virtud del
testamento, para que el heredero la repare.
'''47.''' ['''54.'''] POMPONIO; ''Doctrina de Plaucio, li-
bro V''.—Pero si el heredero no hubiese hecho es-
to, y por ello el usufructuario no hubiese podido
usufructuar, también el heredero del usufructua-
rio tendrá por esta causa acción, por cuanto hu-
biese interesado al usufructuario que el heredero
no hubiera dejado de hacer las reparaciones, aun-
que por la muerte de aquél ve hubiese extinguido
el usufructo.
'''48.''' ['''55.'''] PAULO; ''Comentarios á Plaucio, libro
IX.''—Si ausente el usufructuario, el heredero hi-
ciera las reparaciones como siendo gestor de ne-
gocio de aquel, tiene contra el usufructuario la
acción de gestión de negocios, aun cuando el he-
redero mirase a su propio interés para lo futuro.
Pero si el usufructuario estuviera dispuesto á se-
pararse del usufructo, no ha de ser obligado á ha-
cer las reparaciones, sino que se libra de la acción
de gestión de negocios,
§ 1.—Es sabido que el bosque tallar, aunque
cortado fuera de tiempo, forma parte de los fru-
tos, asl como la aceituna cogida sin madurar, y
también el heno cortado fuera de sazón se cuenta
entre los frutos.
'''49.''' ['''56'''.] POMPONIO; ''Comentarios á Plaucio,
libro VII''.—Si á mi y á ti se nos hubiera legado un
usufructo á cargo de los herederos Sempronio y
Mucio, yo tendré la cuarta parte sobre la porción
de Sempronio, y otra cuarta sobre 1a porción de
Mucio, y tú también otras cuartas partes en Ja
porcion de ambos.
'''50.''' ['''57.'''] Pauto; ''Comentarios á Vitelio, libro
III'' —Ticio dejo á Mevio el fundo Tusculano, y te
encomendé en fideicomiso, que entregase a Ticia
el usufructo dela mitad del mismo fundo; Mevio
edificó una casa arruinada de vieja, necesaria pa-
ra le recolección y conservación de los frutos; se
pregunté, ¿deberá acaso Ticia satisfacer á pro-
porción de su usufructo parte del gasto? Scévola
respondió, que si antes que se entregase el usu-
fructo hubiese edificado por necesidad, no ha de
ser obligado á la entrega de otro modo, que si se
tuviese cuenta de aquel gasto,
'''51.''' ['''58.'''] MODESTINO; ''Diferencias, libro IX.''''Texto en cursiva''—
Se entiende que inútilmente se lega el usufructo
4 Ticio «para cuando morirdá>, pues fué dejado
para el tiempo en que comienza á estar separado
de su persona.
'''52.''' ['''59.'''] EL MISMO; ''Reglas, libro IX''.—Dejado
un usufructo, si se pagasen tributos de la cosa,
no hay duda de que el usufructuario debe satisfa-
cerlos, á no ser que se pruebe, que especialmente
á titulo de fideicomiso plugo al testador que tam-
bién aquellos fuesen pagados por el heredero.
'''53.''' ['''60.'''] JAVOLENO; Epistolas, ''libro II''.—Si á
alguien se legó el usufructo de una casa, mien-<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
egkzsj70mnil09olbxq5m5cmzdoomu9
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Helen Escobedo
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|504|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>tras subsiste una parte cualquiera de esta casa,
retiene el usufructo do todo el solar.
'''54.''' ['''61.'''] EL MISMO; ''Epistolas, libro III''—Bajo
coudición se legó & Ticio á cargo de ti, heredero,
el usufructo de un fundo, ti me vendiste el fundo
y me lo entregaste, deducido el usufructo; pre-
gunto, si no se hubiere cumplido la condición, ó
si se hubiere cumplido,y se extinguid el usufruc-
to, ¿á quién pertenecerá? Respondió: entiendo que
preguntas respecto al usufructo, que se legó. Asi,
pues, si se hubiere cumplido la condición de este
legado, no hay duda de que este usufructo perte-
nezca al legatario, y de que si en algún caso hu-
biere sido perdido por él, revierta a la propiedad
del fundo. Pero si la condicion no se hubiere cum-
plido, el usufructo pertenecera al heredero, de
suerte que respecto á su persona se observen to-
das las mismas reglas, que corresponden y suelen
observarse para la pérdida del usufructo. Por lo
demás, en venta de tal naturaleza se habré de
atender á lo que se hubiere convenido entre el
comprador y el vendedor, para que si apareciere
que aquel usufructo fué exceptuado á causa del
legado, aunque no se hubiere cumplido la condi-
ción, deba ser restituido por el vendedor al com-
prador.
'''55'''. ['''62.]''' POMPONIO; ''Comentarios á Quinto Mu-
cio, libro XXVI''—Si tan solo se legó el uso de un
esclavo en la infancia, aunque en él interín de és-
ta sea nulo, sin embargo, comienza á haberlo cuan-
do hubiere salido de la edad dela infancia.
'''56.''' ['''63.'''] GAYO; ''Comentarios al Edicto provin-
cial, libro XXVI''.—Se pregunto, si por razón del
usufructo deba darse acción á los de va munici-
pio; porque parecía que había el peligro de que
se hiciese perpétuo, porque no puede extinguirse
ni por la muerte, ni facilmente con la disminución
de cabeza; por cuya razón la propiedad habría de
ser inútil estando separado siempre el usufructo.
Pero, sin embargo, pareció bien que se ha de dar
acción. De donde surge Ja siguiente duda, hasta
cuando habrían de ser mantenidos los ciudadanos
del municipio en este usufructo? Y plugo que los
del municipio han do ser amparados en él cien
años, porque este os el término de la vida de un
hombre de larga vida.
'''57.''' ['''64.'''] PAPINIANO; ''Respuestas, libro VII''—
El dueño legó al usufructuario el predio que á és
te le servia mediante el usufructo; y el legatario
fué obligado, habiéndolo poseído algún tiempo, á
restituir este predio á un hijo, que debidamente
había interpuesto la querella de testamento inofi-
cioso; después de esto se manifestó que perma
neció ileso el derecho de usufructo.
§ 1.—Dejado por fideicomiso para alimentos á
libertos el fruto de unos predios, el emolumento
de las partes correspondientes a la persona de los
que fallecen revierte al dueño de la propiedad
'''58.''' [65.] SCÉVOLA; ''Respuestas, libro III'',—Ha-
biendo fallecido una usufructuaria eu el mes de
Diciembre, recogidos ya en el mes do Octubre pa-
ra el colono todos los frutos, que nacen en aquellos<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|505|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>campos, se preguntó, ¿debería acaso pagarse al
heredero de la usufructuaria la pensión, aunque
la usufructuaria hubiere muerto antes de las Ca-
lendas de Marzo, en que deban pagarse las pen-
siones, ó debora dividirse entre ol heredero de la
usutructuaria y la Republica, á Ia que se legó la
propiedad? Respondí, que la República ciertamen-
te no tenía ninguna acción contra el colono, y que
el horedero de la usufructuaria, según lo que se
proponia, deberá percibir integra la pensión á su
vencimiento.
§ 1.—«Doy y lego á Sempronio la sexta parte
del producto de los frutos, de la hortaliza y de los
puerros, que tengo en el campo de los graneross;
se pregunta, jcon estas palabras se entenderá
acaso legado el usufructo? Respondí, que no el
usufructo, sino la porción legada del producto
que se hubiese obtenido. También se preguntó,
si no fuese el usufructo, ¿se habré legado para
cada año la sexta parte del producto? Respondí,
que se entiende que se legó pura cada año, á no
ser que especialmente ve pruebe lo contrario por
el heredero.
'''59.''' ['''68'''.] PAULO; ''Sentencias, libro III''—No se
halla establecido que los arboles arrancados por
la fuerza de la tempestad, no por culpa del usu-
fructuario, sean substituidos por éste.
§ 1.—Todo lo que nace en un fundo, ó cuanto
de él se percibe, pertenece al usufructuario; tam-
bién las pensiones de los campos ya antes arren-
dados, si también éstas fueron especialmente com-
prendidas. Pero así como en la venta, si especial-
mente no hubieren sido exceptuadas, puede el
usufructuario repeler al arrendatario.
§ 2.—El producto de la corta de cañas ó de pa-
los, si también en aquel fundo se acostumbro á
pagar tributo, pertenece al usufructuario.
'''60.''' ['''67.'''] EL MISMO; ''Sentencias, libro V''.—El
usufructuario de cualquier fundo, privado ó ex-
pulsado de él, tiene acción para la restitución de
todas lay cosas á la vez ocupadas; pero si en el
tiempo intermedio se hubiere extinguido el usu-
fructo por otra causa, se da igualmente la ac-
ción útil por los frutos antes percibidos.
§ 1.—Si el fundo, cuyo usufructo se pide, estu-
vieva poseído no por el dueño, se da acción. Y
así, si entre dos hubiera cuestión sobre la propie-
dad del fundo, el usufructuario debe no obstante
estar en posesión, y ha de darsele por el poseedor
caución de que no ha de impedir que usufructué
aquel á quien se dejé el usufructo, mientras justi-
fique su derecho. Pero si al mismo usufructuario
se le moviera cuestion, entretanto se le quite el
usufructo; pero se da caución de restituirle lo que
de aquellos frutos ha de percibir, 6 sino se diese
fianza, se permite que él mismo usufructúe.
'''61'''. ['''68.'''] NERACIO; ''Respuestas, libro II''.— EL
usufructuario no puede poner nuevas atargeas en
las paredes. Está establecido que el usufructua-
rio no puede concluir el edificio comenzado, aun-
que de aquel lugar no pueda usar de otro modo;
pero en realidad ni aun hay el usufructo de él, á<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|506|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>no ser que al constituirse ó legarse el usufructo
se haya agregado especialmente esto, que una ¥
otra cosa fe sean licitas.
'''62'''. ['''69.'''] TRIFONINO; ''Disputas, libro VII.''—
Con razón se dice que el usufructuario caza en
los bosques ó en los montes de la posesión; y el
jabalí ó el ciervo que hubiere cogido, no lo coje
propio del dueño, sino que hace suyos los frutos
ó por derecho civil, ó de gentes.
§ 1.—Si encerrados en vivares se custodiaban
animales bravios en aquella posesión cuando co-
menzó el usufructo, ¿podra acaso utilizarlos el
usufructuario, y no matarlos? Además, si al prin-
cipio hubiere él encerrado algunos con su propio
esfuerzo, ó si después hubieren ellos mismos pe-
netrado ó caido alli, ¿serán éstos de pertenencia
dcl usufructuario? Pero es muy sencillo, para que
respecto de cada uno de los animales no ses in-
cierto e! derecho por lo difícil de la distinción de
la facultad del usufructuario, basta que también
por cada género de animales bravios se señale al
dueño de la propiedad, finido el usufructo, el mis-
mo número que hubo al tiempo de comenzado el
usufructo.
'''68. [70.]''' PAULO; ''De los derechos especiales, li-
bro único''.—Lo que no es nuestro, lo transferire-
mos á otros; por ejemplo, el que tiene un fundo,
aunque no tonga el usufructo, puede sin embar-
go ceder el usufructo.
'''64'''. [71] ULPIANO; ''Comentarios al Edicto, ti-
bro LI''.—Estando dispuesto el usufructuario á
abandonar el usufructo, no ha de ser obligado &
reparar la casa, en los casos en que esta carga
incumbe también al usufructuarios. Pero también
después de aceptado juicio contra él, hallándose
dispuesto el usufructuario & abandonar el usu-
fructo, se ha de decir que debe él ser absuelto
por el juez.
'''65. [72.'''] POMPONIO; D''octrina de Plaucio, li-
bro V.''—Pero cuando el usufructuario deba repa-
rar lo que por hecho propio y de los suyos se haya
deteriorado, no ha de ser absuelto, aunque este
pronto á abandonar el usufructo; porque también
él debe hacer todo lo que hace en su casa un dili-
gente padre de familia.
§ 1.—El heredero no esté mas obligado á repa-
rar lo que el testador hubiese dejado ya deterio-
rado por vejez, que si el testador hubiese legado
á alguien la propiedad.
'''66. [73.]''' PAULO; ''Comentarios al Edicto, libro
XLVII''.—Contra el usufructuario puede competer
no sólo la acción de la ley Aquilia, sino también
la de esclavo corrompido, y la de injurias, si ator-
mentando al esclavo lo hubiere desmejorado.
'''67. [74,]''' JULIANO; ''Doctrina de Minicio, libro
I.''—Aquel á quien se legó el usufructo puede von-
derlo á un extraño aun contra la voluntad del he-
redero.
'''68. [75.]''' ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, li-''<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|506|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>no ser que al constituirse ó legarse el usufructo
se haya agregado especialmente esto, que una y
otra cosa fe sean licitas.
'''62'''. ['''69.'''] TRIFONINO; ''Disputas, libro VII.''—
Con razón se dice que el usufructuario caza en
los bosques ó en los montes de la posesión; y el
jabalí ó el ciervo que hubiere cogido, no lo coje
propio del dueño, sino que hace suyos los frutos
ó por derecho civil, ó de gentes.
§ 1.—Si encerrados en vivares se custodiaban
animales bravios en aquella posesión cuando co-
menzó el usufructo, ¿podra acaso utilizarlos el
usufructuario, y no matarlos? Además, si al prin-
cipio hubiere él encerrado algunos con su propio
esfuerzo, ó si después hubieren ellos mismos pe-
netrado ó caido alli, ¿serán éstos de pertenencia
dcl usufructuario? Pero es muy sencillo, para que
respecto de cada uno de los animales no ses in-
cierto e! derecho por lo difícil de la distinción de
la facultad del usufructuario, basta que también
por cada género de animales bravios se señale al
dueño de la propiedad, finido el usufructo, el mis-
mo número que hubo al tiempo de comenzado el
usufructo.
'''68. [70.]''' PAULO; ''De los derechos especiales, li-
bro único''.—Lo que no es nuestro, lo transferire-
mos á otros; por ejemplo, el que tiene un fundo,
aunque no tonga el usufructo, puede sin embar-
go ceder el usufructo.
'''64'''. [71] ULPIANO; ''Comentarios al Edicto, ti-
bro LI''.—Estando dispuesto el usufructuario á
abandonar el usufructo, no ha de ser obligado &
reparar la casa, en los casos en que esta carga
incumbe también al usufructuarios. Pero también
después de aceptado juicio contra él, hallándose
dispuesto el usufructuario & abandonar el usu-
fructo, se ha de decir que debe él ser absuelto
por el juez.
'''65. [72.'''] POMPONIO; D''octrina de Plaucio, li-
bro V.''—Pero cuando el usufructuario deba repa-
rar lo que por hecho propio y de los suyos se haya
deteriorado, no ha de ser absuelto, aunque este
pronto á abandonar el usufructo; porque también
él debe hacer todo lo que hace en su casa un dili-
gente padre de familia.
§ 1.—El heredero no esté mas obligado á repa-
rar lo que el testador hubiese dejado ya deterio-
rado por vejez, que si el testador hubiese legado
á alguien la propiedad.
'''66. [73.]''' PAULO; ''Comentarios al Edicto, libro
XLVII''.—Contra el usufructuario puede competer
no sólo la acción de la ley Aquilia, sino también
la de esclavo corrompido, y la de injurias, si ator-
mentando al esclavo lo hubiere desmejorado.
'''67. [74,]''' JULIANO; ''Doctrina de Minicio, libro
I.''—Aquel á quien se legó el usufructo puede von-
derlo á un extraño aun contra la voluntad del he-
redero.
'''68. [75.]''' ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, li-''<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Helen Escobedo" />{{crv|507|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>''bro XVII.'' Fué antigua cuestión la de si el parto perteneceria al usufructuario; pero prevaleció
el parecer de Bruto, de que el usufructuario no
es tal respecto de él; porque como un hombre no
puede contarse entre los frutos de otro hombre,
por esta razón tampoco el usufructuario tendrá
sobre él el usufructo. ¿Mas, qué , si también se hubiere dejado el usufructo de un parto, tendrá sobre él el usufructo? Y como puede legarse un parto, podrá legarse también su usufructo .
§ 1. Pero Sabino y Cassio opinaron que los fe-
tos de los ganados pertenecen al usufructuario.
§ 2. Pero si se hubiera legado el usufructo de
un rebaño ó de una piara de ganado mayor, deberá
completar el rebaño con las que nazcan, esto es,
en lugar de las cabezas que hayan muerto.
'''69. [76.'''] POMPONIO ; ''Comentarios á Sabino, li-
bro V''.-ó de las inútiles substituir otras, para
que después de substituidas se hagan propias del
usufructuario , á fin de que esta cosa no redunde en provecho del dueño . Y asi como las substituidas se hacen al instante del dueño, así también
las anteriores dejan de ser de él conforme à la
naturaleza del usufructo; porque de otra suerte,
lo que nace es del usufructuario, y cuando lo substituye deja de ser de él .
'''70. [77. ]''' ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, li-
bro XVII''.--¿Qué diremos, pues , si no lo hiciera,
ni substituyese? Escribe Cayo Cassio en el libro
décimo dei Derecho civil que queda aquél obligado al propietario .
§ 1. Pero pregúntase de quién sea lo que nace
interin se substituyan y suplan las cabezas que
murieron. Y escribe Juliano en el libro trigésimo
quinto del Digesto, que queda en suspenso su dominio, para que, si se substituyeran, sean del propietario, si no se substituyeran, del usufructua-
rio; cuya opinión es verdadera .
§ 2. Según esto, si hubiere muerto lo que nació, la pérdida será del usufructuario, no del propietario, y tendrá necesidad de substituir otros
fetos . Por lo que escribe Cayo Cássio en su libro
octavo, que la carne del feto muerto pertenece al
usufructuario .
§ 3. Pero lo que se dice de que debe él substituir, es verdad siempre que se legó el usufructo
de un rebaño, ó de una piara de ganado mayor, ó
de una yeguada, esto es , de la universalidad; pero si de cada una de las cabezas, no suplirá nada.
§ 4.-Igualmente, si acaso al tiempo en que nacieron los fetos no hubo nada que debiera susbti-
tuirse, se ha de ver si en este caso y después del
nacimiento deberá substituir con las que nacieren
ó con las que habián nacido. Pero tengo por más
verdadero, que las que nacieron estando completo
el rebaño, pertenecen al usufructuario, pero que
la mortalidad posterior del rebaño debe perjudi-
car al usufructuario .
§ 5. Mas la substitución es cosa de hecho , y
con propiedad dice Juliano que es apartar, y separar, y hacer cierta división, porque el dominio
de las reses substituidas será del propietario .
'''71. [78.]''' MARCELO ; ''Digesto, libro XVII''. — Si
en el solar, cuyo usufructo fuese de otro, hubiese
alguien edificado dentro del tiempo en que se ex-<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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Elultimolicantropo
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Elultimolicantropo" /></noinclude>no hubiese fondos destinados al intento, se tomase la quinta parte de la Real Hacienda y las otras cuatro de entre los mercaderes, vecinos y demás personas que recibieran beneficio, cuyo repartimiento se encargaba al Virrey, Presidente o Audiencia del distrito. Si los negros aprehendidos, así esclavos como libres, eran jefes debían ser castigados ejemplarmente y los demás vueltos a sus dueños, pagando éstos una parte de los gastos de la captura. Si no tenían dueño conocido, entonces pasaban a la Real Audiencia <ref>''Recop. de Leyes de Indias'', lib. 7, tit. 5, ley 20.</ref>.
Fué la provincia de Tierra Firme en donde los negros cimarrones habían cometido más muertes y robos; y para impedir la repetición de tantos años, mandóse que al negro o negra ausente del servicio de su amo cuatro días, se le diesen en el rollo cincuenta azotes, y que estuviese allí atado desde el momento de la ejecución hasta que se pusiese el sol. Si la ausencia duraba más de ocho días una legua fuera de la ciudad, dábansele cien azotes, poníasele una calza de hierro al pié, con un ramal, que todo pesase doce libras, y que descubiertamente la llevase por dos meses. Si se la quitaba, sufría doscientos azotes por la primera vez: por la segunda otros doscientos, llevando la calza cuatro meses; y si su amo se la quitaba incurría en pena de cincuenta pesos, repartidos por tercias partes iguales entre el juez, denunciador y obras públicas de la ciudad, y el negro obligado<noinclude></noinclude>
oqf7yk5j9mld0hophl5ucspms7ngojh
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Elultimolicantropo
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Elultimolicantropo" /></noinclude>Antes de proseguir, importa aquí recordar que el cristianismo ha sido el principio más constante, más general y poderoso que ha combatido la esclavitud; pero olvidándose de su doctrina, no
sólo España y Portugal, sino Francia, Inglaterra y otras naciones cristianas disputábanse a porfía los mercados africanos.
{{Anclaje+|p41|Al ver lucha tan contraria}} y tan desastrosa a la humanidad, alzó la Iglesia su enérgica voz para defenderla. El Sumo Potífice Urbano VIII expidió en 22 de Abril de 1639 una bula famosa, reprobando el tráfico de negros que se hacía y
prohibiendo al mundo católico que los privase de la libertad. Pero esta condenación nada influyó en la conducta de los {{corr|hambres|hombres}}, porque arrastrados de su interés, siguieron enriqueciéndose a costa de tantos infelices. Por el órgano del Cardenal Cibo, la Congregación de la Propaganda mandó en 1689 a los misioneros de Africa que predicasen contra el uso de vender hombres <ref>''Colec. de viajes'' por {{May|Churchill Prevost}}, Viaje del Padre Merolla al Congo.</ref>. En 1741 repitió Benito XIV las mismas prohibiciones que Urbano VIII, encargando de su cumplimiento a los Obispos del Brasil.
{{Anclaje+|p42|Para continuar comercio tan vergonzoso}}, no faltaron extranjeros que quisiesen ajustar asientos con España. Los holandeses y los ingleses, que ya tenían factorías en la costa de Africa y que traficaban mucho en esclavos, hicieron algunas<noinclude></noinclude>
or6lwsnvsmuy5nm7knu23kplxzasjev
Página:Historia de la esclavitud de la raza africana en el nuevo mundo y en especi - Volumen 2 - IA historiadelaescl02saco.djvu/165
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Elultimolicantropo
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Elultimolicantropo" /></noinclude>ocupaban en la caza de ganados filibusteros que recorrían los mares labradores y blancos europeos contratados por tres años para trabajar en las colonias francesas. A éstos dióse el nombre de ''engagés'' cuya mayor parte se quedaba en la Tortuga, ya con los bucaneros ya con los labradores<ref>{{May|Charlevoix}}, tom. 2, liv. 7.</ref>.
