Wikisource eswikisource https://es.wikisource.org/wiki/Portada MediaWiki 1.47.0-wmf.23 first-letter Medio Especial Discusión Usuario Usuario discusión Wikisource Wikisource discusión Archivo Archivo discusión MediaWiki MediaWiki discusión Plantilla Plantilla discusión Ayuda Ayuda discusión Categoría Categoría discusión Portal Portal discusión Página Página Discusión Índice Índice Discusión Autor Autor discusión TimedText TimedText talk Módulo Módulo discusión Evento Evento discusión Discurso de Augusto Pinochet a un mes de la constitución de la junta de gobierno 0 3438 1685102 1685062 2026-10-08T12:14:34Z Janitoalevic 45005 1685102 wikitext text/x-wiki gyutzjny08q5b2w8zj9xgoy23x1n5b8 Declaración de principios del gobierno militar de Chile 0 3440 1685089 1685078 2026-10-08T12:06:34Z Janitoalevic 45005 1685089 wikitext text/x-wiki omwts5a753rlcddfbsjwoqdeh3hc1fy Bando Nº 5 del Golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973 0 3444 1685092 1685065 2026-10-08T12:08:19Z Janitoalevic 45005 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text/x-wiki tbnf37mm7jtrq7n9qrd9tmo5yf5i9jg Acta N° 1 de la Junta de Gobierno de Chile (13 septiembre 1973) 0 6326 1685091 1684901 2026-10-08T12:07:59Z Janitoalevic 45005 1685091 wikitext text/x-wiki 9llg5686sx8m6rimr8v9xo0bzxhwg6q Decreto Ley Nº 130 de 1973, declara la caducidad de los registros electorales de Chile 0 6333 1685097 1685072 2026-10-08T12:10:05Z Janitoalevic 45005 1685097 wikitext text/x-wiki f5b0d8e8m5n3oevjke43e4ksbxwz4il Decreto Ley Nº 1 de 1973, acta de constitución de la junta de gobierno 0 12856 1685095 1685069 2026-10-08T12:09:42Z Janitoalevic 45005 1685095 wikitext text/x-wiki n4xdj7nkdna5phvlifr9xb98q1ijwkf 1685096 1685095 2026-10-08T12:09:50Z Janitoalevic 45005 1685096 wikitext text/x-wiki 176npmjuk6jy1btlikzrxvlf0l6sgkk 1685100 1685096 2026-10-08T12:12:58Z Janitoalevic 45005 Página redirigida a [[Decreto Ley N.º 1 de 1973, acta de constitución de la junta de gobierno]] 1685100 wikitext text/x-wiki 0w8ffjmpi6xzceefhgblthdn93ress0 Autor:Antón Chéjov 106 14946 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text/x-wiki 62zpcjg05u4xpbw5vkxu2idvzo7qetv Discurso de Augusto Pinochet de despedida de la Presidencia 0 419043 1685104 1684907 2026-10-08T12:15:40Z Janitoalevic 45005 1685104 wikitext text/x-wiki gpql4ogizczx99sq3vuvjkd8wb0omkh Bando Nº 1 del Golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973 0 419045 1685090 1685066 2026-10-08T12:07:08Z Janitoalevic 45005 1685090 wikitext text/x-wiki b2lniotm1w4074af1888lmir3qsm05k Categoría:Dictadura militar de Chile 14 419048 1685112 1664929 2026-10-08T12:24:59Z Janitoalevic 45005 1685112 wikitext text/x-wiki qhphvo883pxnv3d4ikc9anbc3lnqbry Mensaje de fin de año 1978 de Augusto Pinochet Ugarte 0 419151 1685101 1684890 2026-10-08T12:13:36Z Janitoalevic 45005 1685101 wikitext text/x-wiki 2oarjazk9lfugs0pj7lgit1dtaj7ag9 Circular N° 586 de la Junta de Gobierno sobre el uso de la fuerza y control de la población en "Estado de Guerra Interna" (1973) 0 419170 1685094 1665377 2026-10-08T12:09:14Z Janitoalevic 45005 1685094 wikitext text/x-wiki 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Mamani Huaman 97287 1685178 proofread-page text/x-wiki 34lbuu4rt5ch29rpga38tv50ylku9ra Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/567 102 424283 1685265 1676324 2026-10-09T02:14:13Z Sergiosebastian13 97345 1685265 proofread-page text/x-wiki 3kzypadx2pjcr9cb5o68zes6ogckogy Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/568 102 424284 1685266 1676325 2026-10-09T02:15:05Z Sergiosebastian13 97345 1685266 proofread-page text/x-wiki 5g3sogb3bquo6m3blc5ho7m16vakzk5 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/569 102 424285 1685267 1676326 2026-10-09T02:16:04Z Sergiosebastian13 97345 1685267 proofread-page text/x-wiki l1e34erhdsmc5n9j25k1atnv4elxjag Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/570 