A la sazón que los bucaneros y filibusteros andaban en sus correrías en Santo Domingo y en el mar asaltada fué Tortuga por los españoles de la vecina isla. De los piratas unos fueron
pasados a cuchillo otros ahorcados y los restantes refugiáronse a los montes; pero los invasores cometieron la falta de no haber dejado guarnición alguna en Tortuga <ref>Idem ibidem.</ref>. Así fué que al cabo de algún tiempo juntáronse con los prófugos en los montes nuevos aventureros ingleses y franceses, y la isla convirtióse como antes en guarida de piratas. El jefe de estos era entonces el inglés Willis quien llamando en su auxilio a sus compatricios la colonia estuvo a pique de ser enteramente inglesa. Pero reforzados los franceses con cuarenta o cincuenta hugonotes de la isla de San Cristóbal echaron de Tortuga a los ingleses en 1641. Aumentándose en ella los franceses el Comendador de Poinci Gobernador general de las islas de Barlovento dió en 1653 a nombre del Rey al caballero de Fontenay el gobierno de Tortuga y de la costa de Santo Domingo. La pobla-<noinclude></noinclude>
t5q11b6vupv8izs9rto1lkdauvrsf0h
Página:About the Natural History of the Indies WDL7331.pdf/44
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Ignacio Rodríguez
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Ignacio Rodríguez" />{{cp||Encubertados.|}}
{{nl|I}}</noinclude><section begin="s1"/>se quem{{an}} los campos para sembrar o por renouar los eruajes para las
vacas y ganados. yo los he comido algunas vezes / {{et}} son mejores {{que}}
cabritos enel sabor / y es manjar sano. No podria dexar de sospecharse si
aqueste animal se ouiera visto donde los primeros cauallos
encubertados ouieron orig{{en}} / sino {{que}} dela vista destos animales se auia apr{{en}}dido la
forma de las cubiertas para los cauallos de armas.<section end="s1"/>
<section begin="s2"/>s{{t2|Perico lijero. Cap .xxiiij.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - P2.jpg|100px|P|alt=P]]}}{{uc|E}}rico lijero es vn animal el mas
torpe que se puede ver en el mundo / {{et}} tan pesadissimo / {{et}} tan
espacioso en su mouimiento / {{que}} para andar el espacio {{que}} tomar{{an}}
cinquenta passos ha menester vn dia entero. Los primeros {{xp|ianos}} {{que}} este
animal vieron / acordandose {{que}} en españa suel{{en}} llamar al negro Ju{{an}}
bl{{an}}co / por{{que}} se enti{{en}}da al reues: assi como topar{{on}} este animal le pusier{{on}} el
n{{om}}bre al reues de su ser: pues sey{{en}}do espaciosissimo / le llamaron lijero. Este
es vn animal delos estraños / y {{que}} es mucho de ver en tierra firme por la
desc{{on}}formidad {{que}} tiene c{{on}} todos los otros animales. Sera t{{an}} luengo
como dos palmos qu{{an}}do ha creçido todo lo que ha de creçer / {{et}} muy poco
mas {{de}}sta mesura sera si algo fuere mayor: menores muchos se hall{{an}} por
{{que}} ser{{an}} nueuos / tien{{en}} de ancho poco menos {{que}} de lu{{en}}go: {{et}} tien{{en}} {{qua}}tro pies y
delgados / y en cada mano {{et}} pie quatro vñas largas como de aue {{et}}
juntas: pero ni las vñas ni manos no son de manera {{que}} se pueda sostener
sobre ellas y desta causa / y por la delgadez delos braços {{et}} piernas / {{et}}
pesad{{um}}bre del cuerpo trae la barriga quasi arrastrando por tierra: el cuello
{{de}}l es alto y {{de}}recho {{et}} todo ygual como vna mano de almihirez {{que}} sea de
vna ygualdad hasta el cabo / sin hazer enla cabeça proporci{{on}} o
diferencia alguna fuera del pescueço: {{et}} al cabo de a{{que}}l cuello tiene vna cara
quasi red{{on}}da semej{{an}}te mucho ala {{de}}la lechuza / y el pelo proprio haze vn
perfil de si mismo como rostro en circuyto / poco mas prol{{on}}gado {{que}} ancho / {{et}}
los ojos son pequeños y red{{on}}dos {{et}} la nariz como de vn monico / {{et}} la
boca muy chiquita / {{et}} mueue aquel su pescueço a vna parte {{et}} a otra como
at{{on}}tado: {{et}} su int{{en}}ci{{on}} / o lo {{que}} pareçe {{que}} mas procura {{et}} apetece es asirse de
aruol / o de cosa por donde se pueda subir en alto / {{et}} assi las mas vezes {{que}} los
hall{{an}} a estos animales los tom{{an}} enlos aruoles por los quales trep{{an}}do
muy espaciosam{{en}}te se andan colgando {{et}} asiendo con aquellas luengas
vñas. El pelo del es entre pardo {{et}} blanco quasi dela propria color y
pelo del texon / {{et}} no tiene cola. Su boz es muy diferente de todas las de
todos los animales del mundo: porque de noche solamente suena / y
toda ella / en continuado canto / de rato en rato / cantando seys puntos /<section end="s2"/><noinclude></noinclude>
n69rxdu309h1zy1dyjxn7pt1zek8z2r
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Ignacio Rodríguez" />{{cp||Zorrillos.|Fo .xxiij.}}
{{nl|d}}</noinclude><section begin="s1"/>vno mas alto que otro / siempre baxando: assi {{que}} el mas alto p{{un}}to es el
primero / {{et}} de a{{que}}l baxa diminuy{{en}}do la boz / o menos son{{an}}do como qui{{en}}
dixese. la. sol. falo mi. re. .vt. assi este animal dize. ha. ha. ha. ha. ha. ha. Sin
dubda me parece {{que}} assi como dixe enel. ca{{~~||p|itulo}} delos Encubertados / {{que}}
semej{{an}}tes animales pudier{{an}} ser el orig{{en}} / o auiso {{par}}a hazer las cubiertas alos
cauallos / assi / oy{{en}}do / aqueste animal el primero inuentor dela musica
pudiera / mejor fundarse para le dar principio / {{que}} por causa del m{{un}}do por{{que}}
el dicho Perico lijero nos enseña por sus seys p{{un}}tos / lo mismo {{que}} por. la.
sol / fa / mi / re / vt se puede entender. torn{{an}}do a la istoria digo {{que}} despues
{{que}}ste animal ha cantado desde a muy poco de interualo / o espacio torna a
cantar lo mismo. Esto haze denoche. {{et}} jamas se oye c{{an}}tar de dia. {{et}} assi
por esto como por{{que}} es de poca vista me parece {{que}} es animal noturno {{et}}
amigo de escuridad / o tinieblas. Algunas vezes {{que}} los {{xp|ianos}} tom{{an}} este
animal / {{et}} lo tra{{en}} a casa / se anda por ay {{de}} su espacio / {{et}} por amenaza o
golpe o aguijon / no se mueue c{{on}} mas presteza delo {{que}} sin fatigarle / el
acost{{um}}bra mouersse: {{et}} si topa aruol luego se va a el {{et}} se sube a la cumbre mas
alta delas ramas {{et}} se esta {{paleo|eñl|enel}} aruol / ocho {{et}} diez {{et}} veynte dias / {{et}} no se
puede saber ni ent{{en}}der lo {{que}} come. yo le he tenido en mi casa {{et}} lo {{que}} supe
c{{om}}prehender deste animal / es {{que}} se deue m{{an}}tener del ayre / {{et}} {{de}}sta opini{{on}} mia
halle muchos en aquella tierra / por{{que}} n{{un}}ca se le vido comer cosa alguna
sino boluer c{{on}}tinuamente la cabeça o boca hazia la parte {{que}} el viento
viene / mas amenudo {{que}} a otra parte alguna / por donde se conoce que el
ayre le es muy grato. No muerde ni puede segun tiene pe{{que}}ñissima la boca /
ni es ponçoñoso ni he visto hasta agora animal tan feo / ni {{que}} parezca ser
mas inutil que aqueste.<section end="s1"/>
<section begin="s2"/>{{t2|¶ Zorrillos Ca .xxv.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - A.jpg|100px|A|alt=A]]}}{{uc|y}} vnos animales pe{{que}}ños como
chiquitos gozques / pardos {{et}} el hocico {{et}} los medios braços {{et}}
piernas negros {{et}} quasi del talle {{et}} manera dezorrillos de España
{{et}} no son menos maliciosos y muerd{{en}} mucho pero tambi{{en}} los ay
domesticos {{et}} son muy burlones {{et}} trauiessos quasi como los monicos / {{et}} su
principal manjar {{et}} de que con mejor voluntad comen son cangrejos delos
quales se cree {{que}} principalmente se deuen sostener estos animales. yo he
tenido vno dellos / {{que}} vna Carauela mia me truxo {{de}}la costa {{de}} Cartajena
{{que}} lo dieron los indios frecheros atrueco de dos anzuelos para pescar
{{et}} lo tuue mucho tiempo atado a vna cadenilla {{et}} son animales muy
plazenteros {{et}} no tan suzios como los gatos monillos.<section end="s2"/>
<section begin="s3"/>{{t2|¶ Delos Gatos monillos. Ca .xxvj.}}<section end="s3"/><noinclude></noinclude>
k8d66vglw7ksgqsgvrqhr5p3aukr1dw
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Ignacio Rodríguez" />{{cp||Gatos monillos. Perros.|}}
{{nl|I}}</noinclude><section begin="s1"/>{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - E.jpg|100px|E|alt=E]]}}{{uc|n}} aquella tierra ay Gatos de t{{an}}tas
maneras {{et}} difer{{en}}cias que no se podria dezir en poca
escriptura / narrando sus diferentes formas {{et}} sus inumerables
trauesuras / {{et}} porque cada dia se traen a España / no me ocupare / en dezir
dellos si no pocas cosas. Algunos destos gatos son tan astutos {{que}} muchas
cosas delas que veen hazer a los homhres las ymitan {{et}} hazen. En
especial ay muchos {{que}} asi como veen partir vna almendra / o piñon con vna
piedra / lo hazen dela misma manera {{et}} parten todos los que le dan /
poniendole vna piedra donde el Gato la pueda tomar. Assi mismo tiran
vna piedra pequeña del tamaño {{et}} peso que su fuerça basta como la
tiraria vn hombre. De mas de esto quando los christianos van por la tierra
adentro a entrar / o hazer guerra a alguna prouincia {{et}} passan por alg{{un}}
bosque donde aya de vnos Gatos grandes {{et}} negros que ay en tierra
firme / no hazen sino romper troncos {{et}} ramas delos arboles {{et}} arrojar
sobre los christianos por los descalabrar / {{et}} les conuiene cobrirse bien c{{on}}
las rodelas / {{et}} yr muy sobre auiso / para que no resciban daño {{et}} les
hieran algunos compañeros. Acaesce tirarles piedras {{et}} quedarse ellas
alla enlo alto delos aruoles / {{et}} tornarlas los Gatos a lançar contra los
christianos: {{et}} desta manera vn Gato arrojo vna que le auia seydo
tirada / {{et}} dio vna pedrada a vn Francisco de villacastin criado {{de}}l
gouernador Pedrarias de Auila / {{que}} le derribo {{qua}}tro o cinco di{{en}}tes dela boca / al
qual yo conozco {{et}} le vi antes dela pedrada que le dio el Gato con ellos
{{et}} despues muchas vezes le vi sin dientes porque los perdio segun es
dicho. E quando algunas saetas les tiran / o hieren a algun Gato / ellos se
las sac{{an}} / {{et}} algunas vezes las tornan a echar abaxo / {{et}} otras vezes assi
como se las sac{{an}} las pon{{en}} ellos mismos de su mano / alla enlo alto enlas
ramas delos aruoles de manera {{que}} no pued{{an}} caer abaxo para {{que}} los torn{{en}}
a herir c{{on}} ellas: {{et}} otros las {{qui}}ebran {{et}} haz{{en}} muchos pedaços. Finalm{{en}}te
ay tanto {{que}} dezir de sus trauesuras {{et}} difer{{en}}tes maneras destos Gatos {{que}}
sin verlo es dificultoso de creer. Aylos t{{an}} pe{{que}}ñitos como la mano de vn
hombre {{et}} menores: {{et}} otros t{{an}} gr{{an}}des como vn mediano mast{{in}}. E entre
estos dos estremos los ay de muchas maneras {{et}} {{de}} diuersas colores {{et}}
figuras {{et}} muy variables {{et}} apartados los vnos delos otros.<section end="s1"/>
<section begin="s2"/>{{t2|¶ Perros. Ca .xxvij.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - E3.jpg|100px|P|alt=P]]}}{{uc|n}} tierra firme en poder de los
indios Caribes frecheros ay vnos perrillos pequeños gozques
que tienen en casa de todas las colores de pelo {{que}} en España los ay:
algunos bedijudos {{et}} algunos rasos: {{et}} son mudos porque n{{un}}ca jamas la-<section end="s2"/><noinclude></noinclude>
76v6cnsmy0suwkb1edq9fnxtsja0rzx
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Ignacio Rodríguez" />{{cp||Dela Churcha.|Fo .xxiiij.}}
{{nl|d}}</noinclude><section begin="s1"/>dr{{an}} / ni gañen / ni al l{{an}}/ ni hazen señal de gritar / o gemir / avn {{que}} los mat{{en}}
a golpes / {{et}} tienen mucho ayre de lobillos / pero no lo son sino perros
naturales. E yo los he visto matar {{et}} no {{que}}xarse ni gemir. {{et}} los he visto enel
Darien traydos dela costa de Cartajena de tierra de Caribes por
rescates dando algun anzuelo en trueco dellos / {{et}} jamas ladran ni haz{{en}}
cosa alguna mas de comer {{et}} beuer / {{et}} son harto mas esquiuos {{que}} los {{nuestr|os}}:
ecebto con los dela casa donde estan {{que}} muestr{{an}} amor alos que les d{{an}} de
comer enel halagar con la cola {{et}} saltar regozijados mostrando querer
complazer a quien les da de comer {{et}} tienen por señor.<section end="s1"/>
<section begin="s2"/>{{t2|¶ Dela Churcha. Ca .xxviij.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - L.jpg|100px|L|alt=L]]}}{{uc|a}} Churcha es vn animal pequeño
del tamaño {{de}} vn pequeño conejo / {{et}} de color leonado / y el pelo
muy {{de}}lgado: el hocico muy agudo / {{et}} los colmillos y di{{en}}tes
assi mismo / {{et}} la cola lu{{en}}ga dela manera {{que}} la tiene el rat{{on}} / {{et}} las orejas a el
muy semej{{an}}tes. A{{que}}stas churchas en t{{~~|ie|rr}}a firme (como en castilla las
garduñas) se vien{{en}} de noche alas casas a comerse las gallinas / o alomenos
a degollarlas {{et}} chuparse la s{{an}}gre / {{et}} por tanto son mas dañosas / por{{que}} si
matassen vna y de a{{que}}lla se hartassen / menos daño hari{{an}}: {{per}}o acaesce
degollar quinze {{et}} veynte / {{et}} muchas mas sino son socorridas. Pero la
nouedad {{et}} admiraci{{on}} {{que}} se puede notar de a{{que}}ste animal es / {{que}} si al {{paleo|tp̃o|tiempo}} {{que}}
anda enestos passos de matar las gallinas cria sus hijos / los trae consigo
metidos enel seno: de a{{que}}sta manera. Por medio dela barriga al luengo
abre vn seno {{que}} haze de su misma piel / dela manera {{que}} se haria juntando
dos doblezes de vna capa haziendo vna bolsa: {{et}} a{{que}}lla h{{en}}dedura en {{que}} el
vn pliegue junta conel otro: aprieta t{{an}}to {{que}} ninguno delos hijos sele cae /
avn {{que}} corra: {{et}} qu{{an}}do quiere / abre a{{que}}lla bolsa {{et}} suelta los hijos {{et}} andan
por el suelo ayud{{an}}do ala madre a chupar la sangre {{de}}las gallinas {{que}}
mata: {{et}} como siente {{que}} es sentida / {{et}} alguno socorre {{et}} va c{{on}} l{{um}}bre a ver de que
causa las gallinas se escandalizan: luego en contin{{en}}te la dicha churcha
mete en a{{que}}lla bolsa o seno / los hijos / y se va si halla lugar por d{{on}}de yrse:
{{et}} si le tom{{an}} el passo subese alo alto dela casa o gallinero a se esconder / {{et}}
como muchas vezes la tom{{an}} biua {{et}} alg{{un}}as la mat{{an}} / ha se visto muy bi{{en}}
lo {{que}} es dicho / y hall{{an}}le los hijos metidos en a{{que}}lla bolsa: d{{en}}tro dela qual
tiene las tetas / {{et}} pueden los hijos estar mamando. yo he visto algunas
destas Churchas: {{et}} todo lo que es dicho / {{et}} avn me han muerto las
Gallinas en mi casa dela manera suso dicha. Es animal esta Churcha / que
huele mal / y el pelo {{et}} la cola {{et}} las orejas tiene como raton: pero es mayor mucho.
{{np}}<section end="s2"/><noinclude></noinclude>
45hla87uyqmz2j5euduor6ns07mkqz8
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Ignacio Rodríguez" />{{cp||Delas aues.|}}
{{nl|I}}</noinclude><section begin="s1"/>{{t2}}<!-- en blanco para generar el efecto t2 -->
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - P.jpg|100px|P|alt=P]]}}Ues se ha dicho de algunos
animales particularmente quiero assi mismo traer a la memoria de
V. M. lo que se me acuerda de algunas aues que he visto {{et}} ay
en aquellas partes. Las quales son muchas y de muchas maneras {{et}}
primeramente de aquellas que tien{{en}} semejança a las de estas partes / o son
como ellas: {{et}} despues se proseguira en particular / lo que me ocurriere {{de}}
las otras {{que}} son difer{{en}}tes a a{{que}}llas de {{que}} aca tienen noticia / o se conoscen.
{{t2|¶ Aues conoscidas y semej{{an}}tes a las que ay en España. Ca .xxix.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - A4.jpg|150px|A|alt=A]]}}{{uc|y}} enlas indias Aguilas reales
{{et}} {{de}} las negras / {{et}} Aguilillas / {{et}} {{de}}las ruuias / ay
Gauilanes / {{et}} Alcotanes / {{et}} Halcones neblies / o {{per}}egrinos
saluo que son mas negros que los {{de}} aca. Ay vnos
Milanos que andan a comer los pollos {{et}} tienen el plumaje
{{et}} similitud de alfaneques. Ay otras aues mayores {{que}}
grandes Girifaltes {{et}} de muy gr{{an}}des presas {{et}} los ojos colorados en
mucha manera {{et}} la pluma muy hermosa {{et}} pintada a la manera delos
Açores mudados muy lindos: {{et}} andan pareados de dos en dos. yo derribe
vno vna vez de vn arbol muy alto de vna saetada que le di enlos pechos
{{et}} caydo abaxo / era quasi como vna Aguila real {{et}} estaua tan armado {{que}}
era cosa mucho de ver sus presas {{et}} pico / {{et}} avn biuio todo aquel dia. yo
no le supe dar el nombre / ni alguno de quantos Españoles le vieron / {{per}}o
aquien esta aue mas parece/ es a los açores muy grandes / {{et}} esta es muy
mayor {{que}} ellos {{et}} asi los christianos los llaman alla açores. Ay palomas
torcazes. {{et}} çoritas. {{et}} golondrinas. {{et}} codornizes. {{et}} auiones. {{et}} garças
reales. {{et}} garçotas. {{et}} flamencos: saluo que lo colorado {{de}}los pechos es mas
biuo y de mas lindo plumaje. Ay cueruos marinos. Ay anades / {{et}}
lau{{an}}cos reales. {{et}} ansares brauas / saluo que son negras segun se dixo atras.
Todas estas aues son de passo {{et}} no se veen en todos tiempos: sino a
cierto tiempo. Ay assi mismo lechuzas {{et}} gauiotas.<section end="s1"/>
<section begin="s2"/>{{t2|¶ De otras aues diferentes de las que es dicho. Ca .xxx.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - P2.jpg|100px|P|alt=P]]}}{{uc|a}}pagayos ay muchos y de tantas
maneras {{et}} diuersidades que seria muy larga cosa dezirlo: {{et}}
cosa mas apropriada al pinzel para darlo a entender / que no
a la lengua. pero porque de todas las maneras que los ay / los traen a<section end="s2"/><noinclude></noinclude>
0hs1839fr7p15fsgz3zx9xdj5xn4apv
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Ignacio Rodríguez" />{{cp||De otras aues difer{{en}}tes.|Fo .xxv.}}
{{nl|d}}</noinclude><section begin="s1"/>España / no ay para {{que}} se pierda tiempo hablando enellos. Pocos dias
antes quel catholico rey don Fernando pasasse desta vida / le truxe yo a
Plaz{{en}}cia / seys Jndios Caribes de los frecheros {{que}} comen carne
humana / {{et}} seys indias moças {{et}} muy bi{{en}} dispuestos ellos y ellas / {{et}} truxe la
muestra del açucar que se començaua a hazer en aquella sazon enla ysla
Española: {{et}} ciertos cañutos de caña fistola dela primera que en aquellas
partes por la industria {{de}}los christianos se començo a hazer / y truxe assi
mismo a su alteza treynta papagayos / o mas / en que auia diez o doze
diferencias entre ellos / {{et}} los mas dellos hablauan muy bien. Estos
papagayos avn que aca parecen torpes son todos muy grandes boladores
{{et}} siempre andan de dos en dos pareados macho y h{{em}}bra {{et}} son muy
dañosos para el pan {{et}} cosas que se siembran para mantenimiento delos
Indios.<section end="s1"/>
<section begin="s2"/>{{t2|¶ Rabi horcados. Cap .xxxj.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - A3.jpg|100px|A|alt=A]]}}{{uc|y}} vnas aues grandes {{et}} buelan
mucho {{et}} lo mas continuamente andan muy altos {{et}} son negros {{et}}
quasi de rapiña: {{et}} tienen muy largos {{et}} delgados buelos {{et}} los
codos {{de}}las alas muy agudos: {{et}} la cola abierta como la {{de}}l milano / {{et}} por
esto le llaman Rabi horcado / son mayores {{que}} los milanos {{et}} tienen tanta
seguridad en sus buelos que muchas vezes / las naos que van a
aquellas partes los veen veynte y treynta leguas / {{et}} mas / d{{en}}tro enla mar
bolando muy altos.<section end="s2"/>
<section begin="s3"/>{{t2|¶ Rabo de junco. Ca .xxxij.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - U.jpg|100px|U|alt=U]]}}{{uc|n}}as aues ay blancas {{et}} muy gr{{an}}des
boladores {{et}} son mayores que palomas torcazes {{et}} tienen la
cola luenga {{et}} muy delgada por lo qual se le dio el nombre que es
dicho de rabo de junco / {{et}} veese muchas vezes muy a dentro enla mar
pero aue es de tierra.<section end="s3"/>
<section begin="s4"/>{{t2|Paxaros Bouos. Cap .xxxiij.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - A5.jpg|100px|A|alt=A]]}}{{uc|y}} vnas aues {{que}} llaman paxaros
Bouos {{et}} son menores que gauinas: {{et}} tien{{en}} los pies como los
anadones {{et}} posanse enel agua alguna vez / {{et}} qu{{an}}do las naues v{{an}}
ala vela cerca delas yslas a cincuenta o cient leguas dellas {{et}} estas aues
veen los nauios se vienen a ellos {{et}} cansados de bolarse sientan enlas
entenas {{et}} aruoles / o gauias dela nao / {{et}} son tan bouos {{et}} esperan tanto / que
facilmente los toman a manos / {{et}} desta causa los nauegantes los llam{{an}}<section end="s4"/><noinclude></noinclude>
a6yguaxlgap40nh3a9koo9rtod9m0vd
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Ignacio Rodríguez" />{{cp||Paxaros Bouos.|}}
{{nl|I}}</noinclude><section begin="s1"/>paxaros Bouos. son negros / {{et}} sobre negro tienen la cabeça {{et}} espaldas
de vn plumaje pardo escuro {{et}} no son buenos de comer / {{et}} tienen mucho
bulto enla pluma a respecto dela poca carne / pero t{{am}}bi{{en}} los marineros
se los comen algunas vezes.<section end="s1"/>
<section begin="s2"/>{{t2|¶ Patines. Cap .xxxiiij.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - O.jpg|100px|O|alt=O]]}}{{uc|t}}ros paxaros ay menores que
tordos {{et}} son muy negros: {{et}} creo que es vna delas aues del m{{un}}do
que mas velocidad traen en su bolar / {{et}} andan a rayz del agua
por altas o baxas que anden las ondas dela mar / {{et}} tan diestros enel
subir o baxar el buelo enla orden que la mar anda / {{et}} pegado al agua / que
no se podria creer sin verse. Estos se assientan quando quier{{en}} enel agua
y quasi la mayor parte de todo el camino delas indias los veemos enel
grande mar Occeano {{et}} tienen los pies como los patos o anades.<section end="s2"/>
<section begin="s3"/>{{t2|¶ Paxaros noturnos. Ca .xxxv.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - E.jpg|100px|E|alt=E]]}}{{uc|n}} tierra firme ay vnas aues que los
christianos llaman paxaros noturnos / que salen al tiempo {{que}}
el sol se pone quando salen los murcielagos y es gr{{an}}de la
enemistad destas aues c{{on}} los dichos murcielagos: y luego andan
bol{{an}}dolos y persigui{{en}}do alos dichos murcielagos golpeandolos / lo qual no se
puede ver sin mucho plazer de quien los mira. Ay destas aues muchas
enel Darien {{et}} son algo mayores que vencejos / {{et}} tienen aquella manera
de alas {{et}} tanta o mas ligereza enel bolar: {{et}} por medio de cada ala al
traues tienen vna vanda de plumas blancas / y todo lo demas de su
plumaje es pardo quasi negro: las quales aues toda la noche no paran: y
qu{{an}}do esclaresce el dia / se tornan a esconder / {{et}} no parescen hasta que es
puesto el sol que torn{{an}} a su acostumbrada pelea contrastando c{{on}} los dichos
murcielagos.<section end="s3"/>
<section begin="s4"/>{{t2|¶ Murcielagos. Cap .xxxvj.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - P.jpg|100px|P|alt=P]]}}{{uc|u}}es {{paleo|eñl|enel}} capitulo {{de}}suso escripto se
dixo dela c{{on}}tencion delos paxaros noturnos y murcielagos
{{qui}}ero concluyr con los dichos murcielagos. E digo que en
tierra firme ay muchos dellos que fueron muy peligrosos alos christianos
alos principios que aquella tierra passaron con el adel{{an}}tado vasco
Nuñez de valboa y conel bachiller Enciso quando se gano el Darien por-<section end="s4"/><noinclude></noinclude>
adfxfinc6hy0smwn0c2gfegv02jeclj
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Ignacio Rodríguez" />{{cp||Murcierlagos.|Fo .xxvj.}}
{{nl|d}}</noinclude><section begin="s1"/>que por no saberse entonces el facil {{et}} seguro remedio {{que}} ay c{{on}}tra la
mordedura del murcielago / algunos christianos murieron ent{{on}}ces / {{et}} otros
estouieron en peligro de morir / hasta que delos Indios se supo la
manera de como se auia de curar el que fuesse picado dellos. Estos
murcielagos son ni mas ni menos que los de aca: {{et}} acostumbran picar de noche /
y comunmente por la mayor parte pican del pico dela nariz / o delas
yemas delas cabeças delos dedos delas manos / o delos pies: {{et}} sacan
tanta sangre dela mordedura que es cosa para no se poder creer sin verlo.
Tienen otra propiedad / y es / que si entre cient personas pican a vn
hombre vna noche / despues la siguiente / o otra no pica el murcielago sino al
mismo {{que}} ya ouo picado avn {{que}} este entre muchos h{{om}}bres. El remedio
desta mordedura es tomar vn poco de rescoldo dela brasa qu{{an}}to se pueda
sofrir y ponerlo enel bocado. Assi mismo ay otro remedio / y es tomar
agua caliente y quanto se pueda sufrir la calor della lauar la
mordedura {{et}} luego cessa la sangre {{et}} el peligro / {{et}} se cura muy presto la llaga dela
picadura / la qual es pequeña / y saca el murcielago vn bocadico
redondo {{de}}la carne. A mi me han mordido y me he curado c{{on}} el agua dela
manera que hedicho. Otros murcielagos ayenla ysla de sant Juan que los
comen {{et}} estan muy gordos {{et}} en agua muy caliente se desuellan
facilm{{en}}te y quedan dela manera delos paxaritos de cañuela / {{et}} muy blancos {{et}}
muy gordos y de buen sabor / segun dizen los indios {{et}} avn algunos
christianos que los comen tambien en especial aquellos que son amigos de
prouar lo que veen hazer a otros.<section end="s1"/>
<section begin="s2"/>{{t2|¶ Pauos. Cap .xxxvij.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - A.jpg|100px|A|alt=A]]}}{{uc|y}} vnos pauos ruuios: {{et}} otros negros
y las colas tienenlas dela hechura delas pauas de España /
pero enel plumaje {{et}} color: los vnos son todos ruuios y la
barriga c{{on}} vn poco del pecho bl{{an}}co {{et}} los otros todos negros {{et}} assi la
barriga {{et}} parte del pecho bl{{an}}cos: {{et}} los vnos y los otros tien{{en}} sobre la cabeça
vna hermosa cresta / o penacho {{de}} plumas bermejas el {{que}} es bermejo: {{et}}
negras el que es negro: {{et}} son de mejor comer que los de España. Estos
pauos son saluajes / {{et}} algunos ay domesticos enlas casas que los toman
pequeños. Los vallesteros matan muchos dellos porque los ay en
mucha cantidad. Dizen algunos que el pauo es bermejo {{et}} la paua negra:
otros son de parescer contrario {{et}} dizen que el pauo es negro {{et}} la paua
ruuia. Otros dizen que son de dos generos {{et}} que ay macho {{et}} hembra
de amas colores {{et}} de qualquiera de ellas. Si el vallestero no le da
enla cabeça / o en parte que cayga muerto el dicho pauo / avn que le den<section end="s2"/><noinclude></noinclude>
jpgk0ch025efekzk4dmbwjdf7yprlvg
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Ignacio Rodríguez" />{{cp||Pauos.|}}
{{nl|I}}</noinclude><section begin="s1"/>en vna ala o otra parte se va por tierra a peon {{et}} corre mucho / {{et}} como es
muy espessa de aruoles conuiene que el vallestero tenga buen Perro {{et}}
presto para que el caçador no pierda su trabajo {{et}} la caça. Vale vn pauo
destos vn ducado {{et}} a vezes vn castellano / o peso de oro / que es tanto
como en España vn real para lo gastar. Otros pauos mayores {{et}} mijores
de sabor {{et}} mas hermosos se han hallado enla nueua España delos
quales han passado muchos alas yslas y a castilla del oro / {{et}} se crian
domesticamente en poder {{de}}los christianos: de aquestos las hembras son feas
y los machos hermosos / {{et}} muy amenudo haz{{en}} la rueda avn que no
tienen tan gran cola ni tan hermosa como los de España: pero en todo lo
al de su plumaje son muy hermosos. Tienen el cuello {{et}} cabeça cubierto
de vna carnosidad sin pluma / la qual amenudo mudan de diuersas
colores quando seles antoja en especial qu{{an}}do haz{{en}} la rueda la torn{{an}} muy
bermeja: {{et}} quando la dexan de hazer la bueluen como amarilla {{et}} de
otras colores / {{et}} como denegrido hazia color parda / {{et}} blanca algunas
vezes. y enla fruente sobre el pico tiene el pauo vn peçon corto / el qual
qu{{an}}do haze la rueda le alarga / o le cresce mas de vn palmo. {{et}} dela mitad de
los pechos le nasce {{et}} tiene vna bedija de çerdas tan gruessa como vn
dedo / {{et}} aquellas çerdas / ni mas ni menos que las dela cola de vn
cauallo / muy negras / y luengas mas de vn palmo. La carne destos pauos
es muy buena {{et}} sin comparaci{{on}} mejor {{et}} mas tierna que la delos pauos
de España.<section end="s1"/>
<section begin="s2"/>{{t2|¶ Alcatraz. Cap .xxxviij.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - U2.jpg|100px|U|alt=U]]}}{{uc|n}}as aues ay en aquellas partes: que
llam{{an}} Alcatrazes {{et}} son muy mayores que ansarones: {{et}} la
mayor parte del plumaje es pardo {{et}} algo en parte abutardado / y
el pico es de dos palmos poco mas / o menos / muy ancho cerca dela
cabeça {{et}} vasse diminuyendo hasta la p{{un}}ta / {{et}} tiene vn muy gruesso {{et}}
grande papo / {{et}} son quasi dela hechura {{et}} manera de vna aue / {{que}} yo vi en
Flandes enla villa de Bruselas enel palacio de. V. M. {{que}} la llamau{{an}} Hayna.
Acuerdome {{que}} estando vn dia comiendo. V. M. enla gr{{an}} sala / le vi traer
alli en su Real presencia vna caldera de agua c{{on}} ciertos pescados biuos
{{et}} los comio assi enteros. La qual aue yo t{{en}}go que {{de}}uia de ser maritima /
{{et}} tales tenia los pies como las aues de agua o los ansarones suel{{en}}
tenerlos / {{et}} assi los tienen los Alcatrazes: los quales assi mismo son aues
maritimas: {{et}} tamañas {{que}} yo vi meterle a vn Alcatraz vn sayo entero de vn
hombre enel papo. En panama el año de Mil.d.xxj. años. {{et}} porque en
a{{que}}lla playa {{et}} costa {{de}} panama / passa cierta bolateria {{de}}stos alcatrazes / {{que}}<section end="s2"/><noinclude></noinclude>
3q3navk487lrst0jba65mib9r6m680v
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Ignacio Rodríguez" />{{cp||Alcatrazes.|Fo .xxvij.}}
{{nl|d}}</noinclude>es cosa de notar / y mucho de ver quiero aqui dezirla / pues que sin mi
al presente enesta corte de. V. M. ay personas que lo h{{an}} visto muchas
vezes. y es esta. Sabra. V. M. {{que}} alli como a tras se dixo cresce {{et}} mengua
aquella mar del sur / dos leguas {{et}} mas / de seys en seys oras / {{et}} quando
cresce llega el agua dela mar tan j{{un}}to delas casas de panama como en
Barcelona / o en Napoles lo haze el mar mediterranes. E qu{{an}}do viene la
dicha cresciente viene con ella tanta sardina {{que}} es cosa marauillosa / {{et}} para
no se poder creer la abundancia della sin lo ver: y el Caci{{que}} de a{{que}}lla
tierra enel {{paleo|tp̃o|tiempo}} que yo en ella estuue cada vn dia era obligado / {{et}} le estaua
m{{an}}dado por el gouernador de. V. M. {{que}} truxesse ordi>ariam{{en}}te tres canoas
o barcas llenas dela dicha sardina / {{et}} las vaziasse enla plaça / {{et}} assi se
hazia continuamente / {{et}} vn regidor de a{{que}}lla cibdad la repartia entre todos
los {{xp|ianos}} sin {{que}} les costasse cosa alguna / {{et}} si mucha mas gente ouiera /
avn que fuera qu{{an}}ta al {{pre}}sente ay en toledo / o mas / que de otra cosa no
se ouiera de mantener / se pudiera assi mismo matar cada dia toda la
sardina que fuera menester y {{que}} sobrara mucha mas / {{et}} qu{{an}}ta quisier{{an}}.
Tornando alos alcatrazes: assi como vienela marea {{et}} sardina conella / ellos
tambien viene con la marea bolando sobre ella / {{et}} t{{an}}ta multitud dellos /
que paresce que cubr{{en}} el ayre / {{et}} continuam{{en}}te no hazen sino caer {{de}} alto
enel agua / {{et}} tomar las sardinas que pueden / {{et}} subito tornarse a
leuantar bolando / {{et}} comiendoselas muy presto / luego tornan a caer y se
tornan a leuantar dela misma manera sin cessar: {{et}} assi quando la mar se
retrae / se van en su seguimiento los Alcatrazes continuando su pesqueria
como es dicho. Juntamente andan conestas aues otras que se llaman
rabihorcados de que atras se hizo mencion: {{et}} assi como el Alcatraz se
leuanta con la presa que haze delas sardinas / el dicho rabihorcado le da
tantos golpes {{et}} lo persigue hasta que le haze l{{an}}çar las sardinas que ha
tragado / {{et}} assi como las echa / antes que ellas toquen / o llegu{{en}} al agua
los rabihorcados las toman. y desta manera es vna gran deletaci{{on}}
verlo todos los dias del mundo. Ay tantos delos dichos Alcatrazes: {{que}} los
christianos embian a ciertas yslas y escollos que estan cerca dela dicha
Panama en barcas {{et}} canoas por los alcatrazes quando son nueuos
que avn no pueden bolar / {{et}} a palos matan quantos quieren / hasta
cargar las canoas o varcas dellos: y estan tan gordos {{et}} bien mantenidos
que de gruessos no se pueden comer / ni los quieren / sino para hazer dela
grossura de ellos / olio / para quemar de noche enlos candiles / el qual es
muy bueno para esto / {{et}} de dulce lumbre / {{et}} que muy de grado arde.
Enesta manera / {{et}} para este efecto se matan tantos / que no tienen numero / {{et}}
siempre paresce que son muchos mas los que andan enla pesqueria de
las sardinas como es dicho.<noinclude></noinclude>
numzymgthz2haype26pkqn3d2ayvkpk
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Ignacio Rodríguez" />{{cp||Delos cueruos marinos.|}}
{{nl|I}}</noinclude><section begin="s1"/>{{t2|¶ Cueruos marinos. Cap.xxxix.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - A2.jpg|100px|A|alt=A]]}}{{uc|t}}ras se dixo que ay cueruos
marinos dela misma manera {{que}} los ay aca: no torne aqui a hablar
enellos / sino para dezir la muchedumbre dellos / que ay enla
mar del sur en aquella costa de Panama / donde puede. V. M. creer {{que}}
algunas vezes vienen tantos juntos en demanda de aquestas sardinas
que dixe enel capitulo antes deste / que assentados enel agua cubren gr{{an}}
parte dela mar / que estan las manchas dellos tamañas quasi como esta
vega que esta al pie desta cibdad de Toledo / y estos esquadrones o
multitudes destos cueruos / en muchas partes {{et}} muy amenudo cada dia se
veen enla dicha costa del sur alli donde he dicho / {{et}} no paresce todo
aquello que toman {{et}} ocupan del agua sino vn terciopelo / o paño muy negro
sin interualo segun estan juntos estos cueruos los vnos a par de los
otros / {{et}} assi como los alcatrazes se van {{et}} vienen con las mareas
secutando la pesqueria destas sardinas. Las quales a algunos saben bien / {{et}} a
mi no / porque son tan dulces / que a tres vezes que comi dellas las
aborresci / {{et}} nunca pescado de quantos alla ni aca he visto / yo comeria de tan
mala voluntad pero otros hombres se hallan bien conellas.<section end="s1"/>
<section begin="s2"/>{{t2|¶ Gallinas olorosas. Cap .xl.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - D3.jpg|100px|D|alt=D]]}}{{uc|e}} las gallinas de españa ay muchas
{{et}} augmentanse mucho porque no dexan de sacar quantos
hueuos pueden cobrir con las alas: las quales han procedido
delas que de aca enlos principios se lleuaron: pero sin estas ay vnas
Gallinas brauas que son tan grandes como pauos {{et}} son negras / {{et}} la
cabeça / {{et}} parte del pescueço algo pardo / o no tan negro como lo de mas
dellas ni aquello pardo / o menos negro / no es pluma sino el cuero. S{{on}} de
muy mala carne y peor sabor. {{et}} muy golosas {{et}} comen muchas
suziedades {{et}} indios {{et}} animales muertos: pero huelen como almizcle {{et}} muy bi{{en}}
en tanto que estan biuas: {{et}} como las matan pierden aquel olor / {{et}} a
ninguna cosa son buenas / saluo sus plumas para enplumar saetas {{et}}
virotes: {{et}} sufren muy gran golpe / {{et}} ha de ser muy rezia la vallesta que la
mate sino le dan enla cabeça / o le quiebran alguna delas alas / {{et}} son muy
inportunas {{et}} amigas de estar enel pueblo / y cerca del / por comer las
inmundicias.<section end="s2"/>
<section begin="s3"/>{{t2|¶ Perdizes.}}
{{npt}}<section end="s3"/><noinclude></noinclude>
a9iaeqpa7g4kfp9emxgnt7ps22v6c2t
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Ignacio Rodríguez" />{{cp||Perdizes.|}}
{{nl|d}}</noinclude><section begin="s1"/>{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - P2.jpg|100px|P|alt=P]]}}{{uc|e}}rdizes ay en tierra firme muy
buenas {{et}} de tan buen sabor como las de España: {{et}} son tan gr{{an}}des
como las gallinas de Castilla / {{et}} tienen vnas tetillas sobre
otras. Assi que tienen dos pares dellas / {{et}} tanta carne que ha de ser muy
bu{{en}} comedor el que a vna comida o pasto de vna vez la acabare. La
pluma es parda / assi enel pecho como enlas alas y cuello {{et}} todo lo de mas /
de aquella misma color {{et}} plumaje que las perdizes de aca tienen los
onbros: {{et}} ninguna pluma tienen de otra color. Los hueuos que estas
perdizes ponen son quasi tan grandes / como los grandes destas gallinas
comunes de España / {{et}} son quasi redondos {{et}} no prolongados tanto
como los delas gallinas / {{et}} son azules dela color de vna muy finissima
turquesa. Toman estas perdizes los indios con reclamos armandoles
lazos. {{et}} yo las he tenido biuas {{et}} las he comido algunas vezes en tierra
firme. La manera del reclamo es / que se ase el indio de vna bedija de
cabellos de encima dela fruente quasi de apar dela coronilla / o mas cerca de
lo alto dela cabeça / {{et}} tira y afloxa della meneando la cabeça / {{et}} con la
boca haze vn cierto son que es quasi siluando / dela misma manera {{que}}
aquellas perdizes cantan / {{et}} vienen a este reclamo {{et}} caen enlos lazos que les
tienen puestos de hilo de henequen) del qual hilo se dixo largam{{en}}te enel
capitulo .x. {{et}} assi las toman {{et}} son muy excelente manjar assadas
perdigandolas primero. {{et}} assi desta manera / como cozidas / o de {{qua}}lquier
forma / que se coman. Quier{{en}} parescer mucho enel sabor alas perdizes de
españa / {{et}} la carne dellas es assi tiesta / {{et}} son mejores de comer el seg{{un}}do
dia que las matan / porque esten algo manidas / o mas tiernas. Otras
perdizes ay menores que las suso dichas que son como estarnas / o
perdizes delas que aca dizen pardillas {{que}} son assaz buenas / pero avn {{que}} enel
sabor quier{{en}} parescer a las de aca / no son tales c{{on}} mucho / como las
gr{{an}}des: y estas pequeñas tien{{en}} la pluma assi mismo pardilla / {{per}}o tir{{an}} algo a
ruuio a{{que}}l plumaje sobre pardillo {{et}} tom{{an}}se mas a menudo {{que}} las gr{{an}}des /
{{et}} son mejores para los dolientes por{{que}} no son tan rezias de digestion.<section end="s1"/>
<section begin="s2"/>{{t2|¶ Faysanes. Cap .xlj.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - L3.jpg|100px|L|alt=L]]}}{{uc|o}}s faysanes de tierra firme no
tienen la pluma que los Faysanes de España / ni son tan lindos
enla vista: {{per}}o son muy buenos y excel{{en}}tes enel sabor / {{et}} paresc{{en}}
mucho enel gusto alas Perdizes grandes de quien se trato enel
capitulo antes deste. el plumaje destas aues son pardos assi como las perdizes
{{et}} no tan grandes / pero son mas altos de pies / {{et}} tienen las colas
luengas y anchas / y matanse dellas muchos con los Vallestas / {{et}} hazen<section end="s2"/><noinclude></noinclude>
lds8qmve2p5tos7q79zfx6s18ceigao
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Ignacio Rodríguez" />{{cp||Faysanes.|}}
{{nl|I}}</noinclude><section begin="s1"/>cierto canto a manera de siluos muy diferente del canto delas perdizes
{{et}} mucho mas alto porque de bien lexos se oyen y esperan mucho / {{et}} assi
los vallesteros los matan muy amenudo.<section end="s1"/>
<section begin="s2"/>{{t2|¶ Picudos. Cap .xlij.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - U2.jpg|100px|U|alt=U]]}}{{uc|n}}a aue ay en tierra firme que los
cristianos llaman Picudo. {{et}} tiene vn pico muy grande / segun la
pequeñez del cuerpo / el qual pico pesa mucho mas que todo
el cuerpo. Este paxaro no es mayor que vna Codorniz / o poco mas
pero el bulto es muy mayor / porque tiene mucha mas pluma que carne.
Su plumaje es muy lindo y de muchas colores / y el pico es tan grande
como vn xeme / o mas / rebuelto para abaxo / {{et}} al principio a par dela
cabeça t{{an}} ancho como tres dedos o quasi: {{et}} la lengua que tiene / es vna
pluma / {{et}} da grandes siluos / {{et}} haze agujeros conel pico enlos aruoles / por
donde se mete {{et}} cria alli dentro: {{et}} cierto es aue muy estraña / {{et}} para ver /
porque es muy diferente de todas quantas aues yo he visto / assi por la
lengua / que como es dicho / es vna pluma como por su vista / {{et}}
desproporcion del gran pico a respeto del cuerpo. Ninguna aue ay {{que}} quando cria
este mas segura {{et}} sin temor delos gatos / assi porque ellos no pueden
entrar a tomarles los hueuos o los hijos por la manera {{de}}l nido: como por
que en sintiendo que ay gatos se meten en su nido {{et}} tienen el pico hazia
fuera / {{et}} dan tales picadas que el gato ha por bien de no curar dellos.<section end="s2"/>
<section begin="s3"/>{{t2|¶ Del paxaro loco. Capi .xliij.}}
{{gota|[[Archivo:Sumario de la natural y general historia de las Indias - U3.jpg|100px|U|alt=U]]}}{{uc|n}}os paxaros ay que los christianos
llaman locos / por les dar el nombre al reues de sus efectos /
como suelen nombrar otras cosas / seg{{un}} a tras queda dicho /
porque enla verdad ninguna aue delas que en aquellas partes yo he visto /
muestra ser mas sabia {{et}} astuta / ni de tal distinto natural para criar sus
hijos sin peligro. Aquestas aues son pequeñas {{et}} quasi negras / {{et}} son
poco mayores que los tordos de aca / tienen algunas plumas blanças enel
cuello / {{et}} traen la diligencia delas picaças: pero muy pocas vezes se
posan en tierra / {{et}} hazen sus nidos en aruoles desocupados / o apartados
de otros porque los gatos monillos / acostumbran yrse de arbol en
arbol / {{et}} saltar de vnos a otros / {{et}} no baxar a tierra por temor de otros
animales sino es quando han sed que baxan a beuer en tiempo que no
puedan ser molestados. E por esso estas aues no quieren ni suelen criar sino
en aruol que este algo lexos de otros: {{et}} hazen vn nido tan luengo / o mas
que el braço de vn hombre / a manera de talega / y enlo baxo es ancho / {{et}}<section end="s3"/><noinclude></noinclude>
iaq8ex6xmjp9dawuajz5gozi887fhqh
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Elultimolicantropo
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Elultimolicantropo" /></noinclude>anualmente a la Habana, y de este número la mitad había de enviarse a Cartagena y Portobelo. La compañía gozó del privilegio de introducir tres barriles de harina por cada negro, quedando unos y otros exentos de todo derecho<ref>{{May|Macpherso}}, ''Annals of Commerce.''</ref>.