102 424286 1685268 1676327 2026-10-09T02:16:55Z Sergiosebastian13 97345 1685268 proofread-page text/x-wiki ohfabbbhbwwb2s9kdtozy9v1vz6ifk1 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/571 102 424287 1685269 1676328 2026-10-09T02:17:31Z Sergiosebastian13 97345 1685269 proofread-page text/x-wiki lvl57w4o341d9ktpfybv7eptc3w7bec 1685270 1685269 2026-10-09T02:19:12Z Sergiosebastian13 97345 1685270 proofread-page text/x-wiki 5p9lbh6vryoi12hlwglgrztsetumn46 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/576 102 424293 1685271 1676334 2026-10-09T02:23:35Z Sergiosebastian13 97345 1685271 proofread-page text/x-wiki npc3t7rkeo1q9ifinqvau7sasehf06u Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/683 102 424454 1685356 1677643 2026-10-09T06:16:21Z KAROL CHURA 97326 1685356 proofread-page text/x-wiki 7upn6gftbhmpuwykn9o0xbom8bnwvwy Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/386 102 424465 1685304 1677669 2026-10-09T04:28:58Z Christian smith salazar cruz 97329 /* Corregido */ 1685304 proofread-page text/x-wiki 5x2sppbg5817iwgfc36fxewfjx0arom 1685306 1685304 2026-10-09T04:29:09Z Christian smith salazar cruz 97329 1685306 proofread-page text/x-wiki 4mmlvcgaf2g0k74fv6c5e47dm0cgkh8 Discusión:Carta de Michael Townley al director de la DINA Manuel Contreras - "Estimado don Manuel" 1 424802 1685114 1680490 2026-10-08T12:55:45Z Ignacio Rodríguez 3603 1685114 wikitext text/x-wiki hlx97o4l1fm31ruxwftl7ca4yedu38f Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/626 102 425723 1685272 1683172 2026-10-09T02:25:00Z Sergiosebastian13 97345 1685272 proofread-page text/x-wiki dtn9ves861wh5lx48nbcpi7dstvyceu Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/627 102 425724 1685273 1683173 2026-10-09T02:25:45Z Sergiosebastian13 97345 1685273 proofread-page text/x-wiki 3ghrqv0awvd8c0ey2psjmlqjk41b4h0 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/628 102 425725 1685274 1683174 2026-10-09T02:26:57Z Sergiosebastian13 97345 1685274 proofread-page text/x-wiki 1swjn81habqft3cont7xtt4ulg294xm Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/629 102 425726 1685275 1683175 2026-10-09T02:29:14Z Sergiosebastian13 97345 1685275 proofread-page text/x-wiki pra6hdxyy5jcbrll3rztss5ok0if8c8 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/630 102 425727 1685276 1683176 2026-10-09T02:30:22Z Sergiosebastian13 97345 1685276 proofread-page text/x-wiki e0iq9bl678ssygr1jjsjk39thapvabo Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/631 102 425728 1685277 1683177 2026-10-09T02:31:44Z Sergiosebastian13 97345 1685277 proofread-page text/x-wiki 2d4ntkzota7jaxregnsh3n3bgjc6ijd Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/632 102 425729 1685278 1683178 2026-10-09T02:33:49Z Sergiosebastian13 97345 1685278 proofread-page text/x-wiki ky6mp8xgcmecddmmiysjc0ywqh55kjz Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/633 102 425730 1685279 1683179 2026-10-09T02:34:55Z Sergiosebastian13 97345 1685279 proofread-page text/x-wiki hmup34b8r8wyrp2nt3uk3purdhf21xf Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/634 102 425731 1685280 1683180 2026-10-09T02:35:42Z Sergiosebastian13 97345 1685280 proofread-page text/x-wiki po068pbw2vn7hp8yk7kidecul5y2iqv Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/635 102 425732 1685281 1683181 2026-10-09T02:37:15Z Sergiosebastian13 97345 1685281 proofread-page text/x-wiki dgew5g215vx82j76404yy5x3zftrvuw Categoría:Documentos de la Junta Militar de Chile 14 425879 1685088 2026-10-08T12:06:24Z Janitoalevic 45005 Página creada con «[[Categoría:Dictadura militar de Chile]]» 1685088 wikitext text/x-wiki 71ps99pp53stad0rohca8nmpvglpk5g Autor:Gustavo Leigh 106 425880 1685106 2026-10-08T12:18:29Z Janitoalevic 45005 Página creada con «{{Biocitas |Obras=none}}» 1685106 wikitext text/x-wiki ropnik185esg2sdsecb637p33emxprj 1685108 1685106 2026-10-08T12:19:34Z Janitoalevic 45005 1685108 wikitext text/x-wiki 55tx4k6pze9piivk6k3g7vwsfxvk0dv Autor:Gustavo Leigh Guzmán 106 425881 1685107 2026-10-08T12:19:07Z Janitoalevic 45005 Página redirigida a [[Autor:Gustavo Leigh]] 1685107 wikitext text/x-wiki prw5eyiyp6ved7fqqwuhmgeci7oqi5w El ingenioso hidalgo Don Quijote de la Mancha (1842) 0 425883 1685115 2026-10-08T13:07:35Z ~2026-54146-23 97834 Página creada con «Segunda parte del ingenioso caballero don Quijote de la Mancha Tasa Fee de erratas Aprobaciones Dedicatoria, al conde de Lemos Prólogo al lector De lo que el cura y el barbero pasaron con don Quijote cerca de su enfermedad Que trata de la notable pendencia que Sancho Panza tuvo con la sobrina y ama de don Quijote, con otros sujetos graciosos Del ridículo razonamiento que pasó entre don Quijote, Sancho Panza y el bachiller Sansón Carrasco Donde Sancho Panza satisfa…» 1685115 wikitext text/x-wiki dsu6waxqgfzqdu6iwkb53f7bcovu3no 1685119 1685115 2026-10-08T13:17:53Z Ignacio Rodríguez 3603 Página reemplazada por «<pages index="El ingenioso hidalgo Don Quijote del Mancha.djvu" header=1/> {{Autogalería| El ingenioso hidalgo Don Quijote del Mancha.djvu El ingenioso hidalgo Don Quijote del Mancha Tomo II.djvu}}» 1685119 wikitext text/x-wiki habrp2g96j57v6cwvsbhtrrr5ei82in Usuario discusión:~2026-54146-23 3 425884 1685116 2026-10-08T13:09:58Z Ignacio Rodríguez 3603 Sección nueva: /* El Quijote */ 1685116 wikitext text/x-wiki rq1n6mz4w6kza0okgv5jt0o2xb2sc1q Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/565 102 425885 1685129 2026-10-08T16:14:10Z Greys Guzman 97316 /* No corregido */ Página creada con «29. LABEÓN; ''Obras póstumas compendiadas por Javoleno, libro II.''—Uno, que tenía concubina, le había dado á ésta para que lo usara el vestido de otra concubina anterior, y después legó de esta manera: «el vestido, que hubiese sido comprado, y preparado por causa de la misma»; Cascelio y Trebacio dicen, que no se le deben los preparados por causa de la primera concubina, porque otra sería la condición tratándose de la mujer. Labeón no aprueba esto, po…» 1685129 proofread-page text/x-wiki nr3z8h8bty4bqbl1srloz5b6ylczpos 1685131 1685129 2026-10-08T16:20:12Z Greys Guzman 97316 1685131 proofread-page text/x-wiki h1mpv8hmvi2nn2itg56m0lj01lnff9u Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/566 102 425886 1685132 2026-10-08T16:43:46Z Greys Guzman 97316 /* No corregido */ Página creada con «tos de estos huertos por los cinco años que habían sido arrendados, y había condenado á su heredero á pagarle á aquél el arrendamiento de los huertos, y á que le dejase usarlos y disfrutarlos; respondí, que el heredero estaba obligado á dejar que los usufructúe, y además esto, que el heredero debía pagar también el arrendamiento de los huertos de la República.}} {{sangría|1em|§ 2.—Cuando en el testamento se hubiese escrito: «déle cinco mi hereder…» 1685132 proofread-page text/x-wiki trrd3hrkv3sn22xt9txq93fwvs77rh5 1685133 1685132 2026-10-08T16:44:36Z Greys Guzman 97316 1685133 proofread-page text/x-wiki qrjata19inuwpnu4ii78rbvu12q4vnl Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/123 102 425887 1685134 2026-10-08T16:49:04Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con « LIBRO XXIII: TÍTULO II 117 37. EL MISMO; Respuestas, libro VII.—Conviene que se prohiba, que el liberto del curador de una doncella la tome á esta como mujer. 38. EL MISMO; Sentencias, libro II.—Si alguno desempeña un cargo en alguna provincia, no puede tomar por mujer á la que es oriunda de ella, ó tiene en ella su domicilio, aunque no se le prohiba contraer esponsales; esto, por supuesto, de modo que si después de dejado el cargo no quisiese la mujer… 1685134 proofread-page text/x-wiki d4tbmrkskk4kny6g7bqwdrsyxkimof9 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/124 102 425888 1685135 2026-10-08T17:01:27Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «LIBRO XXIII: TÍTULO II que también la que públicamente se hubiere prostituido sin ganancia debió contarse entre estas. § 4.