Por Real Orden de 23 de Diciembre de 1783, en virtud de consulta del Consejo de Indias en 17 de Noviembre del mismo año, concedióse a don Juan Bautista Oyarzabal, hacendado de la
parte española de la isla de Santo Domingo, facultad de introducir libres de todos derechos, el número de cuatrocientos negros para los trabajos de su ingenio. Con esta y otras mezquinas concesiones pretendíase sacar de su abatimiento la porción de Santo Domingo que a España pertenecía. Lamentable era el contraste que ella presentaba con la parte francesa, pues pobre y casi inculta la primera, hallábase la segunda floreciente y rica; pero esta grandeza iba pronto a desaparecer en medio de la catástrofe más espantosa.
{{Anclaje+|p56|Tendiendo la vista sobre el continente américo-hispano}}, era el Perú la región que entonces pedía más esclavos, porque juzgaba que sin ellos no podían fomentarse los ingenios de azúcar y la exportación de cacao. Muchos había recibido ya desde tiempos anteriores, y en un censo manuscrito del siglo {{May|xviii}}, cuyo año no puedo precisar porque de fecha carece, leo que había entonces en aquel vireinato dieciséis mil trescientos treinta y siete<noinclude></noinclude>
qmzfnkm80h3ma19q8kgxuayz3aafish
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Elultimolicantropo
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Elultimolicantropo" /></noinclude>esclavos varones y trece mil cuatrocientas veintiséis hembras, o sea un total de veintinueve mil setecientos sesenta y tres <ref>Véase el estado que sobre la población del Perú inserto en el apéndice número 14.</ref>. De 1765 a 1778 habíanse introducido anualmente de mil quinientos a dos mil negros, número que por ser muy corto para la población y necesidades de aquel país, vendíanse al subido precio de quinientos pesos sin diferencia de castas ni sexos.
Ya hemos dicho en otro lugar que su importación se hacía por Portebelo vía de Panamá, de donde se enviaban a Paita, y de aquí seguían por tierra hasta Lima, vendiéndose mucha parte de
ellos en los parájes o haciendas del tránsito. Corría esta negociación a cargo de la casa de Aguirre en Cádiz y de la del conde de Izaguirre en Panamá, quienes habían hecho compañía y sacaban grandes provechos, sobre todo el conde, pues tenía dos
buques empleados en el Mar del Sur para conducir los negros a Lima. A consecuencia de la paz entre Inglaterra y España en 1783 y de la muerte de Izaguirre, feneció esta compañía, y deseábase formar otra bajo de nuevas condiciones, para que en
vez de venderse los negros en quinientos pesos como antes, se redujo su valor a cuatrocientos.
Mientras ardía la guerra entre aquellas dos naciones, habían los portugueses internado por Buenos Aires más de tres mil negros en virtud de franqueza provisional concedida por aquel Virey,<noinclude></noinclude>
cgp70p5npihsf4qnabfawmzij66c7bp
Página:Vida de Lord Byron.pdf/31
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP||LA PROPAGANDA LITERARIA.|5}}</noinclude>ha matado frailes en tiempo de Enrique VIII en la Gran Bretaña, para servir al cisma, como árabes en tiempo de Ricardo en el desierto, para servir á la Iglesia; y luego ha entrado formidable en el Parlamento, donde sin quererlo y sin saberlo, defendiendo sus excepciones señoriales y su blason aristocrático, ha contribuido, como toda la nobleza británica, á echar las bases de los derechos modernos, siempre acompañada de aquel génio altivo y aquella independencia individual, su patrimonio hereditario desde los hielos del Polo. Pero cuando las propiedades de esta romántica familia llegan á manos de Byron, oh! llegan arruinadas, deshechas. Esta ruina comienza ya en los tiempos de Jacobo I, en que uno de sus predecesores se dá á la vida fastuosa de la Corte, y para sostener esta dispendiosísima vida, á los préstamos que cancerarán con la usura sus tierras. Otro servirá fielmente en sus desgracias á Cárlos I. Las guerras civiles acabarán de arruinarlos á todos. Las viejas águilas, sin plumas casi para calentar sus nidos, se van al secular torreon medio desplomado, por cuyas endiduras entran los lagartos y las nieblas. Allí se arrastran en la miseria, aunque embriagadas por el orgullo. En 1750 rompe esta familia un poco el sudario del olvido. El abuelo del poeta ha sufrido un dramático naufragio que llama profundamente la atencion de Inglaterra. En 1765 uno de sus tios, el que lleva el título hereditario de Par, recogido despues por el poeta, mata en riña, más que en duelo, á uno de sus parientes, y cuelga del cielo de su cama, como un trofeo, la espada homicida que debiera herir su conciencia y su vista como un remordimiento.
<br><noinclude></noinclude>
6maqwhzrl2a2oxefu9y87h3g2seldi5
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP||LA PROPAGANDA LITERARIA.|5}}</noinclude>ha matado frailes en tiempo de Enrique VIII en la Gran Bretaña, para servir al cisma, como árabes en tiempo de Ricardo en el desierto, para servir á la Iglesia; y luego ha entrado formidable en el Parlamento, donde sin quererlo y sin saberlo, defendiendo sus excepciones señoriales y su blason aristocrático, ha contribuido, como toda la nobleza británica, á echar las bases de los derechos modernos, siempre acompañada de aquel génio altivo y aquella independencia individual, su patrimonio hereditario desde los hielos del Polo. Pero cuando las propiedades de esta romántica familia llegan á manos de Byron, oh! llegan arruinadas, deshechas. Esta ruina comienza ya en los tiempos de Jacobo I, en que uno de sus predecesores se dá á la vida fastuosa de la Corte, y para sostener esta dispendiosísima vida, á los préstamos que cancerarán con la usura sus tierras. Otro servirá fielmente en sus desgracias á Cárlos I. Las guerras civiles acabarán de arruinarlos á todos. Las viejas águilas, sin plumas casi para calentar sus nidos, se van al secular torreon medio desplomado, por cuyas endiduras entran los lagartos y las nieblas. Allí se arrastran en la miseria, aunque embriagadas por el orgullo. En 1750 rompe esta familia un poco el sudario del olvido. El abuelo del poeta ha sufrido un dramático naufragio que llama profundamente la atencion de Inglaterra. En 1765 uno de sus tios, el que lleva el título hereditario de Par, recogido despues por el poeta, mata en riña, más que en duelo, á uno de sus parientes, y cuelga del cielo de su cama, como un trofeo, la espada homicida que debiera herir su conciencia y su vista como un remordimiento.
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP||LA PROPAGANDA LITERARIA.|9}}</noinclude>historia de su vida. En 1791 murió su padre, que, en medio de su disipacion y de sus locas pasiones, guardaba cierto fondo de bondad, realzado por una singular y varonil hermosura. Sus dos mujeres le amaron con delirio. La primera, despues de haberse por él separado de un opulento marido, murió por seguirle, estando enferma, en sus correrías de caza. La segunda, la madre de Byron, guardó su pasion por él con una fidelidad inquebrantable y le lloró muerto con un dolor indecible. En esta educacion extraña, Byron tenia una fuente de inspiraciones, la lectura de la Biblia, que daba vigor al carácter poético de su alma con los versículos de los profetas. En algunas de sus obras se vé ese génio áspero, severo, monótono como el simoun, uniforme como el desierto, pero solemne como la inmensidad y sublime como la idea de Dios: ese génio semítico encerrado por Isaías en sus admirables obras y reproducido por Miguel Angel en las adustas facciones de su Moisés, cuya barba, enroscada como la tromba de una catarata, agita el tempestuoso viento del Sinaí. A estas inspiraciones viriles se cruza la vida de campesino, de montañés; pues desde Lóndres, donde naciera Byron, llevólo su madre al campo, á Aberdeen. Allí, antes del alba, cuando al grito agudo del gallo seguía el cántico melancólico de la alondra, andaba sólo con el pretexto de la caza, á ejercitar sus fuerzas y á llevar su génio vagabundo por las orillas de los precipicios, por las cimas de las montañas, por las cavernas donde todavía se oye la voz de los dioses de sus padres, para inspirarse en los espectáculos de la naturaleza, y unir su vajido de poęta á la voz del universo.
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP||LA PROPAGANDA LITERARIA.|17}}</noinclude>reposo de las estátuas antiguas, eternamente serenas en la bienaventurada perfeccion de sus formas. Pero ¿qué serenidad estatuaria es dado tener á un cojo? La modestia de su traje podia ocultar la imperfeccion de su cuerpo. Mas chocaba con el gusto inglés, vistiéndose lujosamente á la oriental, con seda crugidora y matizada, gasas de oro y plata, turbantes sembrados de pedrería, la roja faja al cinto cargada de cuchillos y pistolas con maravillosas cinceladuras, imitando así de antemano esa legion de héroes y leyendas orientales que llevaba en su cabeza y que debía más tarde pintar en sus versos. Especialmente vestía así en sus primeras vacaciones, allá por los años 1802, en Bath, donde comenzaron esas orgías en que debiera malgastar tanta vida y, por consecuencia, tanto génio; porque en Byron, vivir era pensar, era idear, era producir, era cantar.
Faltándole el amor maternal, sus amigos de la infancia pudieran moderar sus ímpetus con sábios consejos, y sobre todo, con sábios ejemplos. Pero tuvo la desgracia de que todos aquellos amigos, moderados en conducta, prudentes en carácter, conocedores del mundo, flexibles para tejer su vida sin cortar el hilo de sus pasiones en el cilindro de la sociedad inglesa; todos esos jóvenes de talento analítico y de experiencia, murieron pronto y le dejaron abandonado al torbellino de su génio, á las ráfagas de sus fantásticas ideas, que formaban una espiral gigantesca á su alrededor, impidiéndole oir la voz de la sociedad. Byron los habia llorado tiernamente. Como él decia, si el llanto pudiera alguna vez desarmar á la muerte, forzarla á devolver la vida robada, resucitarían sus amigos á sus desgarradores sollozos.<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP||LA PROPAGANDA LITERARIA.|17}}</noinclude>reposo de las estátuas antiguas, eternamente serenas en la bienaventurada perfeccion de sus formas. Pero ¿qué serenidad estatuaria es dado tener á un cojo? La modestia de su traje podia ocultar la imperfeccion de su cuerpo. Mas chocaba con el gusto inglés, vistiéndose lujosamente á la oriental, con seda crugidora y matizada, gasas de oro y plata, turbantes sembrados de pedrería, la roja faja al cinto cargada de cuchillos y pistolas con maravillosas cinceladuras, imitando así de antemano esa legion de héroes y leyendas orientales que llevaba en su cabeza y que debía más tarde pintar en sus versos. Especialmente vestía así en sus primeras vacaciones, allá por los años 1802, en Bath, donde comenzaron esas orgías en que debiera malgastar tanta vida y, por consecuencia, tanto génio; porque en Byron, vivir era pensar, era idear, era producir, era cantar.
Faltándole el amor maternal, sus amigos de la infancia pudieran moderar sus ímpetus con sábios consejos, y sobre todo, con sábios ejemplos. Pero tuvo la desgracia de que todos aquellos amigos, moderados en conducta, prudentes en carácter, conocedores del mundo, flexibles para tejer su vida sin cortar el hilo de sus pasiones en el cilindro de la sociedad inglesa; todos esos jóvenes de talento analítico y de experiencia, murieron pronto y le dejaron abandonado al torbellino de su génio, á las ráfagas de sus fantásticas ideas, que formaban una espiral gigantesca á su alrededor, impidiéndole oir la voz de la sociedad. Byron los habia llorado tiernamente. Como él decia, si el llanto pudiera alguna vez desarmar á la muerte, forzarla á devolver la vida robada, resucitarían sus amigos á sus desgarradores sollozos.
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|18|VIDA DE LORD BYRON.|}}</noinclude>Pero si la muerte le habia robado sus amigos, si había querido que el génio de una madre no fuese tan dulce para él como para el resto de los mortales, todavía era capaz de salvarle una pasion, la pasion de los milagros, el amor. Mas todo habia de ser trágico en la vida de este hombre. El amor primero de su infancia murió, desvaneciéndose á la manera que se desvanecen esas figuras fantásticas dibujadas por la fiebre en las retinas encendidas como hornos. Y, por su mal, se enamoró de Miss Chaworth, jóven hermosa, perteneciente á la familia enemiga de su familia. Su tio, el jefe de la raza de Byron, habia matado al tio de su amada, al jefe de la raza de Chaworth. Abríase, pues, entre los dos un abismo como el que separaba á Julietta y Romeo. Un cadáver se interponía entre los dos corazones. Byron no quería quedarse por las noches en el castillo habitado por su amada, temeroso de que los retratos de sus antepasados se animáran, y fueran á la armería á ceñirse sus antiguos ar-reos de pelear, para herir al descendiente último, al representante único de la estirpe odiosa cuyas sacrílegas manos los habia salpicado de sangre en el seno mismo de la muerte. Pero cuando su amada salía, cuando le era dado verla á la sombra de los grandes árboles, sobre la fresca yerba del prado, más ligera que la niebla, enviándole de su frente un resplandor tan dulce como el resplandor de la luna llena, y trayéndole en sus ojos el azul cielo oculto siempre tras las nubes, todo su sér se calmaba como el oceano al beso de la brisa, y su poesía soñadora é inquieta callaba vencida por la realidad. El poeta de génio necesita indudablemente estas armonías de la vida para elevarse á los<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP||LA PROPAGANDA LITERARIA.|19}}</noinclude>grandes principios generales de su siglo, y cantar como Homero los objetos, ó como Shakespeare las pasiones, ó como Calderon las ideas, ó como Goethe las ciencias, ántes que sus propios sentimientos. Quién sabe si, preso en aquél amor, detenido en el encanto de una pasion serena, sin las tempestades que lo asaltaron, sin las dudas que lo persiguieron, hubiera sido Byron el poeta objetivo capaz de darnos el poema cíclico de nuestra edad, en vez de ser el poeta sujetivo que nos ha dado pedazos de su corazon palpitantes y sangrientos. La bella heredera de la familia Chaworth tenía diez y seis años á la sazon, dos más que su rendido amador. El niño comenzaba á pensar como hombre; se proponía casarse, reconciliar en su lecho nupcial hasta los manes de dos familias enemigas; juntar gloriosos títulos; acumular feraces propiedades; engendrar en el amor, con la mezcla de aquellas dos puras sangres inglesas que dimanaban de las venas de una misma raza, héroes, marinos, oradores, dignos de sostener su nombre en esos dos agitados elementos de la grandeza británica en las asambleas y en los mares.
Con qué sencillez, propia de las ''Confesiones'' de Rousseau, ese eterno modelo del arte de las confidencias, describe Lord Byron sus entrevistas en las colinas coronadas por una diadema de árboles; sus paseos por los lagos, y sobre todo, aquél en que la barca donde los dos iban, se apartó de todas sus compañeras para pasar, primero, por la boca de una caverna tan baja que les obligó á tenderse en el fondo de aquél lecho flotante, sobre las aguas cristalinas, como sus dos almas, lecho de castos, de platónicos amores, apénas<noinclude></noinclude>
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" /></noinclude>expresados por la luz de una mirada, por la tristeza de un suspiro. Pero aquella jóven le hacía padecer cruelmente. El noble lord no bailaba, Y su amada bailaba con sus amigos, que tenían el privilegio de ceñir aquella cintura, á la cual nunca se hubiera podido acercar Byron sin que todos sus nérvios tembláran como sacudidos por el rayo. Miéntras la dichosa pareja valsaba, el poeta se daba golpes en el corazon, temiendo que en todos los salones resonasen sus fuertes latidos. Y á pesar de no haberse nunca formalmente declarado, era comprendido. Sabe sondear muy bien la
mujer el abismo de una mirada. Y era comprendido hasta el punto de recibir un retrato, que en aquél tiempo era una respuesta de amor. Pero un dia creyó volverse loco. Atisbaba á un grupo de jóvenes, entre las cuales se encontraba Miss Caworth. Naturalmente, la conversacion era de amores. Sus amigas le hablaban del Lord, de sus prendas, de su hermosura, y de las miradas y los suspiros que habian sorprendido. Miss Caworth, sin desconcertarse, con la serenidad de la indiferencia, dijo esta cruel frase: —"Me ofendeis, creyéndome capaz de interesarme por ese muchacho, por ese cojuelo. "— En dos palabras habia definido las dos mayores distancias que, segun Byron mismo, separaban al poeta de su ventura: la niñez y su defecto; aquél horrible defecto, la primera de sus desgracias, el mayor de sus dolores. Pero oir aquello de boca de su amada, oirlo cuando ménos lo esperaba, oirlo en el momento en que los proyectos más halagüeños se desplegaban como un panorama infinito en su fantasía, en el momento en que iba á rendirse á sus piés, á mostrarle el fondo de su corazon velado por pro-<noinclude></noinclude>
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|20|VIDA DE LORD BYRON.|}}</noinclude>expresados por la luz de una mirada, por la tristeza de un suspiro. Pero aquella jóven le hacía padecer cruelmente. El noble lord no bailaba, Y su amada bailaba con sus amigos, que tenían el privilegio de ceñir aquella cintura, á la cual nunca se hubiera podido acercar Byron sin que todos sus nérvios tembláran como sacudidos por el rayo. Miéntras la dichosa pareja valsaba, el poeta se daba golpes en el corazon, temiendo que en todos los salones resonasen sus fuertes latidos. Y á pesar de no haberse nunca formalmente declarado, era comprendido. Sabe sondear muy bien la
mujer el abismo de una mirada. Y era comprendido hasta el punto de recibir un retrato, que en aquél tiempo era una respuesta de amor. Pero un dia creyó volverse loco. Atisbaba á un grupo de jóvenes, entre las cuales se encontraba Miss Caworth. Naturalmente, la conversacion era de amores. Sus amigas le hablaban del Lord, de sus prendas, de su hermosura, y de las miradas y los suspiros que habian sorprendido. Miss Caworth, sin desconcertarse, con la serenidad de la indiferencia, dijo esta cruel frase: —"Me ofendeis, creyéndome capaz de interesarme por ese muchacho, por ese cojuelo. "— En dos palabras habia definido las dos mayores distancias que, segun Byron mismo, separaban al poeta de su ventura: la niñez y su defecto; aquél horrible defecto, la primera de sus desgracias, el mayor de sus dolores. Pero oir aquello de boca de su amada, oirlo cuando ménos lo esperaba, oirlo en el momento en que los proyectos más halagüeños se desplegaban como un panorama infinito en su fantasía, en el momento en que iba á rendirse á sus piés, á mostrarle el fondo de su corazon velado por pro-<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP||LA PROPAGANDA LITERARIA.|21}}</noinclude>fundísimo respeto; oir esta cruel sentencia de muerte para su alma enamorada, anhelante, para sus ansiosísimas esperanzas, ¡ah! era tanto como caer del cielo en el instante mismo de tocar su dintel y entrever la luz, al fondo del infierno. Byron se encontró en este momento transformado, sólo con su dolor, desnudo de su esperanza, tendido sobre el hielo, en una noche de espesas tinieblas, y sin más confidente de sus penas y de sus angustias que el aire tenebroso, cuyas vibraciones repetían sus desgarradores lamentos, en vano ahogados dentro del roto pecho de su varonil voluntad.
La desesperacion fué tan grande como su amor. Salióse del castillo, corrió por la campiña sin saber á dónde: todo sueño huyó de sus párpados, toda tranquilidad de su alma. El mundo le parecía vacío, y vacío el cielo; hubiera bendecido la muerte, á estar seguro de que la muerte satisfacía su primer deseo: la nada. En 1805, aquella mujer tan querida se casó con Mr. Tolin Munster. El reconcentrado dolor del poeta se conoce perfectamente en los breves y sencillos versos consagrados á este doloroso suceso. En vez de pintar su pasion, la intensidad de su amor rayando en locura, la belleza de su amada, bastante poderosa á excitar todos sus deseos en toda su viveza, la felicidad del rival afortunado que la posee sin comprenderla, acaso sin amarla, y que se desposa pisando el corazon del poeta, hiriendo todas sus fibras, envenenándolo con la ponzoña de unos celos abrasadores como el plomo derretido y duraderos como la eternidad; en vez de entregarse á todas las furias de una pasion
malograda, de un deseo sin cumplimiento posible, de un amor sin esperanza, se contenta con decir melancólicamen-<noinclude></noinclude>
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|22|VIDA DE LORD BYRON.|}}</noinclude>te, que no verá más la colina, teatro de sus entrevistas, los árboles, testigos de sus juramentos.
En esto, la niñez de Byron se acababa, y comenzaba su juventud. Habia entrado de una edad en otra por el desengaño, como entrára de la nada á la vida por el dolor. Al encontrarse en esta línea que separaba dos grandes segmentos del círculo de su existencia, delirante dolor le poseía. Su fortuna era inútil, su ilustre nombre odioso, los cortesanos que acompañan toda grandeza incómodos, la sociedad embarazosa y triste como las paredes de un calabozo, la gloria imposible, la amistad muerta; su amor en poder de un rival afortunado; tornar á sus montañas, vagar en la sombría soledad, saltar sobre el azul torrente, era todo su deseo; ó si nó, tomar alas como la paloma, volar y volar sin descanso, subir y subir sin fin, hasta perder de vista el mundo, y buscar en el cielo, allá muy lejos, la paz. Forzado á separarse de su colegio de Harrow, todo lo echaba de ménos y se despedía de todo con dolor; de la pradera donde habia batallado con sus compañeros, de la oscura aula en que habia oido los regaños del pedagogo, del teatro en que representaba creyéndose capaz de eclipsar á Garrik, y del cementerio donde iba á llorar sus amigos muertos, á escribir palabras entrecortadas como sollozos en el mármol ó en los troncos de los árboles, para mirar el rayo último del sol poniente ó soñar con los misterios de la vida y de la eternidad entre las sombras de la noche.
Temprano comienza ya esta desesperacion de Byron, que debia pegarse á todo un siglo, como su enfermedad moral. Unos la atribuyen al clima de su pátria, otros á su tempera-<noinclude></noinclude>
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP||LA PROPAGANDA LITERARIA.|23}}</noinclude>mento y á sus nervios, otros al siglo en que habia nacido y cuyas puertas de bronce, enrojecidas en el fuego de las revoluciones, cierra con su nacimiento este Titan, que ya se levanta como un rebelde, ya llora como un niño, tendiendo á esos mismos cielos las manos, en demanda de una creencia, de una fé. Naturalmente, el poeta no puede representar á su siglo como el filósofo, como el orador. El filósofo escribe despues de haber depurado sus dudas, un sistema que la razon dicta y que la lógica encadena: sirve, pues, á una idea. El orador eleva su vida á las alturas de su conciencia y se consagra á una causa, á una reforma. Para esto necesita concertar sus fuerzas, disciplinar su carácter, reunir sus ideas en torno de un pensamiento capital, y tener la lógica, la consecuencia inflexible, no sólo en los discursos, sino en la vida. El filósofo no es un artista; la inspiracion no es un númen. El orador es más artista que el filósofo, pero su arte está subordinado al pensamiento, y debe seguir el raciocinio. Orar no es cantar, es raciocinar, es convencer, es persuadir. La armonía, la belleza, deben ser auxiliares del raciocinio, destinadas á conseguir más pronto su triunfo. Pero el poeta es un sér misterioso, indefinible, que se escapa al análisis como el dogma, y que se pierde de vista como el ave de la montaña, la alondra, cuando deja su nido de barro y se vá por las alturas etéreas en busca de la luz que aún no despunta, mientras todos los demás séres duermen profundamente en las sombras sin presentir el nuevo dia. Los poetas son liras que suenan á todos los vientos; lagos que cambian los matices al paso de cada nube; son algo de incomprensible, como las profecías, como los presentimientos, como<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|24|VIDA DE LORD BYRON.|}}</noinclude>los sueños. Las ideas más contrarias batallarán en su cabeza y saldrán á borbotones de su pluma. Su génio marchará con la fatalidad del torrente; ya humilde, ya ruidoso; ora despeñándose por las oscuras breñas en espumosa cascada, ora durmiéndose tranquilo y celeste en murmurador arroyo, para repetir las estrellas de la noche, ora entrando, poderoso rio, en el oceano insondable de la eternidad. Así es que en un poeta podeis casi hacer el exámen de conciencia de una época podeis ver sus incertidumbres, sus dolores, sus aspiraciones, sus crisis de reaccion, sus ímpetus de progreso, sus batallas internas, sus ideas. Víctor Hugo ha sido legítimamente bonapartista, romántico, doctrinario, creyente, racionalista, libre-pensador y demócrata. Pero cuando querais buscar la leyenda de este siglo, lo que todos
hemos pensado, lo que todos hemos sentido; nuestros desfallecimientos morales, nuestras cóleras en las cadenas; las
esperanzas que hemos concebido por los orgullosos triunfos sobre la materia; cómo imaginamos la sociedad y cómo nos proponemos reformarla; nuestra concepcion de las diversas épocas de la historia, nuestro poema del progreso, á tanta costa escrito con la sangre de toda la humanidad; nuestras dudas, nuestros temores y nuestra fé servida con la exaltacion del martirio, leed, leed á Víctor Hugo. Lo mismo es Byron. El sublime desórden de este génio se parece al desórden sublime de la naturaleza. Al lado de una cima
nevada, donde la luz centellea con reflejos increibles en horizontes infinitos, un abismo insondable; al lado de una plaza árida, un bosque perfumado por todas las flores de la tierra y henchido con los cánticos de todas las aves del cie-<noinclude></noinclude>
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Vida de Lord Byron/Primera parte
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" /></noinclude>{{altura|10em}}
{{c|NADA AL LECTOR, TODO AL AMIGO.|may|x-grande}}
{{altura|2em}}
{{línea|3em}}
{{altura|2em}}
{{d|"Elige una obra grande y<br>"honrosa y trabaja por llevarla<br>"á cabo."—''Tales de Mileto.''}}
{{altura|3em}}
Ajeno estaba de que hubiera, en Cuba, de darse á la estampa un libro de Castelar.
Tan raras son las coincidencias de la vida, que más asemejan la obra de la combinacion calculada, que el producto de accidentes imprevistos.
Castelar, la imaginacion meridional más lozana que ha producido el corriente siglo, bajo la influencia tétrica de la bruma que pesa sobre la ciudad sajona, consagra un pensamiento á Lord Byron, genuino descendiente de la raza; y el hijo puro de la nueva y árida Castilla, á mil ochocientas leguas de su pais natal, envuelto en los ardientes rayos del sol que baña la exhuberante naturaleza de los trópicos, remite en las presentes pobres líneas, á través de los mares dilatados, un recuerdo de admiracion y cariño al autor sublime de estas brillantes páginas, que en mármol y oro debieran eternizarse.
Y no porque crea que hay forma al alcance de la mano<noinclude></noinclude>
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|VIII}}</noinclude>para escribir prólogos al frente de las obras del más atrevido y gigante colorista de nuestros tiempos, sin que parezcan el anuncio de un almacen de víveres pintado en el telon del teatro de la ópera. Ni cabe en la sensatez del juicio unir un nombre oscuro con pretension literaria al universalmente célebre del notable repúblico, orador elocuentísimo y lírico sin ejemplo en los dias que corren, cuando es más irritante la modestia fingida que la soberbia ostentada, porque la oscuridad tiene su honra, en el silencio prudente, y en la precisa y justísima estimacion de lo que es y por sí propia vale.
Pero en todas partes, y á todas horas, y en todos tiempos y lugares, el amigo puede saludar al amigo y enviarle en su saludo una gota de su dulce alegría y un extracto de su cruel amargura, porque en esto estriban las corrientes morales de los afectos y de las ideas, tan precisas y fatales, como las corrientes de los rios y de los vientos, y de todo lo que en esta múltiple naturaleza viviente se agita, donde lo pequeño y lo grande se unen, y complementan esa conjuncion maravillosa que se llama armonía.
Quien ha sentido dentro del pecho ese oleaje furioso de las pasiones y de los deseos; quien ha soñado fantásticas: delicias, estrellándose con la fria y desnuda realidad; quien ha pedido amor á la pátria, y la pátria le ha mirado desdeñosamente, arrojándole, por último, de su seno con desprecio; quien ha suspirado por las amistades íntimas y ha visto sepultarse en el hambriento abismo de la muerte á sus amigos de la infancia; quien ha vivido anhelando los goces inefables de familia, y la familia le ha negado sus goces; quien en su terrible despecho, ha procurado aturdirse dejándose arrastrar por el torbellino de los placeres sensuales, cuyas<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|||IX}}</noinclude>indeclinables consecuencias son el hastío, la vergüenza y el oprobio; quien ha sentido dolor sin consuelo; quien ha llorado sin ser comprendido, sólo extremeciéndose puede acercarse á saludar la tumba de Byron.
Pero Castelar está en muy distinto caso.
El, hombre puro, aristócrata por educacion, demócrata de origen y de sentimientos, con aficion á gustos finos, refractario á todo hábito desordenado, hijo amante, hermano cariñoso, amigo fidelísimo, en los cristalizados despojos del poeta sajon no puede hallar el reflejo de un recuerdo mortificante ó vergonzoso.
Los restos de aquel helado cadáver son para Castelar las hojas carcomidas del triste proceso, que fallado en rebeldía, demanda la apertura solemne de los autos para llenar el derecho imprescriptible de la defensa.
Y Castelar, rebatiendo los cargos, cumple su alta mision como abogado que es de las grandes causas.
Sí, porque justificando á Byron defiende la dolorosa historia de los pueblos de Europa, que es el prolongado calvario de una civilizacion destinada á dar frutos póstumos considerables.
Lord Byron es el Jeremías de los tiempos corrientes: Lord Byron es el Edipo en lucha inaudita contra la fatalidad de las viejas instituciones.
Ama lo imposible, y parece inconstante porque nunca tropieza con el ideal. Herido por el desengaño, todo lo ensaya, el llanto más puro y los actos más groseros; los gustos más exquisitos y los apetitos más torpes. Sueña con la gloria, y recoge el menosprecio; siente lo grande, y se revuelca en el polvo de lo pequeño; le sublima la tristeza, y consume la<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|X}}</noinclude>vida en báquicas carcajadas; lleva en sí el espíritu más levantando de independencia, y se somete al dominio humillante de mujeres despóticas; truena contra el orgullo y la tiranía del privilegio, y de ser dignatario muestra ufanía; se sobrepone á la esterilidad de las costumbres ceremoniosas, y se engalana de raso y frívolos encajes, reflejando en su persona la parte más flaca de esa civilizacion que ha venido agotando las escentricidades de la moda, desde los trajes caprichosos de Eliogábalo hasta la casaca borbada de Luis XIV; quiere escalar, en fin, el Olimpo, sin poder sostenerse en equilibrio porque no se lo permite su cojera.
Nó: no es este nuevo Edipo la simple personificacion de su siglo, sino la suma de una civilizacion gigante llena de ulceraciones cancerosas.
Civilizacion que, amando la ciencia, llega hasta la edad jurídica, y parece inconstante, porque acumula sistemas á sistemas. Herida por el desengaño, todo lo ensaya sin que logre la realizacion de su constante ideal, la ''paz'' y la ''justicia''. Reclama la suavidad de costumbres, la cultura de las formas, la delicadeza de los gustos, y se deja dominar por la voraz codicia, arrastrándose desde las calamidades de la ocupacion bélica, á los desórdenes de la feudalidad, á las catástrofes del agio y de las quiebras fraudulentas; sueña con la gloria, y carga el cañon para descargar miserias; siente lo grande, y amontona reputaciones falsas, cuajando de parásitos la gobernacion de los pueblos; se sublima con lo sério, y enflaquece la virilidad con bacantes y espectáculos de juglares; truena contra el soberbio rigor de las castas, y construye la sociedad en gerarquía de uniformes, hábito viejo de caducidad histórica que se extiende hasta el hijo del pueblo<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|||XI}}</noinclude>cubriendo de bandas y cruces el pecho de Cambaceres; tiene los humos más altos de independencia, y no puede inspirar respecto á la ley sin la aparicion del gendarme; se agita, bulle y revuelve por consegir la prosperidad, y se levanta á sus piés, como la sombra de Hamlet, el espectro aterrador del pauperismo. ¡Ah! los atrevidos hijos del Cáucaso sentaron su planta sobre la zona más estéril y glacial de la tierra, y heridos por las espinas, como el poeta sajon, sobrellevan cada dia con mayor enojo y fatiga su cruel cojera.
El génio superior de Lord Byron todo lo domina ménos la vulgaridad de las inteligencias que le rodean.
El supremo poder de la civilizacion, que arrancando de los Ciclópes y Lestrigones recibió su bautismo en el Areopago Griego, todo lo ha resuelto menos el problema geológico que tiene bajo sus plantas.
Así los Gracos son imposibles en Roma. Donde el hambre terrible hace del voto una mercancía, nunca puede faltar un Pisistrato. El lujo alternando con la miseria, siempre recordará al Capitolio sobre el tugurio. La miseria, sin embargo, no es repulsiva por la pobreza, sino por la grosería. La enseñanza no puede llegar á todos cuando no alcanzan las subsistencias. Sólo la educacion eleva ó degrada á los hombres. Donde hay ignorancia y brutalidad, hay envilecimiento. Porque el pueblo es abyecto existe Tiberio. La nobleza del porvenir ha de ser la aristocracia de la educacion. Estas diferencias sociales no se determinan por las ceremonias de antesala. Los hábitos ceremoniosos solamente afirman las castas.
Ni el mismo eminente repúblico, autor de este libro,<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|XII}}</noinclude>puede sobreponerse á lo que ahoga el pensamiento en Europa por la cargazon atmosférica de tanto recuerdo encarnado en la memoria, tanto interés creado á la sombra del privilegio, tanta preocupacion arraigada en la conciencia, y siente, segun su expresion propia, un tantico de aficion á la tiranía de las costumbres, único dique temporal que la sociedad caduca puede oponer al desbordamiento.
El malestar es inaudito. El poeta sajon sólo encuentra en su pátria un cielo oscuro y helado; unos árboles en esqueleto, secos, despojados de flor y de hoja; un campo duro, áspero y cubierto de escarcha, y vuela en pos de otros lugares más gratos, como remedo vivo de poblacion emigrante, buscando consuelo á su pensamiento en la tristeza de las ruinas, en la sublimidad de las grandes memorias, en la frondosidad de los valles, en la frescura de la fuente, y en la pureza del cielo. Necesitaba el alimento del alma, y encontrando la inspiracion en sus correrías sobre las cenizas calientes aún del pueblo helénico dió con sus cantos del Childe-Harold, que de un salto lo encumbraron á la cima del Parnaso inglés, una obra inmortal al mundo.
Tambien el indómito hijo del Cáucaso, huyendo de las nieves que le niegan el alimento del cuerpo, atraviesa el Oregon, trepa á las montañas pedregosas, y hallando un terreno fértil que le convida con sus frutos codiciados, por obra mágica que al mundo asombra, escribe una página inmortal en la estupenda via del Pacífico.
El génio, para trazar el camino que sigue la inteligencia, levanta de trecho en trecho un monumento de sabiduría. Los pueblos, para señalar el derrotero en que se adelanta la historia, construyen aquí y allá un monumento de arquitec-<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|||XIII}}</noinclude>tura. La naturaleza, anticipándose á los pasos de la humanidad, vomita montañas monumentales en cada zona.
Y es que la naturaleza comulga con el hombre.
Ella es el majestuoso teatro donde se desenvuelve la gran tragedia de los pensamientos, de los trabajos, de los dolores de ese agigantado protagonista, precediendo á las catástrofes sociales los cataclismos geológicos. Ella, al correrse el telon de los tiempos, ornamenta sus espacios de rocas y valles, rios y torrentes, mares y llanuras, como conviene á la grandeza de las situaciones. Ella inmortaliza de antemano los gloriosos períodos de sucesion en el proceso de los siglos, alzando un obelisco á la eterna memoria de los orígenes de la civilizacion en el Himalaya, á los desarrollos de la ciencia y el arte en el San Gotardo, á las esperanzas de lo porvenir en el Chimborazo.
El acto segundo de la tremenda trama es fecundo en accidentes. Constituye el asunto la emancipacion de la ciencia y el arte, contando entre sus mártires á Galileo, Telesfo y Campanela; entre sus metafísicos á Descartes y Locke, iniciadores de la idea en que se cimenta la declaracion de los derechos del hombre; entre sus publicistas á Montesquieu y Filangieri; entre sus filósofos á Kant, Hegel y Krause; entre sus soldados á los héroes ignorados que acudieron voluntariamente á la conscripcion; y á la cabeza de los críticos figura Voltaire, iniciador de la prensa periódica en la ''Enciclopedia''. Pero despues de los cruentos sacrificios, de los mortales desvelos, de la dolorosa tortura y de la sangrienta lucha, al plantear {{corr|definitavente|definitivamente}} el problema, por que tanto se agitaron y combatieron, se encuentran con la miseria embrutecida, en demanda de aquel pedazo de pan<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|XIV}}</noinclude>que la estéril zona, poco ménos que agotada en sus fuerzas productivas, les niega.
Sin embargo, ni la elevacion del concepto, ni la sublimidad del asunto, ni la calidad de los personajes, puede dar un desenlace desgraciado. Pero la magnitud de las situaciones pide más dilatada escena y otra magnificencia en la decoracion. Porque el nuevo Prometeo, personificado en Maury, ya no cabe en las estrecheces del antiguo mundo, destinado como está á sorprender las misteriosas revoluciones de los vientos, á revelar el secreto remolino de las corrientes, á echar la sonda á los abismos agitados y establecer
la arteria épica del pensamiento en el fondo de los mares.
Ah! Si Lord Byron hubiera contemplado este esplendente espectáculo, hubiese comprendido cuán estéril es el combate con el llanto, y cuán fecunda la estupenda lucha trabada con esta naturaleza nueva y salvaje, que se extiende desde el estrecho de Bering al Cabo de Hornos, y que, apartada por inmensas olas de la esquilmada Europa, tiende su reconocida mano á la vieja madre, en alas de los maravillosos recursos del vapor y la electricidad, puestos y sometidos al servicio del hombre. Colocado entónces en el centro, y con los recuerdos vivos de su pátria, hubiera podido el poeta dilatar su mirada ansiosa á derecha y á izquierda, de Baffin á la Patagonia, sin descubrir en tan vastos espacios templos monólitos, esfinges, estátuas, pirámides y obeliscos, que si dan testimonio del arte de tiempos remotos, atestiguan tambien un derecho constituido, un interés legitimado, una dificultad histórica, un obstáculo de preocupacion resistente, que se opone al triunfo de nuevas instituciones. En este colosal teatro no hay otros monumentos que los de la veje-<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|||XV}}</noinclude>tacion asombrosa, donde la zona tórrida, superabundante en materias primas, alimenta el espíritu industrioso de la zona fria; donde los manantiales puros, los rios caudalosos, los torrentes inmensos, fecundan los ricos valles; donde las frutas son espontáneas, el algodon se derrama, la dorada espiga del trigo multiplica la simiente, la caña de azúcar se renueva por sí misma; y donde, en fin, circundan tamaña riqueza bosques seculares de preciosas maderas y cordilleras de rocas en las que alternan el oro y el hierro, el carbon y la plata. Aquí la naturaleza convida á esa gloriosa lucha contra ella para horadar montañas, salvar distancias, ganar la ribera y dilatar el pecho lleno de esperanza, aspirando el aire puro y vivificante que riza la inmensa llanura del Oceano.
Hé aquí el teatro que espera á la civilizacion.
Si Lord Byron hubiera visto todo esto, no se hubiese revolcado en el escepticismo.
Castelar, por el contrario, hombre de fé y de conocimiento, espera; y consagra todas sus fuerzas, todas sus facultades, todo el poderosísimo y arrebatador encanto de su elocuencia, á la causa del progreso, donde quiera que vé ó presiente alguna de sus manifestaciones, que al fin, esa es la cáusa de la humanidad. En ella obran, como contenidos parciales, todas las ideas, todos los sentimientos, todos los dolores, todos los tropiezos, todos los pasos de la civilizacion; y en este sentido, Lord Byron es la síntesis de los elementos amontonados por el esfuerzo de los pueblos europeos, en la hora crítica y suprema de la zozobra, de la confusion, del choque, que se manifiesta en un grito penetrante de duda desgarradora, pero duda sublime, como eclipse momentáneo, para que, por la ley del contraste, aparezca más refulgente<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|XVI}}</noinclude>la inundacion de luz de este sacudimiento intelectual prodigioso que no da tregua al pensamiento ni paz á la mano.
Tal es la epopeya de la inteligencia en olímpica batalla con el dolor.
¡Asunto sublime, al que la ciencia no puede negar sus números, su barómetro y su cuadrante, ni sus cuerdas la lira, la poesía su ritmo y la arquitectura su dovela!
Continúe Castelar cumpliendo su alta mision en la tierra, empeñado en la defensa de tan importante causa, miéntras el más oscuro de sus mejores amigos, le remite un recuerdo de cariño y admiracion en estos muy descompuestos renglones, deseando vivísimamente, que el libro, que los mismos encabezan, derrame en el ánimo de sus numerosos lectores Las impresiones dulcísimas que siente en el actual delicioso momento, entre todos sus apasionados, el más decidido.
(Habana, 20 Diciembre, 1872)
{{d|JOSÉ ROMAN LEAL.}}
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Madai Salas
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<noinclude><pagequality level="3" user="Madai Salas" />{{crv|286|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>Lo que se ha dicho, que si se hubiere pactado con
el reo que no se pediria, compete también al fiador
excepción , se determinó por causa de la persona
del reo, para que no sea demandado por la acción de mandato . Asi pues, si la acción de mandato fuese nula, si acaso hubiere fiado con ánimo de donar, se ha de decir que no aprovecha al fiador la excepción.
'''33.''' CELSO; Digesto, libro I.-Prometió el abuelo dote en nombre de la nieta que tenía de un hijo, y pacto que ni á élni a su hijo se pidiera la
dote; si se pidiese la dote al coheredero del hijo,
este mismo no habrá de quedar ciertamente resguardado con la excepción de la convención, pero
el hijo utilizará válidamente la excepción de la
convención, porque está permitido que se cuide
de los intereses del heredero . Y nada obsta que
se provea tan sólo à los de un heredero, si hubiere sido instituido heredero, y que no se mire por
los de los demás.
'''34.''' MODESTINO; Reglas, libro V.- Es opinión de Juliano, que el derecho de agnación no se puede repudiar por pacto, no de otro modo que si alguno dijera que no quiere ser dueño de si mismo.
'''35.''' EL MISMO; Respuestas, libro II.-Tres hermanos , Ticio, Mevio y Seya, dividieron entre si la herencia común, habiendo formalizado instrumentos, en los que dijeron que habían dividido la herencia materna, y aseguraron que no les habia quedado ninguna cosa común; pero después dos de los hermanos, esto es, Mevio y Seya, que estaban ausentes al tiempo de la muerte de su madre, supieron que por su hermano habia sido sustraido el dinero en oro, del cual ninguna mención se contenia en el instrumento de división; pregunto , ¿después del pacto de división compete à los dos hermanos contra el otro hermano acción por el dinero hurtado? Modestino respondió, que si á los que reclaman por la porción de lo que se dice hurtado por Ticio se les opusiera la excepción del pacto general convenido, los que transigieron ignorando el fraude cometido por Ticio, pueden replicar utilmente por el dolo.
'''36.''' PRÓCULO; Epistolas, libro V.-Si poseyendo
tu un fundo mio, me hubiese convenido contigo
que transmitieras la posesión de él á Accio, vindicando de ti este fundo, no debo ser repelido con la excepción de la convención de otro modo que
si ó ya la hubieses transmitido, ó si por tu causa
se hubiese pactado esto entre nosotros, y no consistiera en ti que no la transmitieses.
'''37.''' PAPIRIO Justo ; De las Constituciones , libro II.-- Los Emperadores Antonino y Vero resolvieron por rescripto, que à un deudor de la República no pueden concederse cantidades por el procurador, y que habiéndose hecho condonaciones à los Filipenses , deben ser éstas revocadas.
'''38.''' PAPINIANO ; Cuestiones, libro II.-El derecho público no puede ser alterado por pactos de
particulares.<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" /></noinclude>{{altura|10em}}
{{c|A mi hermano.|may|x-grande}}
{{altura|2em}}
{{línea|2em}}
{{altura|2em}}
''Hace quince años, mi querido Eduardo, que iluminándome con la luz de tu inteligencia, edificándome con el ejemplo de tus domésticas virtudes, y estimulándome con tu infatigable perseverancia, me trazabaş el camino de la felicidad, que solo se logra por el trabajo y se resuelve en el reposo de una conciencia tranquila.
''Mas bien que hermano, has sido para mi un buen padre: mejor aun que padre, un discreto maestro fomentando mi aficion al arte de la tipografia. A tu direccion y consejo, debo mi subsistencia, la consideracion que a las gentes honradas merezco, y como recompensa de mis afanes, los goces inefables de la familia. No puedo redimir la deuda de gratitud que contigo he contraido, pero procuro hacerme digno de tu estimacion, consagrando todos mis desvelos al progreso de las letras en la Isla de Cuba, por el arte sublime, destinado en la edad moderna á servir de locomotora al pensamiento.
''En este sentido, y como muestra de cariño, te dedico la edicion de este libro, uno de los mas brillantes que ha producido la pluma admirable de tu amigo Castelar.