—Pero es tachada por la ley no solamente la que hace esta vida, sino también la que la hizo, aunque haya dejado de hacerla; porque no se borra la torpeza que después se interrumpió. § 5.—No se ha de perdonar á la que so pretexto de pobreza llevó una vida muy torpe. § 6.—Hacer lenocinio no es menos que realizar ganancia con su…» 1685135 proofread-page text/x-wiki ah8i225ykcl14okzhpcds5xuhtzklwz Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/125 102 425889 1685136 2026-10-08T17:10:02Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «—LIBRO XXIII: TÍTULO II § 1.—En este capítulo prohíbese al Senador tomar por mujer á una liberta, ó á aquella cuyo padre ó cuya madre hubiere representado en las diversiones públicas, y asimismo al libertino tomar por mujer á la hija de un Senador. § 2.—No obsta que el abuelo y la abuela hayan representado en las diversiones públicas. § 3.—Tampoco se distingue si el padre tenga, ó no, á la hija en su potestad; pero dice Octaveno, que se ha de…» 1685136 proofread-page text/x-wiki 2vwt3f0xdahtfi8hn0cpupczgrju7wk Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/126 102 425890 1685137 2026-10-08T17:24:35Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «—LIBRO XXIII: TÍTULO II enim llano dirían, que ella no ha de tener el derecho de matrimonio; porque opina Juliano, que subsiste el matrimonio de esta liberta aún durante la cautividad por razón de reverencia al patrono. Pero, á la verdad, si el patrono hubiera sido reducido á otra servidumbre, sin duda alguna se habría disuelto el matrimonio. 46. GAYO; Comentarios á la ley Julia y Papia, libro VIII.—Hay esta duda, ¿será acaso admitido á este derecho t…» 1685137 proofread-page text/x-wiki hxvpkjh4f6qxmj9hbrt5srp49qsxpmd 1685138 1685137 2026-10-08T17:28:45Z ~2026-49558-97 97535 1685138 proofread-page text/x-wiki p4r4prxgiypptw9ea1m621xcdzf8ae7 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/127 102 425891 1685139 2026-10-08T17:34:39Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «—LIBRO XXIII: TÍTULO II va manumitida por causa de matrimonio no puede ser tomada por mujer por otro ninguno, sino por el que fué manumitida, á no ser que el patrono hubiere renunciado al matrimonio con ella. § 1.—Mas si por causa de matrimonio hubiere un hijo de familia manumitido una esclava por mandato del padre, opina Juliano, que ella ha de ser considerada lo mismo que si hubiese sido manumitida por el padre de él; y que por esto puede tomarla por mu… 1685139 proofread-page text/x-wiki ddelihmeevjxa5i9ln6y3wtkndfxgep Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/128 102 425892 1685140 2026-10-08T17:38:25Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «—LIBRO XXIII: TÍTULO II 59. [60.] PAULO; De la asignación de los libertos, libro único.—Por el Senadoconsulto en que se dispuso que el tutor no dé á su hijo, ó tome para sí, en matrimonio su pupila, se significa también el nieto. 60. [61.] EL MISMO; Comentarios á la Oración del Divino Antonino y de Cómodo, libro único.—Si alguno no fuera ciertamente tutor, pero á él le correspondieren el riesgo de la tutela, estará acaso comprendido en la dispos…» 1685140 proofread-page text/x-wiki f10vrlhyjgibki58e8ma97yrgc1qc4s Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/617 102 425893 1685141 2026-10-08T17:39:13Z Greys Guzman 97316 /* No corregido */ Página creada con «el usufruto de un fundo, y el testador había encomendado a la fidelidad de los herederos que cuando aquel hubiese dejado de usufructuarlo diesen el fundo a Lucio Ticio; pero Stico legó en su testamento la propiedad del mismo fundo a sus nietos, y los herederos de Stico entregaron el fundo en virtud de su testamento á los nietos legatarios; se preguntó, si, habiendo ignorado los nietos legatarios la condición impuesta respecto del mencionado fundo en el ante… 1685141 proofread-page text/x-wiki corukyhaht5go4t32uw9cw55btjdizg Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/129 102 425894 1685142 2026-10-08T17:43:40Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «—LIBRO XXIII: TÍTULO II de creer, que el Senado no se refirió á los adoptivos emancipados, porque después de la emancipación se olvidan por completo de la familia adoptiva. § 7.