''Recíbela, si nó como fruto de mi pobre ingenio, como prueba de los nobles esfuerzos de'' {{may|La Propaganda Literaria}}, ''que quiere hoy consagrarte la memoria de tu amante hermano.''
(''Habana'', 23 ''Diciembre'', 1872)
{{d|ALEJANDRO CHAO.}}
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Vida de Lord Byron/Dedicatoria
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Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T1).pdf/353
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Madai Salas
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<noinclude><pagequality level="3" user="Madai Salas" />{{crv|287|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>'''39.''' EL MISMO ; Cuestiones, libro V.--Parece bien á los antiguos, que un pacto obscuro ó ambiguo
perjudique al vendedor, y al que arrendó, en cuya
potestad estuvo consignar más claramente la ley
del contrato .
'''40.''' EL MISMO ; Respuestas, libro I.-Este pacto: <<Confieso que no estás obligado», no se dirige å la persona, sino que, siendo general, tendrá lugar entre los herederos que también litiguen.
§ 1. El que apeló, pactó que no habiendo pagado dentro de cierto dia la cantidad que había transigido,habría de satisfacer lo juzgado, el juez
de la apelación, sin ninguna otra discusión sobre
la causa principal, se atendrá á la justa convención, como de cosa confesada.
§ 2. Después de la división de los bienes y de
las deudas, cada uno de los acreedores aceptó de
cadauno de losherederos, no habiéndose interpuesto delegaciones, los intereses por el todo, como se
habia convenido ; en este caso no se deberán impedir las acciones que contra todos tienen por sus partes, si no ofreciera cada uno á cada acreedor toda la deuda, en conformidad al convenio hecho .
§ 3. El padre que prometió la dote, pactó que
si después de su muerte hubiese fallecido su hija en matrimonio sin hijos, la porción de la dote quedase en su heredero, hermano suyo; esta convención aprovechará por la excepción de dolo á los hijos tenidos después por el suegro y dejados herederos en su testamento, puesto que entre los contratantes se haya convenido esto, que se mire por el interés de los herederos, y en aquel tiempo en que el padre no tuvo otros hijos parezca que confirió á favor de su hermano su última voluntad.
'''41.''' EL MISMO; Respuestas, libro XI. - Aunque
este pacto, «si para tal día me hubieres pagado
parte de la deuda, te daré por recibido lo restante, y te libraré de la obligación» , no tiene acción, es cierto, sin embargo, que compete al deudor la excepción del pacto.
'''42.''' EL MISMO ; Respuestas, libro XVII.-Entre deudor y acreedor se había convenido, que el acreedor no reconociese el gravámen del tributo del predio pignorado, sino que la necesidad de pagarlo
incumbiese al deudor; respondí, que tal convención no se debe guardar en cuanto á la cuenta del fisco, porque no se admitió que por pactos de particulares se destruya la forma del derecho fiscal.
'''43.''' PAULO; Cuestiones , libro V.- En las compras sabemos qué deba hacer el vendedor, y qué, por el contrario, el comprador; pero si al contratar se hubiere exceptuado alguna cosa, deberá observarse.
'''44.''' SCÉVOLA; Respuestas, libro V.-Estando el
pupilo en abstenerse de la herencia del padre, decidió el tutor con la mayoría de los acreedores , que recibiesen cierta porción; lo mismo hicieron con otros los curadores; pregunto, ¿debe acaso también el tutor, que es acreedor del padre , retener la misma porción? Respondi que aquel tutor que llamase a los demás acreedores à una porción,
debe contentarse con la misma parte.<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>'''39.''' EL MISMO ; Cuestiones, libro V.--Parece bien á los antiguos, que un pacto obscuro ó ambiguo
perjudique al vendedor, y al que arrendó, en cuya
potestad estuvo consignar más claramente la ley
del contrato.
'''40.''' EL MISMO ; Respuestas, libro I.-Este pacto: <<Confieso que no estás obligado», no se dirige å la persona, sino que, siendo general, tendrá lugar entre los herederos que también litiguen.
§ 1.-El que apeló, pactó que no habiendo pagado dentro de cierto dia la cantidad que había transigido,habría de satisfacer lo juzgado, el juez
de la apelación, sin ninguna otra discusión sobre
la causa principal, se atendrá á la justa convención, como de cosa confesada.
§ 2.-Después de la división de los bienes y de
las deudas, cada uno de los acreedores aceptó de
cadauno de losherederos, no habiéndose interpuesto delegaciones, los intereses por el todo, como se
habia convenido ; en este caso no se deberán impedir las acciones que contra todos tienen por sus partes, si no ofreciera cada uno á cada acreedor toda la deuda, en conformidad al convenio hecho .
§ 3.-El padre que prometió la dote, pactó que
si después de su muerte hubiese fallecido su hija en matrimonio sin hijos, la porción de la dote quedase en su heredero, hermano suyo; esta convención aprovechará por la excepción de dolo á los hijos tenidos después por el suegro y dejados herederos en su testamento, puesto que entre los contratantes se haya convenido esto, que se mire por el interés de los herederos, y en aquel tiempo en que el padre no tuvo otros hijos parezca que confirió á favor de su hermano su última voluntad.
'''41.''' EL MISMO; Respuestas, libro XI. - Aunque
este pacto, «si para tal día me hubieres pagado
parte de la deuda, te daré por recibido lo restante, y te libraré de la obligación» , no tiene acción, es cierto, sin embargo, que compete al deudor la excepción del pacto.
'''42.''' EL MISMO ; Respuestas, libro XVII.-Entre deudor y acreedor se había convenido, que el acreedor no reconociese el gravámen del tributo del predio pignorado, sino que la necesidad de pagarlo
incumbiese al deudor; respondí, que tal convención no se debe guardar en cuanto á la cuenta del fisco, porque no se admitió que por pactos de particulares se destruya la forma del derecho fiscal.
'''43.''' PAULO; Cuestiones , libro V.- En las compras sabemos qué deba hacer el vendedor, y qué, por el contrario, el comprador; pero si al contratar se hubiere exceptuado alguna cosa, deberá observarse.
'''44.''' SCÉVOLA; Respuestas, libro V.-Estando el
pupilo en abstenerse de la herencia del padre, decidió el tutor con la mayoría de los acreedores , que recibiesen cierta porción; lo mismo hicieron con otros los curadores; pregunto, ¿debe acaso también el tutor, que es acreedor del padre , retener la misma porción? Respondi que aquel tutor que llamase a los demás acreedores à una porción,
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Página:Retratos históricos - IA retratoshistric01castgoog.djvu/52
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|42|EMILIO CASTELAR.|}}
{{línea}}</noinclude>aureas, mal envueltas entre los festones de plantas parietarias y bien ceñidas por los escalonados cármenes de oriental belleza; los cenadores del Generalife con sus artesonados de cedros y sus ajimeces de mármol, que los naranjales perfuman de su azahar, los surtidores animan con su rumor y los cipreses poetizan con su sombra; las albercas de cristal, donde se retratan los metálicos azulejos y los estrellados alhamies; las estancias asiáticas, por cuyas estalactitas multicolores vuelan aún las elegías amorosas, sostenidas en los arpegios de los ruiseñores y de la guzla; el volcan extinto de Sierra Elvira, el pebetero inmenso de las vegas, la confluencia música del Darro y el Genil, los venecianos cristales de Sierra Nevada, juntamente con los recuerdos de las guerras épicas y las asonancias del Romancero árabe, y las palabras de Fray Luis y de Mendoza, y los cuadros de Alonso Cano, y los enterramientos de Fernando é Isabel, y los términos de la cruzada católica, y los comienzos de la vírgen América, y el combate de los zegríes, y el duelo de los abencerrajes, y el secreto de las inscripciones históricas orientales en los patios de la Alhambra, y el espectro de las guerras religiosas en los desfiladeros de las Alpujarras; tantas y tales grandezas obligan á respirar con el aire y á beber con el agua grandes pensamientos.<noinclude></noinclude>
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{{línea}}</noinclude>aureas, mal envueltas entre los festones de plantas parietarias y bien ceñidas por los escalonados cármenes de oriental belleza; los cenadores del Generalife con sus artesonados de cedros y sus ajimeces de mármol, que los naranjales perfuman de su azahar, los surtidores animan con su rumor y los cipreses poetizan con su sombra; las albercas de cristal, donde se retratan los metálicos azulejos y los estrellados alhamies; las estancias asiáticas, por cuyas estalactitas multicolores vuelan aún las elegías amorosas, sostenidas en los arpegios de los ruiseñores y de la guzla; el volcan extinto de Sierra Elvira, el pebetero inmenso de las vegas, la confluencia música del Darro y el Genil, los venecianos cristales de Sierra Nevada, juntamente con los recuerdos de las guerras épicas y las asonancias del Romancero árabe, y las palabras de Fray Luis y de Mendoza, y los cuadros de Alonso Cano, y los enterramientos de Fernando é Isabel, y los términos de la cruzada católica, y los comienzos de la vírgen América, y el combate de los zegríes, y el duelo de los abencerrajes, y el secreto de las inscripciones históricas orientales en los patios de la Alhambra, y el espectro de las guerras religiosas en los desfiladeros de las Alpujarras; tantas y tales grandezas obligan á respirar con el aire y á beber con el agua grandes pensamientos.
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{{línea}}</noinclude>La revolucion del cincuenta y cuatro sorprendió á Moreno Nieto en el estudio y contemplacion de estas inscripciones. Desde allí salió para las Córtes Constituyentes, de las Córtes pasó á la Universidad Central, de la Universidad Central á tantas academias y corporaciones científicas donde ha elevado su palabra y extendido su espíritu. Débil de complexion, pálido de color, delicado de salud, corto de aliento, falto de voz, extraño en sus ademanes, incorrecto en su pronunciacion; los nervios acerados lo auxiliaban por tan maravillosa manera con su electricidad magnética y con su tension constante, que vencia todos los obstáculos y lanzaba en maravillosas improvisaciones, las cuales concluian por aturdiros como una erupcion volcánica, todos los relámpagos, todos los rayos, todas las lavas del volcan de ideas que lleva en su vasta mente nuestro titánico y tormentoso siglo. Interesábale por igual toda la universalidad de las cosas, y decia pensamientos y juicios erróneos unas veces, verdaderos otras, pero propios todos á despertar en los corazones el sentimiento de lo bello, y en las inteligencias los conceptos de lo verdadero y de lo justo. Lo mismo disertaba sobre las celdillas de los gérmenes, objeto de innumerables discusiones en las escuelas fisiológicas, que sobre los puntos matemáticos y los átomos primitivos, objeto de innume-<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|44|EMILIO CASTELAR.|}}
{{línea}}</noinclude>rables disertaciones en las escuelas metafísicas. Para demostrar lo indemostrable penetraba en las matemáticas y ponia el dedo sobre los axiomas, imposibles de demostrar, que prestan sus raíces á todos los teoremas vigorosos y exactos. El orígen de las especies tanto le absorbia y embargaba como el origen de las ideas. Seguia por la inmensidad, en vuelo constante, el eterno curso de la idea hegeliana, que lleva en un extremo la vaguedad del sér esencial ó abstracto, y en otro extremo la plenitud del sér diversificado y concreto, al par que observaba la escuela contemporánea, sacando de una vértebra semejante á una línea todos los vertebrados y siguiendo la serie de los organismos, desde el mísero infusorio al humano cerebro. Y á este doctor Fausto no le tentó nunca en su laboratorio alquímico perpétuo ni el placer, ni la ambicion, ni el oro, ninguno de los demonios diseminados por los límites donde la virtud se estrella y el mal comienza.
Pero lo ha extinguido la muerte sin piedad y lo ha entregado al eterno silencio, que no responde á ninguna de nuestras preguntas. Acabamos de ver el cerebro bajo los paños tristes, inmóvil y frio como las piedras sepulcrales, sin voz y sin palabra en los labios, sin conciencia y sin pensamiento en las concavidades, y apénas lo hemos creido, á pesar de presentarlo con destellos de otro mun-<noinclude></noinclude>
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{{línea}}</noinclude>do los cirios funerarios á nuestros ojos arrasados de lágrimas. Pensad y creed; abrid las dos alas del espíritu hasta cubrir con ellas, como el azul de los cielos, toda la inmensidad; pareceos á los ángeles venidos de lo infinito á depositar el verbo creador en los mundos cansados de su larga carrera, y á llevar á los eternos arquetipos la oracion universal difundida como el éter en todos los espacios; anotad los conciertos formados por el espíritu y por la Naturaleza para abrir los oidos á las armonías celestiales y los ojos á la luz increada; elevad lo real hasta convertirlo en sublime idealidad y traed lo ideal hasta convertirlo en realidad; sed poeta, pensador, artista, sacerdote de las inspiraciones divinas, legislador de las almas inmortales, para que luégo cuatro sorbos de cualquier brevaje ó tres onzas de cualquier alimento se os detengan más de lo debido en el estómago y pudran y corrompan lo que no cabia ni en el tiempo ni en la eternidad. Como todo lo improvisaba, el infeliz ha muerto de improviso tambien.
La eterna enemiga del hombre lo atisbaba como la serpiente al pajarillo; lo seguia sin descanso mirándolo hasta fascinarlo muchas veces con sus ojos fosfóricos; lo atormentaba á golpes de dolor y asaltos de enfermedad para recordarle como estaba sujeto á su dominio hasta en los arrebatos del misticismo lírico; lo perdia de vista muchas<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" />{{CP|46|EMILIO CASTELAR.|}}
{{línea}}</noinclude>veces cuando en sus vuelos se trocaba en algo de ideal, como la oropéndola del campo se confunde con el sol de la mañana y la hoguera del monte con el astro de la tarde; lo dejaba libre en algunos instantes; y cuando más descuidado parecia, lo atisba, lo acecha, lo coge y lo acaba con sólo apretar entre los dedos del esqueleto eterno la más trabajada y más débil de todas sus entrañas. Cuán miserable nuestra humanidad, y cómo el fuego de un alma, prendido al cuerpo á manera que á la luciérnaga el fósforo, se apaga y extingue pronto en el humo de ilusiones mentidas y de frustradas esperanzas.
Pero ¡ah! que sin la muerte no tendria ningun problema explicacion en el Universo. No hay palabra tan elocuente como su silencio, ni amor tan ardoroso como su frialdad, ni luz tan reveladora como sus tinieblas, ni mundos tan poblados como sus copos de nieve, ni ráfagas tan calientes, ni rayos tan vivificadores como sus huracanes de ceniza. Suprimidla, y habeis suprimido el dolor, el heroísmo, el martirio, el arte, el misterio, todo cuanto hay de divino en el Universo. Suprimidla, y habréis suprimido la renovacion de las especies y de las creencias, el perpétuo rejuvenecimiento de la humanidad y del planeta. Suprimidla, y habréis suprimido para vosotros mismos la hora suprema de la reparacion y de la justicia. El espíritu escu-<noinclude></noinclude>
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{{línea}}</noinclude>driñador é impuesto que acaba de irse, habrá satisfecho su eterna curiosidad. Sí, habrá visto que nuestras raíces materiales se pierden aquí en los seres inferiores y áun extintos, llevan cal y carbono como el último de los organismos, en tanto que la obra de nuestro espíritu, el derecho, el arte, la religion, la ciencia, frisan con la eternidad, apareciendo nuestro mundo á manera de inmenso catafalco, cuyos fundamentos están compuestos de granito, y cuya cúspide termina en Dios.
Y el anhelo de su alma por saber, satisfecho ahora, le habrá explicado el enigma de Hamlet y de Job, el enigma de la muerte. Ya tendrá la incógnita de todos los problemas que han atormentado su inteligencia. Ya sabrá por qué la luz se trasmuta en calor, y el calor en electricidad, y la electricidad en magnetismo, y todos estos flúidos en fuerza, y la fuerza en movimiento; sabrá por qué todas las cosas se corresponden como los matices del prisma con los tonos de la escala, y por qué todos los seres se aman como las lunas aman á sus planetas y las tierras frias á su sol espléndido; sabrá por qué las olas crecen como si las moviera un deseo, y las estrellas lucen como si las dorára una idea, y las esferas cantan como si las concertasen para una sinfonía sin fin, y las flores huelen á incienso como si nacieran al pié de invisibles altares, y las aves entonan en sus sonatas<noinclude></noinclude>
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{{línea}}</noinclude>un hosanna inextinguible, y los hombres levantan por todas las alturas templos en cuyos suelos descansan los buenos esperando la resurreccion universal, y por cuyas cimas vuelan las oraciones incesantes en la seguridad de llegar hasta la vision beatífica del Eterno. Y allá, en las cimas del ideal realizado intercederá por nosotros, para que al terminarse los pocos dias de vida que nos restan, muramos tan queridos y llorados como él ha muerto, descansando nuestra cabeza y nuestro corazon á una en la esperanza de que habrémos de ver allá, en el cielo, la verdad absoluta, y de cumplir aquí, en el mundo, una parte no más, pero una parte cognoscible de la eterna justicia.
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Historia de la esclavitud de la raza africana en el nuevo mundo y en especial en los países américo-hispanos
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#REDIRECCIÓN [[Historia de la esclavitud de la raza africana en el nuevo mundo y en especial en los países américo-hispanos (Volumen 1)]]
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Historia de la esclavitud de la raza africana en el nuevo mundo y en especial en los países américo-hispanos (Volumen 2)/Libro IV
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Historia de la esclavitud de la raza africana en el nuevo mundo y en especial en los países américo-hispanos (Volumen 2)/Libro V
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Historia de la esclavitud de la raza africana en el nuevo mundo y en especial en los países américo-hispanos (Volumen 2)/Libro VI
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Historia de la esclavitud de la raza africana en el nuevo mundo y en especial en los países américo-hispanos (Volumen 2)
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Elultimolicantropo
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[[Categoría:Historia]]
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Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T1).pdf/354
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<noinclude><pagequality level="3" user="Madai Salas" />{{crv|288|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>45. HERMOGENIANO ; Epitome del Derecho, libro II.-El pacto de división, si no tuviese efecto
por la tradición ó la estipulación, como nudo pacto,no podrá aprovechar á nadie para una acción.
46. TRIFONINO; Disputas, libro II.-El pacto
hecho entre un heredero y un legatario para que
por este no se reciba fianza, como en los Semestres se incluyó una constitución del Divino Marco,
para que también en esto se guarde la voluntad
del difunto-, consta que es válido; y la fianza dispensada por pacto al heredero por el legatario no debe revocarse por el arrepentimiento, como quiera que sea licito hacer de peor condición la persecución de su derecho, ó la esperanza de la futura percepción.
47. SCÉVOLA; Digesto, libro I.-El comprador
de un predio habia afianzado y prometido al estipulante que pagaria veinte; después el vendedor
dió caución de haber convenido para si que se
contentaria con trece, y que éstos los recibiria
dentro del tiempo prefijado ; demandado el deudor
para el pago de ellos, pactó, que si no hubiesen
sido pagados dentro del término prefijado, se le
reclamase por la primera caución; se preguntó ,
¿no habiéndose satisfecho con arreglo al pacto
posterior , puede acaso pedirse todo el débito en
virtud de la primera caución? Respondi que se podia, según las circunstancias que se proponían.
§ 1. Lucio Ticio constituyó deudor suyo al
cambista Cayo Seyo, con quien tenia cuenta sin
liquidar por cargo y data, y recibió de él una carta en estos términos: «Por la cuenta de cambio
que conmigo tuviste hasta este día, de muchisimos
contratos quedaron en mi poder para mi mesa de
cambio trescientos ochenta y seis, y los intereses
que hubieren correspondido; cuyasuma de aureos,
que sin resguardo tienes en mi poder, te reembolsaré, si se tuviere por nulo y cancelado cualquier documento por ti librado, esto es, escrito, de cualquier cantidad, que por cualquier causa quedó en mi poder» . Se preguntó, habiendo Lucio Ticio mandado antes de este escrito al cambista Seyo , que entregara trescientos á su patrono, ¿acaso por aquellas palabras de la carta, con las que se aseguró que se tendrían por nulas y canceladas todas las obligaciones procedentes de cualquier contrato, no pueden ni él mismo, ni sus hijos ser demandados por este titulo? Respondi, que si tan sólo se hubiese computado la cuenta de lo recibido y de lo pagado, las demás obligaciones quedaban en su vigor .
48. GAYO; Comentarios á la ley de las Doce Tablas, libro III.-Es evidentisimo que es válido todo lo que se hubiere pactado en el acto de entregarse las cosas .
49. ULPIANO ; Comentarios á Sabino, libro
XXXVI. Si alguno hubiere prestado una cantidad, y pactado demandar tan sólo por aquello que el deudor pueda pagar, ¿valdrá acaso el pacto? Y es más cierto que vale este pacto; porque no es
inmoral, aunque alguno deseara ser demandado
sólo hasta donde alcancen sus facultades .<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T1).pdf/355
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{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>50. EL MISMO ; Comentarios à Sabino, libro XLII. - No considero imposible en los contratos de depósito, comodato y arrendamiento, y en otros
semejantes , este pacto: <no hagas ladrón á mi es->>clavo » , esto es, no solicites que se haga ladrón, que sea fugitivo , ni desatiendas al esclavo de suerte que se convierta en ladrón; porque asi como tiene lugar la acción de esclavo corrompido, así también puede tener lugar este pacto, que se encamina á que no se corrompa á los esclavos .
51. EL MISMO ; Comentarios al Edicto, libro
XXVI.- Si juzgando tú que por causa de un legado debes pactar con tu deudor, hubiere pactado éste, que no le pidieras , ni el deudor se libra
por el mismo derecho, ni repelerá al demandante
con la excepción de la convención, según escribe
Celso en su vigésimo libro.
§ 1. El mismo escribe en dicho lugar, que si
mandaste á tu deudor que pagase á Ticio, á quien
erradamente crees deber un legado, y el deudor hubiere pactado con Ticio, constituido deudor suyo, ni se ha extinguido para ti la acción contra tu
deudor, ni para aquel contra el suyo.
52. EL MISMO; Opiniones, libro I.- La carta,
con la que alguien aseguró que otro era su coheredero, no dará ningún derecho de petición contra los poseedores de los bienes de la herencia.
§ 1. Si entre un deudor y aquel que , como si
realizase un negocio del deudor, hubiere comprado del acreedor el fundo pignorado, se pacto , que
habida compensación de los frutos y pagado el
resto que se adeudare, se restituyese el fundo al
deudor; aun el heredero debe prestar cumplimiento al pacto que hizo el difunto .
§ 2.-El pacto de que si el acreedor hubiese pagado algunas cantidades por los tributosimpuestos
al predio dado en prenda, las cobraria del deudor,
y de que el deudor satisfaria los tributos del mismo predio , esjusto, y por lo tanto debe guardarse.
§ 3. Con los que iban a querellarse contra el testamento inoficioso del padre pactó el heredero,
que se les daria cierta cantidad mientras él vivie-
se ; se reclamaba que este pacto se extendiese á
una prestación perpétua; se resolvió por rescripto,
que tal deseo no era admisible ni por derecho alguno, ni por equidad.
53. EL MISMO ; Opiniones , libro IV.-Es ciertamente licito prorrogar al litigante el pago de los
gastos ; mas no es licito pactar que no se restituya con los intereses permitidos la cantidad gastada con tal motivo , sino la mitad de lo que se hubiere entregado á consecuencia de aquel pleito .
54. SCÉVOLA nota en Juliano , al libro XXII del Digesto :-Si yo hubiere pactado que no reclamaré el esclavo Stico, que se me debia, no se entiende que se me causa mora; y muerto Stico, juzgo que no está obligado el deudor, que antes del pacto no habia incurrido en mora .
55. [54.] JULIANO; Digesto, libro XXXV. Si el
deudor fuese usufructuario , y pactare el esclavo,<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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semejantes , este pacto: <no hagas ladrón á mi es->>clavo » , esto es, no solicites que se haga ladrón, que sea fugitivo , ni desatiendas al esclavo de suerte que se convierta en ladrón; porque asi como tiene lugar la acción de esclavo corrompido, así también puede tener lugar este pacto, que se encamina á que no se corrompa á los esclavos .
51. EL MISMO ; Comentarios al Edicto, libro
XXVI.- Si juzgando tú que por causa de un legado debes pactar con tu deudor, hubiere pactado éste, que no le pidieras , ni el deudor se libra
por el mismo derecho, ni repelerá al demandante
con la excepción de la convención, según escribe
Celso en su vigésimo libro.
§ 1. El mismo escribe en dicho lugar, que si
mandaste á tu deudor que pagase á Ticio, á quien
erradamente crees deber un legado, y el deudor hubiere pactado con Ticio, constituido deudor suyo, ni se ha extinguido para ti la acción contra tu
deudor, ni para aquel contra el suyo.
52. EL MISMO; Opiniones, libro I.- La carta,
con la que alguien aseguró que otro era su coheredero, no dará ningún derecho de petición contra los poseedores de los bienes de la herencia.
§ 1. Si entre un deudor y aquel que , como si
realizase un negocio del deudor, hubiere comprado del acreedor el fundo pignorado, se pacto , que
habida compensación de los frutos y pagado el
resto que se adeudare, se restituyese el fundo al
deudor; aun el heredero debe prestar cumplimiento al pacto que hizo el difunto .
§ 2.-El pacto de que si el acreedor hubiese pagado algunas cantidades por los tributosimpuestos
al predio dado en prenda, las cobraria del deudor,
y de que el deudor satisfaria los tributos del mismo predio , esjusto, y por lo tanto debe guardarse.
§ 3. Con los que iban a querellarse contra el testamento inoficioso del padre pactó el heredero,
que se les daria cierta cantidad mientras él vivie-
se ; se reclamaba que este pacto se extendiese á
una prestación perpétua; se resolvió por rescripto,
que tal deseo no era admisible ni por derecho alguno, ni por equidad.
53. EL MISMO ; Opiniones , libro IV.-Es ciertamente licito prorrogar al litigante el pago de los
gastos ; mas no es licito pactar que no se restituya con los intereses permitidos la cantidad gastada con tal motivo , sino la mitad de lo que se hubiere entregado á consecuencia de aquel pleito .
54. SCÉVOLA nota en Juliano , al libro XXII del Digesto :-Si yo hubiere pactado que no reclamaré el esclavo Stico, que se me debia, no se entiende que se me causa mora; y muerto Stico, juzgo que no está obligado el deudor, que antes del pacto no habia incurrido en mora .
55. [54.] JULIANO; Digesto, libro XXXV. Si el
deudor fuese usufructuario , y pactare el esclavo,<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>'''50.''' EL MISMO;Comentarios à Sabino, libro XLII. - No considero imposible en los contratos de depósito, comodato y arrendamiento, y en otros
semejantes , este pacto: <no hagas ladrón á mi es->>clavo » , esto es, no solicites que se haga ladrón, que sea fugitivo , ni desatiendas al esclavo de suerte que se convierta en ladrón; porque asi como tiene lugar la acción de esclavo corrompido, así también puede tener lugar este pacto, que se encamina á que no se corrompa á los esclavos .
'''51.''' EL MISMO ; Comentarios al Edicto, libro
XXVI.- Si juzgando tú que por causa de un legado debes pactar con tu deudor, hubiere pactado éste, que no le pidieras , ni el deudor se libra
por el mismo derecho, ni repelerá al demandante
con la excepción de la convención, según escribe
Celso en su vigésimo libro.
§ 1. El mismo escribe en dicho lugar, que si
mandaste á tu deudor que pagase á Ticio, á quien
erradamente crees deber un legado, y el deudor hubiere pactado con Ticio, constituido deudor suyo, ni se ha extinguido para ti la acción contra tu
deudor, ni para aquel contra el suyo.
'''52.''' EL MISMO; Opiniones, libro I.- La carta,
con la que alguien aseguró que otro era su coheredero, no dará ningún derecho de petición contra los poseedores de los bienes de la herencia.
§ 1. Si entre un deudor y aquel que , como si
realizase un negocio del deudor, hubiere comprado del acreedor el fundo pignorado, se pacto , que
habida compensación de los frutos y pagado el
resto que se adeudare, se restituyese el fundo al
deudor; aun el heredero debe prestar cumplimiento al pacto que hizo el difunto .
§ 2.-El pacto de que si el acreedor hubiese pagado algunas cantidades por los tributosimpuestos
al predio dado en prenda, las cobraria del deudor,
y de que el deudor satisfaria los tributos del mismo predio , esjusto, y por lo tanto debe guardarse.
§ 3. Con los que iban a querellarse contra el testamento inoficioso del padre pactó el heredero,
que se les daria cierta cantidad mientras él vivie-
se ; se reclamaba que este pacto se extendiese á
una prestación perpétua; se resolvió por rescripto,
que tal deseo no era admisible ni por derecho alguno, ni por equidad.
'''53.''' EL MISMO ; Opiniones , libro IV.-Es ciertamente licito prorrogar al litigante el pago de los
gastos ; mas no es licito pactar que no se restituya con los intereses permitidos la cantidad gastada con tal motivo , sino la mitad de lo que se hubiere entregado á consecuencia de aquel pleito .
'''54.''' SCÉVOLA nota en Juliano , al libro XXII del Digesto :-Si yo hubiere pactado que no reclamaré el esclavo Stico, que se me debia, no se entiende que se me causa mora; y muerto Stico, juzgo que no está obligado el deudor, que antes del pacto no habia incurrido en mora .
'''55.''' [54.] JULIANO; Digesto, libro XXXV. Si el
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{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>'''50.''' EL MISMO;Comentarios à Sabino, libro XLII. - No considero imposible en los contratos de depósito, comodato y arrendamiento, y en otros
semejantes , este pacto: <no hagas ladrón á mi es->>clavo » , esto es, no solicites que se haga ladrón, que sea fugitivo , ni desatiendas al esclavo de suerte que se convierta en ladrón; porque asi como tiene lugar la acción de esclavo corrompido, así también puede tener lugar este pacto, que se encamina á que no se corrompa á los esclavos .
'''51.''' EL MISMO ; Comentarios al Edicto, libro
XXVI.- Si juzgando tú que por causa de un legado debes pactar con tu deudor, hubiere pactado éste, que no le pidieras , ni el deudor se libra
por el mismo derecho, ni repelerá al demandante
con la excepción de la convención, según escribe
Celso en su vigésimo libro.
§ 1.-El mismo escribe en dicho lugar, que si
mandaste á tu deudor que pagase á Ticio, á quien
erradamente crees deber un legado, y el deudor hubiere pactado con Ticio, constituido deudor suyo, ni se ha extinguido para ti la acción contra tu
deudor, ni para aquel contra el suyo.
'''52.''' EL MISMO; Opiniones, libro I.- La carta,
con la que alguien aseguró que otro era su coheredero, no dará ningún derecho de petición contra los poseedores de los bienes de la herencia.
§ 1. Si entre un deudor y aquel que , como si
realizase un negocio del deudor, hubiere comprado del acreedor el fundo pignorado, se pacto , que
habida compensación de los frutos y pagado el
resto que se adeudare, se restituyese el fundo al
deudor; aun el heredero debe prestar cumplimiento al pacto que hizo el difunto .
§ 2.-El pacto de que si el acreedor hubiese pagado algunas cantidades por los tributosimpuestos
al predio dado en prenda, las cobraria del deudor,
y de que el deudor satisfaria los tributos del mismo predio , esjusto, y por lo tanto debe guardarse.
§ 3.- Con los que iban a querellarse contra el testamento inoficioso del padre pactó el heredero,
que se les daria cierta cantidad mientras él vivie-
se ; se reclamaba que este pacto se extendiese á
una prestación perpétua; se resolvió por rescripto,
que tal deseo no era admisible ni por derecho alguno, ni por equidad.
'''53.''' EL MISMO ; Opiniones , libro IV.-Es ciertamente licito prorrogar al litigante el pago de los
gastos ; mas no es licito pactar que no se restituya con los intereses permitidos la cantidad gastada con tal motivo , sino la mitad de lo que se hubiere entregado á consecuencia de aquel pleito .
'''54.''' SCÉVOLA nota en Juliano , al libro XXII del Digesto :-Si yo hubiere pactado que no reclamaré el esclavo Stico, que se me debia, no se entiende que se me causa mora; y muerto Stico, juzgo que no está obligado el deudor, que antes del pacto no habia incurrido en mora .
'''55.''' [54.] JULIANO; Digesto, libro XXXV. Si el
deudor fuese usufructuario , y pactare el esclavo,<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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/* No corregido */ Página creada con «INDICE Págs. Libro IV. (Continuación). — Proyecto de asiento de ne- gros con alemanes. — Asiento de negros con Cris- tóbal Francisquini. — La Española pide negros. — Corsarios franceses. — Vadillo y sus correrías. — Cons- piración de negros en Nueva España. — Quejas de la Contratación de Sevilla. — Corsarios en la Española. — Alzamiento de negros en Cuba. — Negros del Bra- sil en Puerto Rico. — Instrucción religiosa a matri-…»
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Págs.
Libro IV. (Continuación). — Proyecto de asiento de ne-
gros con alemanes. — Asiento de negros con Cris-
tóbal Francisquini. — La Española pide negros. —
Corsarios franceses. — Vadillo y sus correrías. — Cons-
piración de negros en Nueva España. — Quejas de la
Contratación de Sevilla. — Corsarios en la Española.
— Alzamiento de negros en Cuba. — Negros del Bra-
sil en Puerto Rico. — Instrucción religiosa a matri-
monios de algunos negros esclavos. — Incremento del
negro en el Perú. — Inútil restricción para la entra-
da de negros en Indias. — Portugueses importadores
de esclavos. — 'Protección al esclavo. — Peticiones de
la Española para importar negros. — Nuevas recla-
maciones contra el monopolio de Sevilla.— Asiento
con los Torres. — Corrupción de los negros en el Perú
y la Española. — Muchedumbre de vacas en la Es-
pañola. — Población de Cuba cuando la visitó el
obispo Sarmiento. — Nuevos alzamientos de negros
en la Española, y temores del gobierno. — Carestía
de comestibles en la Española. — Nuevos alzamientos
de negros en el Continente. — Peste en Nueva Espa-
ña. — Embriaguez de indios y negros. — Primer in.
genio en Cuba. — Repítense los alzamientos de
negros. — Renuévase la expulsión de ciertos esclavos.<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="1" user="Elultimolicantropo" /></noinclude>INDICE
Págs.
Libro IV. (Continuación). — Proyecto de asiento de negros con alemanes. — Asiento de negros con Cristóbal Francisquini. — La Española pide negros. — Corsarios franceses. — Vadillo y sus correrías. — Conspiración de negros en Nueva España. — Quejas de la Contratación de Sevilla. — Corsarios en la Española.
— Alzamiento de negros en Cuba. — Negros del Brasil en Puerto Rico. — Instrucción religiosa a matrimonios de algunos negros esclavos. — Incremento del negro en el Perú. — Inútil restricción para la entrada de negros en Indias. — Portugueses importadores de esclavos. — Protección al esclavo. — Peticiones de la Española para importar negros. — Nuevas reclamaciones contra el monopolio de Sevilla.— Asiento con los Torres. — Corrupción de los negros en el Perú y la Española. — Muchedumbre de vacas en la Española. — Población de Cuba cuando la visitó el obispo Sarmiento. — Nuevos alzamientos de negros
en la Española, y temores del gobierno. — Carestía de comestibles en la Española. — Nuevos alzamientos de negros en el Continente. — Peste en Nueva España. — Embriaguez de indios y negros. — Primer ingenio en Cuba. — Repítense los alzamientos de negros. — Renuévase la expulsión de ciertos esclavos.<noinclude></noinclude>
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Página:Historia de la esclavitud de la raza africana en el nuevo mundo y en especi - Volumen 2 - IA historiadelaescl02saco.djvu/308
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/* No corregido */ Página creada con «298 HISTORIA DE LA ESCLAVITUD Págs. — Negociaciones sobre negros entre España y Portu- gal. — Reclamación de la Española contra la venta de negros sin tarifa. — Petición de Angulo, gobernador de Cuba. — Extranjeros. — Consultas del Consejo de indias. — Ordenanzas para los negros en el Perú y en otras partes. — Vestidos y armas. — 'Negros arma, dos en las guerras civiles. — Introducción anual de negros en la Española. — Huracán…»
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<noinclude><pagequality level="1" user="Elultimolicantropo" /></noinclude>298
HISTORIA DE LA ESCLAVITUD
Págs.
— Negociaciones sobre negros entre España y Portu-
gal. — Reclamación de la Española contra la venta de
negros sin tarifa. — Petición de Angulo, gobernador
de Cuba. — Extranjeros. — Consultas del Consejo de
indias. — Ordenanzas para los negros en el Perú y
en otras partes. — Vestidos y armas. — 'Negros arma,
dos en las guerras civiles. — Introducción anual de
negros en la Española. — Huracán y carestía en ella.
— Alzamiento de negros en Venezuela y en Panamá
— Capitulación con los alzados. — Temores en Nueva
España. — Rebelión de Hernández Girón. — Apuros de
Carlos I y licencias de negros. — Capitulación con
Fernando de Ochoa, y oposición a ella. — Deplorable
estado de la Española y de Cuba. — Memorial del
Perú. — Tarifa general para los negros.- — Medidas
contra su contrabando. — El pirata Hawkins en la
Española. — Hijos de españoles habidos en sus escla-
vas. — Capitulación sobre las Floridas, y labradores
portugueses para la Española. — Revocación tácita
de la Cédula de 11 de Mayo de 1526. — Matrimonios
de españoles con negras y mulatas. — Aumento del
almojarifazgo. — Tributo general sobre la raza afri-
cana. — No siempre fué cruel la esclavitud de los
negros en la América española. — El corsario
Drake. — Providencias generales contra negros pró-
fugos. — Ocultación de negros y soldados. — Diferen-
tes razas y castas en América. — Albinos. — Caso raro .
citado por Gumilla. — Concilio Mejicano. — Españoles
que condenaron el tráfico de negros y aún la escla-
vitad en el siglo XVI. — Casas, Mercado y Albornoz. 1
Libro V. — Portugal bajo el cetro de Felipe II. — Asien-
to con Gaspar Peralta. — Continuación de licencias.
— Aumento de negros en el Perú. — Asiento con Gó-
mez Reynel. — Archipiélago de Filipinas. — Comercio<noinclude></noinclude>
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Elultimolicantropo
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="1" user="Elultimolicantropo" /></noinclude>Págs.
— Negociaciones sobre negros entre España y Portugal. — Reclamación de la Española contra la venta de negros sin tarifa. — Petición de Angulo, gobernador de Cuba. — Extranjeros. — Consultas del Consejo de indias. — Ordenanzas para los negros en el Perú y en otras partes. — Vestidos y armas. — Negros armados en las guerras civiles. — Introducción anual de negros en la Española. — Huracán y carestía en ella.
— Alzamiento de negros en Venezuela y en Panamá — Capitulación con los alzados. — Temores en Nueva España. — Rebelión de Hernández Girón. — Apuros de Carlos I y licencias de negros. — Capitulación con Fernando de Ochoa, y oposición a ella. — Deplorable estado de la Española y de Cuba. — Memorial del
Perú. — Tarifa general para los negros.— Medidas contra su contrabando. — El pirata Hawkins en la Española. — Hijos de españoles habidos en sus esclavas. — Capitulación sobre las Floridas, y labradores portugueses para la Española. — Revocación tácita de la Cédula de 11 de Mayo de 1526. — Matrimonios de españoles con negras y mulatas. — Aumento del
almojarifazgo. — Tributo general sobre la raza africana. — No siempre fué cruel la esclavitud de los negros en la América española. — El corsario Drake. — Providencias generales contra negros prófugos. — Ocultación de negros y soldados. — Diferentes razas y castas en América. — Albinos. — Caso raro .
citado por Gumilla. — Concilio Mejicano. — Españoles que condenaron el tráfico de negros y aún la esclavitad en el siglo XVI. — Casas, Mercado y Albornoz 1
Libro V. — Portugal bajo el cetro de Felipe II. — Asiento con Gaspar Peralta. — Continuación de licencias. — Aumento de negros en el Perú. — Asiento con Gómez Reynel. — Archipiélago de Filipinas. — Comercio<noinclude></noinclude>
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/* No corregido */ Página creada con «Págs. de esclavos cutre Filipinas y Nueva España. — Cesación del asiento de Gómez Reynel. — Asiento con Rodríguez Cutiño. — Asiento con Vaez Cutiño. — Prohibición del comercio de esclavas entre Filipinas y Nueva España. — Nueva expulsión de los extranjeros en Indias.— Provisión de negros por la Casa do Contratación de Sevilla. — Juros sobre la renta de negros. — Conspiraciones de negros en Nueva España. — Negros cimarrones en Cuba y s…»
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="1" user="Elultimolicantropo" /></noinclude>Págs.
de esclavos cutre Filipinas y Nueva España. — Cesación del asiento de Gómez Reynel. — Asiento con Rodríguez Cutiño. — Asiento con Vaez Cutiño. — Prohibición del comercio de esclavas entre Filipinas y Nueva España. — Nueva expulsión de los extranjeros en Indias.— Provisión de negros por la Casa do
Contratación de Sevilla. — Juros sobre la renta de negros. — Conspiraciones de negros en Nueva España. — Negros cimarrones en Cuba y sus penas. — El P. Sandoval y otros jesuítas reprueban el tráfico de negros. — Dudas sobre la legitimidad de la esclavitud. — Caso raro de libertad en México. — Prohibición de tratar con esclavos en Panamá. — Asiento con Rodríguez Deivas. — Comienzan a florecer los ingenios en Cuba. — Prosperidad del Gobierno de Santiago de Cuba. — El río Cauto y su barra. — Honor a los Rectores de México y Lima. — Castigos sumarios a ciertos esclavos. — Modificación del comercio de esclavos con Filipinas. — Medida extraña respecto de Cartagena. — Innovación transitoria sobre el comercio de negros. — Escasez de negros en el Perú. — La provisión de negros encárgase a la Casa de Contratación. — Asiento con Rodríguez Lamego. —Holganza de la gente libre de color y abusos de los rancheadores. — Prohibición de llevar esclavos del Río de la Plata al Perú y sus motivos. — Contrabando de negros entre Filipinas y Nueva España. — Prohibición de armas a los esclavos. — Ideas liberales del P. Sandoval. — Variedad de esclavos. — Asiento
con Gómez y Méndez. — Insurrección de Portugal. — Bula contra el tráfico de esclavos. — Tentativas de asientos con holandeses e ingleses. — Nueva provisión de negros por la Casa de Contratación. — Jamaica pasa a Inglaterra. — Ocupación extranjera<noinclude></noinclude>
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Elultimolicantropo
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/* No corregido */ Página creada con «Págs. de antillas descubiertas por España. — Bucaneros y filibusteros. — Isla de Tortuga. — Asiento con Grillo y Lomelín y su prorrogación. — Nomenclatura. — Nuevo asiento con portugueses. — Asiento con el Comercio y Consulado de Sevilla. — Asiento con Porcio. — Propuesta de Villalobos. — Asiento con Coymans. — Asiento con Marín de Guarnan. — Asiento con la Compañía portuguesa de Guinea 87 Libro VI. — Guerra de sucesión. — Asiento…»
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<noinclude><pagequality level="1" user="Elultimolicantropo" /></noinclude>Págs.
de antillas descubiertas por España. — Bucaneros y filibusteros. — Isla de Tortuga. — Asiento con Grillo y Lomelín y su prorrogación. — Nomenclatura. — Nuevo asiento con portugueses. — Asiento con el Comercio y Consulado de Sevilla. — Asiento con Porcio. — Propuesta de Villalobos. — Asiento con Coymans. — Asiento con Marín de Guarnan. — Asiento con la Compañía portuguesa de Guinea 87
Libro VI. — Guerra de sucesión. — Asiento con la Compañía francesa de Guinea. — Alzamiento de un mulato en Venezuela. — Paz de Utreclit. — Origen de la Compañía Inglesa del Mar del Sur. — Asiento de negros con la Compañía del Mar del Sur, y sus principales condiciones. — Este asieaito difiere de los anteriores. — Guerra entre Inglaterra y España y sus motivos. — Continuación del asiento. — Nueva interrupción del asiento y su ulterior continuación— Buque ingles con mercancías para la feria de Portóbelo. — Consecuencias de este asiento para el comercio español. — Guardacostas. — Convención del Pardo. — Alzamiento de negros en las dos Carolinas— Paz de Aquisgran. — Propuestas de D. Guillermo Eon. — Debates en el Parlamento sobre la Compañía del Mar del Sur. — Convenio de Madrid. — Continuación del contrabando de negros. — Compañía Real de la Habana. — Contrata de Ulibarri. — Proyecto de Villanueva para introducir negros en la Habana y oposición a él. — Contrata de Uñarte. — Pídese para Cuba entrada libre de negros. — Estado de los ingenios en Cuba. — Toma de la Habana por los Ingleses. — Pacto de familia. — Origen de la colonia de la Luisiana y su cesión a Espnña. — Contrabando en el Perú. — Nuevo asiento con Uriarte. — Nuevos negros introducidos por la Compañía<noinclude></noinclude>
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/* No corregido */ Página creada con «Págs. de la Habana. — Extinción de algunos impuestos en Cuba. Imposición de nuevos tributos y sus malos efectos. — Población de Puerto Rico.— Café. — Alteración del sistema Mercantil entre España y sus posesiones de América. — Compañías de Guipúzcoa y de Galicia. — Compañía de Barcelona en 1755. — Disposiciones mercantiles de Carlos III. — Estado comparativo de Cuba. — Proyecto de población para Santo Domingo. — Convenio de extradi…»
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<noinclude><pagequality level="1" user="Elultimolicantropo" /></noinclude>Págs.
de la Habana. — Extinción de algunos impuestos en Cuba. Imposición de nuevos tributos y sus malos efectos. — Población de Puerto Rico.— Café. — Alteración del sistema Mercantil entre España y sus posesiones de América. — Compañías de Guipúzcoa y
de Galicia. — Compañía de Barcelona en 1755. — Disposiciones mercantiles de Carlos III. — Estado comparativo de Cuba. — Proyecto de población para Santo Domingo. — Convenio de extradición de esclavos entre España y Dinamarca. — -Id. entre España y Holanda. — Contrata con el Marqués de Casa Enrile. — Real Cédida de 1774. — Proyecto de población para el puerto de Ñipe en Cuba. — Partición definitiva de la Isla Española y suerte de sus esclavos. — Annobon y Fernando Po. — Reales decretos de 1778. — Error de Bryan Edwards. — Permisos para
introducir negros en la Habana. — Guerra entre España e Inglaterra. — Célebre informe del Conde de Aranda. — Pide negros el Perú. — Contrata de Backer y Dawson. — Reglamento para la población de la isla de Trinidad. — Representación riel ayuntamiento de Santo Domingo. — EL Tesorero de Cuba D. Antonio Paz. — Corta población negra en México. — Nueva contrata con Backer y Dawson. — Proyecto de una tercera contrata con los mismos, y reflexiones del comercio de la Habana contra ella. — Incidente honroso al gobierno español. — Nuevo caso honorífico
al mismo. — Preludios de la libertad del comercio de negros y cesación de su monopolio 173<noinclude></noinclude>
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Elultimolicantropo
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{{título|{+}COLECCION DE [img] LIBROS CUBANOS
{-}DIRECTOR: FERNANDO ORTIZ
VOL. XXXIX}}
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{{título|
{++}'''HISTORIA DE LA ESCLAVITUD'''
'''DE LA'''
{++}'''RAZA AFRICANA EN EL NUEVO MUNDO'''
'''Y EN ESPECIAL'''
{++}'''EN LOS PAISES AMERICO - HISPANOS'''
{-}'''POR'''
{+}'''JOSE ANTONIO SACO'''
{-}CON
DOCUMENTOS Y JUICIOS
{-}DE
{-}F. ARANGO Y PARRENO, FELIX VARELA,
{-}DOMINGO DEL MONTE, FELIPE POEY,
{-}JOSE DE LA LUZ Y CABALLERO, JOSE SILVERIO JORRIN,
{-}ENRIQUE JOSE VARONA,
{-}Y OTROS
PROLOGO
{-}POR
{+}FERNANDO ORTIZ
{+}TOMO III
}}
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Madai Salas
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/* Corregido */
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<noinclude><pagequality level="3" user="Madai Salas" />{{crv|290|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>sobre el que tiene el usufructo, que no se pida de
aquel, pactando, hace mejor la condición del mismo. Asimismo, si el acreedor fuese usufructuario, y
hubiese pactado que no pediria, pero el esclavo del
usufructuario pactase que pediria, por beneficio
''' 56.''' [55.] EL MISMO ; Comentarios á Minicio, libro VI. Si se hubiere convenido que el dueño no pediria algo al colono, y hubiere sido justa la causa de la convención, ello no obstante, el colono puede reclamar del dueño.
''' 57.''' [56.] FLORENTINO ; Instituta, libro VIII.-El que habia recibido del deudor intereses por adelantado , se entiende que pactó tácitamente no pedir el capital durante aquel tiempo.
§ 1. Si se hubiere formulado el pacto por una
parte sobre una cosa, por otra respecto á una persona, como por ejemplo, que yo no pida, ó que no
se pida de ti, mi heredero tendrá derecho para reclamar de todos vosotros, y todos podremos recla-
mar de tu heredero .
''' 58.''' [ 57.] NERACIO ; Pergaminos, libro III.- No es dudoso que por el consentimiento de todos los que entre si se hubieren obligado sea posible separarse de una compra, venta, locación, conducción, y de las demás obligaciones semejantes, con tal que todas estén integras. A Ariston aun parecia bien esto, que si yo te hubiese entregado lo que convenia que yo te entregara por razón de una compra, y debiéndome tú el precio, me hubiese
convenido contigo, para que, habiéndoseme reintegrado por ti respecto a la cosa vendida todo lo que yo te hubiese entregado, no me dieses el precio, y tú me hubieses reintegrado aquello, dejabas de deber el precio; porque la interpretación de la buena fe, à que todas estas cosas se refieren, admite también esta convención. Y nada importa, ó que, hallándose integras todas las cosas sobre que nos hubiésemos obligado, se conviniera el apartarse de tal negocio, ó que, restituidas por entero las que yo te hubiese entregado, consintiéramos que tú no me dieras nada por semejante motivo . Verdaderamente , por la convención que se dirije á revocar lo que se efectuó, no puede hacerse que lo que yo ya te entregué, seas tú por el contrario obligado á entregarmelo; porque de este modo, no se trata tanto de que nos apartemos del primitivo negocio, como de que entre nosotros se constituyan obligaciones nuevas .
''' 59.''' [58.] PAULO ; Reglas, libro III.-Está admitido, que por los mismos por quienes puede adquirirse para nosotros por estipulación,se puede también hacer mejor nuestra condición por pactos convenidos.
''' 60.''' [59.] PAPIRIO JUSTO ; Constituciones, libro VIII.-El Emperador Antonino respondió por rescripto à Avidio Cassio: Si los acreedores estuviesen dispuestos a recibir una parte de los bienes, aunque fuese de un extraño , hade tenerse primeramente cuenta de los parientes, si fueran abonados .
''' 61.''' [60.] POMPONIO; Comentarios á Sabino, li-<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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Y Magaly Holguin M
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/* Emendata */
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<noinclude><pagequality level="3" user="Y Magaly Holguin M" />{{crv|316|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>está presente, no será oido, sino consintiéndolo
el adulto; pero si para un ausente, tiene necesi-
dad de dar caución de que él ratificará lo hecho.
§ 4. La pena del procurador que no defiende
es esta, que se le deniegue la acción.
§ 5. Si el procurador litigase, y estuviera pre-
sente un esclavo del ausente, dice Atilicino que se
ha de dar la caución al esclavo, no al procurador.
§ 6. El que no está obligado á defender á un
ausente, si no obstante, dió fianza de que se pa-
garia lo juzgado al objeto de defender al ausen-
te, ha de ser apremiado á aceptar el juicio como
procurador, para que no sea defraudado el que
recibió la fianza; porque los que no están obliga-
dos á defender una cosa, son obligados á ello des-
pués de la fianza. Labeon dice que esto se ha de
regular con conocimiento de causa; y que si hu-
biere perjuicio para el actor por el transcurso del
tiempo, ha de obligarse á aquel á aceptar el juicio; pero que si ó la afinidad se hubiere disuelto, ó
hubieren sobrevenido enemistades, ó se hubieren
empezado á poseer los bienes del ausente,
44. ULPIANO; Disputas, libro VII.- ó si hubie-
re de estar ausente muy lejos, o hubiere ocurrido
otra justa causa,
45. PAULO; Comentarios al Edicto, libro IX.-
no se le ha de obligar. Mas Sabino dice que el
Pretor no tiene ninguna autoridad para apremiar-
le á que defienda, pero que en virtud de lo estipu-
lado puede reclamarse por la indefensión de la
cosa, y que si tuvierajustas causas para no querer
aceptar el juicio, no quedan obligados los fiado-
res; porque un buen varón no habría de resolver,
que el que presentase excusa justa fuese apre-
miado á defender. Pero aunque no haya dado
fianza, sino que se le haya creido al prometerla,
se ha de determinar lo mismo.
§ 1. A los que litigan sobre causa pública,
pero de suerte que también defiendan su particu-
lar interés, se les permite con conocimiento de
causa nombrar procurador; y otro que después
ejercitare la acción será repelido con excepción.
§ 2. Si una obra nueva se hubiere denunciado
al procurador, y éste usara del interdicto «no se
haga fuerza al que edifica» , dice Juliano, que
hace veces de defensor, yque no se le apremia á dar
caución de que el dueño habrá de ratificar lo hecho.
Y si hubiere dado fianza, añade Juliano, no juz-
go que en este caso tenga lugar la estipulación.
46. GAYO; Comentarios al Edicto provincial, li-
bro III. El que en nombre propio hubiese acep-
tado un juicio, si quisiera nombrar procurador,
contra quien el actor transfiera el pleito, debe
ser oido y dar solemnemente caución de que por
él pagará lo juzgado.
§ 1. El que defiende á otro en cuyo nombre él
mismo no demandase, tiene libertad para defen-
derlo en un solo negocio.
§ 2. El que defiende á otro, está obligado á
dar fianza; porque sin la prestación de fianza na-
die es reconocido defensor idóneo de litigio ajeno.
§ 3. También se pregunta, si el defensor hu-
biere aceptado el juicio, y el actor hubiere sido<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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Carlos Pérez 921
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/* No corregido */ Página creada con «'''75.''' HERMOGENIANO; ''Epitome del Derecho, li- bro II''.—El que vendió un fundo para tenerlo él mismo en arrendamiento por cierta retribución, ó para que silo vendiera el comprador, no lo venda á otro sino à él, ó el que pactase alguna cosa seme-jante, podrá ejercitar la acción de venta para que se cumpla lo que pactaron. '''76.''' PAULO; Respuestas, ''libro VI''.—Las tinajas enterradas en los almacenes, si no hubieran sido expresamente exceptuadas…»
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<noinclude><pagequality level="1" user="Carlos Pérez 921" />{{crv|904|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>'''75.''' HERMOGENIANO; ''Epitome del Derecho, li-
bro II''.—El que vendió un fundo para tenerlo él
mismo en arrendamiento por cierta retribución, ó
para que silo vendiera el comprador, no lo venda á
otro sino à él, ó el que pactase alguna cosa seme-jante, podrá ejercitar la acción de venta para que
se cumpla lo que pactaron.
'''76.''' PAULO; Respuestas, ''libro VI''.—Las tinajas
enterradas en los almacenes, si no hubieran sido
expresamente exceptuadas en la venta, se conside-
ra que siguieron a la venta de los almacenes.
§ 1.—El que sucedió en el lugar del comprador,
puede usar de las mismas defensas de que habria
podido usar el vendedor de la cosa, y también de
la prescripción de larga posesión, si la posesión de
uno y otro llenara el tiempo establecido en las
Constituciones.
'''77.''' JAVOLENO; ''Doctrina de las obras póstumas
de Labeon, libro IV''.—En un pacto para la venta
de un fundo se habían exceptuado las canteras,
donde quiera que en aquel fundo las hubiese, y
después demucho tiempo sehabian encontrado can-
teras en aquel fundo; respondió Tuberon, que tam-
bién ellas eran del vendedor. Labeon dice, que im-
porta saber qué se haya tratado; y que sino apare-
ciera, no se considera que se exceptuaron aquellas
canteras, porque nadie vende, ni exceptúa, lo que
no existe, y no habia ningunas canteras, sino las que
se vieran y se explotaran; otros interpretan de dis-
tinta manera, que todo el fundo será de las cante-
ras, si acaso en todo él hubiese piedra debajo de la
tierra; y esto es lo que apruebo.
'''78.''' LABEON; ''Obras póstumas compendiadas
por Javoleno, libro IV''.—Se habia dicho por con-dición que las cañerias habian de ser del compra-
dor; se preguntaba, ¿se haria de él por accesión el
depósito del cual se condujese el agua por las ca-ñerías? Respondi, que aparece que se trató esto,
que también aquél se hiciera de él, aunque no se
contiene en la escritura.
§ 1.—Compraste de uno un fundo, y adminis-
trando después la tutela de su hijo, no tomaste de
ninguna manera la posesión; dije, que podias en-tregarte å ti mismo la posesión de este modo, sa-liendo el pupilo y su familia del fundo, y entran-
do tú entonces en la posesión.
§ 2.—Uno que habia comprado un fundo con la
condición de que pagado el precio se le entregaria
la posesión, falleció habiendo dejado dos herede-ros; si solo uno hubiere pagado todo el precio, re-cobrará la parte en el juicio de partición de heren-
cia, y si pagase una parte, no ejercitará la acción
de compra contra el vendedor, porque asi no pudo
dividirse la deuda contraida.
§ 3.—Al vender el trigo que estaba en la planta,
dijiste que si algo hubiese sucedido por fuerza ó
temporal, tú lo pagarás; las nieves estropearon el
trigo; si fueron demasiadas y contra lo ordinario
de la estación, podrá ejercitarse contra ti la acción
de compra.
'''79.''' JAVOLENO; ''Doctrina de las obras póstumas
de Labeon, libro V''.—Vendiste la mitad de un fun-
do con la condición de que el comprador tuviese<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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Carlos Pérez 921
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/* No corregido */ Página creada con «arrendada por diez años y por cierta cantidad en cada año la otra parte, que tú retenias. Niegan Labeon y Trebacio, que pueda ejercitarse la acción de venta para que se haga lo que se hubiere con-venido . Yo opino al contrario, si vendiste en menos el fundo para que se te cumpliese este arrenda-miento; porque se consideraria que esto mismo era precio del fundo, pues se habia vendido con este pacto; y de este derecho usamos. '''80.''' LABEON; ''Obras póstum…
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text/x-wiki
<noinclude><pagequality level="1" user="Carlos Pérez 921" />{{crv|905|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>arrendada por diez años y por cierta cantidad en
cada año la otra parte, que tú retenias. Niegan
Labeon y Trebacio, que pueda ejercitarse la acción
de venta para que se haga lo que se hubiere con-venido . Yo opino al contrario, si vendiste en menos
el fundo para que se te cumpliese este arrenda-miento; porque se consideraria que esto mismo era
precio del fundo, pues se habia vendido con este
pacto; y de este derecho usamos.
'''80.''' LABEON; ''Obras póstumas compendiadas
por Javoleno, libro V''.—Cuando en la venta de un
fundo se exceptúa lo sembrado á mano , no parece
que se exceptúa lo que se sembró para siempre, si-
no lo que suele sembrarse cada año para recoger
su fruto ; porque á los que lo interpretan de otro
modo les parecerá que se exceptuaron las vides y
todos los árboles.
§ 1.—Dije que podía hacerse la venta de esta co-
sa, «que lo que de mis edificios cae sobre tus casas
me sea licito tenerlo de este modo», y ejercitarse
por esta cosa la acción de compra.
§ 2.—Se había vendido por un quinquenio un bos-
que tallar; se preguntaba, ¿cuando cayese la be-
llota, de quién seria? Sé que Servio respondió, que
primeramente se había de estar á lo que aparecie-
se que se trató ; pero que si estuviese obscuro, la be-
llota que hubiese caido de los árboles, que no se
hubiesen cortado, era del vendedor, pero del com-prador, la que hubiese estado en los árboles al
tiempo en que estos fuesen cortados.
§ 3.—No puede considerarse que alguien vendió
aquella cosa respecto de cuyo dominio se trata que
no pase al comprador; sino que esto es ó una loca-
ción, ú otro género de contrato.
'''81.''' SCÉVOLA; ''Digesto, libro VII''.—Al recibir Ticio
cierta cantidad prestada a interés, dió en prenda ó
hipoteca unos predios, y como fiador à Lucio, á
quien prometió, que él le liberaría dentro del próxi-
mo trienio; pero si no hubiere hecho esto en el tér-mino antes dicho , y el fiador hubiere pagado la deu-
da al acreedor, mandó que se tuviesen por compra-
dos los predios , que habia obligado á los acreedores;
pregunto , ¿no habiendo sido liberado por Ticio el
fiador Lucio, si éste hubiere pagado al acreedor,
tendría como comprados los predios antes mencio-nados? Respondió, que si la compra se hizo bajo
condición, no como para causa de obligación, sino
para que los tenga por comprados, se contrajo tam-bién la obligación.
§ 1 .—Lucio Ticio prometió dar de su fundo á los
predios de Cayo Sevo cien mil modios de trigo cada
año; después vendió Lucio Ticio el fundo, habiendo
expresado estas palabras: «con el derecho y la con-dición con que hoy son de Lucio Ticio estos pre-
dios, asi se venden, y asi se tendrán»; pregunto,
¿estará acaso obligado el comprador á la presta-
ción del trigo à Cayo Seyo ? Respondió, que, según
lo que se proponia, el comprador no estaba obliga-
do á Cayo Seyo.<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T1).pdf/975
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Carlos Pérez 921
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/* No corregido */ Página creada con «un fundo a dia, puede usar del interdicto de lo que se hace por fuerza ó clandestinamente; por- que este interdicto compete a aquel à quien le in- teresa que no se haya hecho la obra. Mas habién- dose hecho , dice, adicción de un fundo á dia, corresponde al comprador toda la ganancia y la pérdida, antes que se transfiera la venta; y por esto, si alguna cosa se hizo entonces por fuerza ó clan- destinamente , aunque se hubiere ofrecido mejor condición, tendr…
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<noinclude><pagequality level="1" user="Carlos Pérez 921" />{{crv|907|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>un fundo a dia, puede usar del interdicto de lo
que se hace por fuerza ó clandestinamente; por-
que este interdicto compete a aquel à quien le in-
teresa que no se haya hecho la obra. Mas habién-
dose hecho , dice, adicción de un fundo á dia,
corresponde al comprador toda la ganancia y la pérdida, antes que se transfiera la venta; y por esto,
si alguna cosa se hizo entonces por fuerza ó clan-
destinamente , aunque se hubiere ofrecido mejor
condición, tendrá él mismo el interdicto útil, pero,
dice, habrá de ceder la acción, así como los frutos
que percibió , en el juicio de venta.
§ 5.—Así, pues, desistiéndose de la compra,
cuando se verifica puramente, ó no perfeccionan-dose, cuando se hace bajo condición, habiéndose
ofrecido mejor condición, si se hubiera supuesto un
falso comprador, discretamente escribe Sabino, que
la cosa queda comprada para el primero, porque
no se considera que se haya ofrecido mejor coadi-
ción, no existiendo verdadero comprador; pero
aunque exista otro comprador, si no obstante no
ofreciera mejor condición, se habrá de decir igualmente, que se considera lo mismo que si no existiera.
§ 6.—Mas se considera que se ofrece mejor con-
dición, si se hubiera aumentado el precio. Pero
también se considera que se ofrece mejor condición,
si nada se aumentara al precio, pero se ofreciera
más facil, ó más pronto pago del precio. Además,
si se indicara lugar más oportuno para pagar el
precio, se considera igualmente que se ofreció me-
jor condición; y asi lo escribe Pomponio en el libro
noveno, siguiendo á Sabino. Dice el mismo, que
también si se presentara para la compra otra per-
sona más abonada, se considera igualmente haber-
se ofrecido mejor condición. Por consiguiente, si
se presentara algún comprador por el mismo pre-
cio, pero que compre con condiciones menos gra-vosas, ó que no exija ninguna fianza, se conside-rará que se ofreció mejor condición. Luego lo
mismo se habrá de aprobar, aunque estuviera dis-puesto a comprar por menor precio, pero dispensa-
ra aquellas cosas que en la primera compra eran
gravosas para el vendedor;
'''5. [8.]''' POMPONIO; ''Comentarios á Sabino, libro
IX''.—porque todo lo que pertenece a la utilidad del
vendedor debe ser tenido por mejor condición.
'''6. [9.]''' ULPIANO ; ''Comentarios á Sabino , libro
XXVIII''.—Asimismo, lo que se ha dicho, que los
frutos percibidos en el intermedio pertenecen al
primer comprador, es verdad siempre y cuando no
hay otro comprador, que ofrezca mejor condición,
ó cuando hay uno falso; pero si hubo otro compra-
dor posterior, es sabido que el primero debe resti-tuir los frutos , pero al vendedor; y así lo escribió
Juliano en el libro cuadragésimo octavo del Digesto.
§ 1. Si hubiere habido alguno que ofreciera
mejor condición, y después el primer comprador
hubiera pujado contra aquél, y la cosa quedare en
poder de este comprador, ¿podrá dudarse si él mis-
mo tendrá los frutos, como no habiéndose ofrecido
ninguna condición mejor, ó si serán del vendedor,
aunque sea la misma persona la que ofreció mejor
condición? Lo que parece que lo dicta la razón,
pero importará saber qué se haya tratado; y asi lo
escribe Pomponio.<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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Carlos Pérez 921
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/* No corregido */ Página creada con «'''7. [10.]''' PAULO; ''Comentarios á Sabino, libro V''.—Mas es lícito al vendedor, habiéndose ofrecido mejor condición, hacer la adicción al posterior comprador, si el primero no estuviera pronto á aumentar más. '''8. [11.]''' EL MISMO; ''Comentarios al Edicto, libro XXXIII''.—Pero el vendedor tendrá necesidad, ha biéndose ofrecido mejor condición, de hacer sabe- dor de ello al primer comprador, para que si otro aumenta alguna cosa, también él pueda…»
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<noinclude><pagequality level="1" user="Carlos Pérez 921" />{{crv|908|Digesto.— Libro : Título}}
{{EncabezadoBilingüe|d}}</noinclude>'''7. [10.]''' PAULO; ''Comentarios á Sabino, libro V''.—Mas es lícito al vendedor, habiéndose ofrecido
mejor condición, hacer la adicción al posterior
comprador, si el primero no estuviera pronto á aumentar más.
'''8. [11.]''' EL MISMO; ''Comentarios al Edicto, libro
XXXIII''.—Pero el vendedor tendrá necesidad, ha
biéndose ofrecido mejor condición, de hacer sabe-
dor de ello al primer comprador, para que si otro
aumenta alguna cosa, también él pueda aumentarla.
'''9. [12.]''' ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, libro
XXVIII''.—Escribe Sabino, que es licito al vende-
dor rechazar la mejor condición ofrecida, y ate-nerse a la primera como mejor; y así lo practica-mos. Pero, ¿ qué, si expresamente se había tratado
esto, que le fuera licito al comprador retractarse
habiéndose ofrecido mejor condición? Se habrá de
decir, que queda disuelta la primera compra, aun-
que el vendedor no admita la siguiente.
'''10. [13.]''' JULIANO; ''Digesto, libro XIII''.— Pero
si se propusiera que por el acreedor se dió en adic-ción á dia la prenda, no puede considerarse que
se hace de buena fé el negocio, si no se admitiera
el aumento . ¿Qué sucede, pues, si interviene un
comprador falto de recursos, y solamente con el
objeto de impedir la venta? Puede el acreedor dar
sin riesgo la cosa en adicción al primer comprador.
'''11. [14.]''' ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, libro
XXVIII.''—Mas lo que escribe Sabino, que no pue-
de darse otra vez en adicción á dia el fundo, que
ya una vez hubiere sido dado en adicción á día, lo
funda en esta razón, en que se hace, dice, inme-diatamente del primer comprador, á saber, cual si
no se considerara mejor la condición ofrecida, si
no se da definitivamente en adicción el fundo al
segundo comprador, sino que se pone la mira en
otra licitación. Pero escribió Juliano en el libro
décimo quinto del Digesto, que importa mucho sa-
ber que nada impedia que se tratase esto, para que
el fundo se colocase muchas veces, con tal que la
cosa salga del vendedor ó por el primer, ó por el
segundo, ó por el tercer aumento.
§ 1.—Asimismo, lo que dice Sabino, de que si sien-
do tres los vendedores, dos hubieren dado en adic-
ción á favor del último comprador, y uno no hu-
biere admitido el aumento, la parte de éste se en-
tiende comprada para el primer comprador, y la
de los dos para el segundo, es verdad solamente si
vendieron sus porciones en distintos precios,
'''12. [15.]''' POMPONIO; ''Comentarios á Sabino, libro IX''.—aunque hubieren sido desiguales las par-tes de los vendedores.
'''13. [16.]''' ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, libro
XXVIII''.—Pero si la hubieren vendido por un sólo
precio, se ha de decir, que toda la cosa queda com-
prada para el primer comprador; á la manera que
si alguno me hubiese dado en adicción á día todo
el fundo, y después habiéndose aumentado el pre-
cio hubiere dado en adicción a otro la mitad. Refie-<noinclude>{{PieBilingüe|d}}</noinclude>
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