—Los hijos naturales, aunque hubieren sido dados en adopción, se comprenden en el Senadoconsulto. § 8.—¿Luego, qué, si el tutor nombrado apeló, y después fué vencido su heredero, debe responder del riesgo del tiempo pasado, ó por el contrario, si el hijo hubiere sido su h…» 1685142 proofread-page text/x-wiki ojiuot47dsbmz2j3s8f3nzrh9b5wrn0 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/130 102 425895 1685143 2026-10-08T17:50:00Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «patria toman contra lo mandado mujer de la misma provincia, y esto se halla contenido también en ciertos mandatos. § 1.—El mismo respondió en el propio libro: me parece bien, que, aunque contra lo mandado se haya contraído el matrimonio en la provincia, se hagan, sin embargo, legítimas las nupcias después de resignado el cargo, si persevera en la misma voluntad, y que por lo tanto, los hijos nacidos después, de legítimo matrimonio, sean legítimos. 66. [67… 1685143 proofread-page text/x-wiki a8ov8tyrhkjcm7evvx3z0tb6dxec30d Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/618 102 425896 1685147 2026-10-08T18:03:23Z Greys Guzman 97316 /* No corregido */ Página creada con «{{sangría|1em|'''41.''' JAVOLENO; ''Doctrina de las obras póstumas de Labcón, libro II.''—Cuando se hubiese legado así: «doy y lego á Publio Mevio los frutos anuales del fundo Corneliano», opina Labeón que se ha de entender lo mismo que si igualmente hubiese sido legado el usufruto del fundo, porque se considera que esta fué la intención del testador.}}<br /> {{sangría|1em|'''42.''' EL MISMO; ''Doctrina de las obras póstumas de Labeón, libro V.''—Se…» 1685147 proofread-page text/x-wiki t1fk3zd252jkg01hmglyvpbcbiuoi36 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/619 102 425897 1685149 2026-10-08T18:24:19Z Greys Guzman 97316 /* No corregido */ Página creada con «cuando a uno de los vecinos, que tenían un fundo en común, le hubiese legado el camino bajo condición, y á otro puramente, y hubiese fallecido estando pendiente la condición, porque la persona del otro legatario serviría de impedimento para que no se reivindicase todo el fundo con el camino. {{sangría|1em|'''4.''' JAVOLENO; ''Epistolas, libro IX.''—Si el que tenía dos casas me legó una, y otra á tí, y hay una pared medianera que separe ambas casas, opino…» 1685149 proofread-page text/x-wiki t1iimy2sw5qzcdeqhcrtztp8s5ycqo4 1685150 1685149 2026-10-08T18:24:42Z Greys Guzman 97316 1685150 proofread-page text/x-wiki qzipf64da910vfpwq9cmg3obrbpr13c Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/620 102 425898 1685161 2026-10-08T18:45:01Z Greys Guzman 97316 /* No corregido */ Página creada con «que se admitió, que se puede hacer peor la condición de la dote habiendo hijos, tiene lugar siempre y cuando la mujer fallece en el matrimonio, ó media divorcio. {{sangría|1em|§ 2.—Y es verdad que en el legado de la dote hay el beneficio de la representación, aunque la dote se hubiese de entregar al cabo de un año.}} {{sangría|1em|§ 3.—También hay esto, que hoy después del Senadoconsulto no hay exacción alguna por causa de las cosas donadas, si es qu…» 1685161 proofread-page text/x-wiki khm76remkoa18tya43cjbc73nebefcd Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/621 102 425899 1685168 2026-10-08T19:09:58Z Greys Guzman 97316 /* No corregido */ Página creada con «{{sangría|1em|§ 11.—El mismo Juliano pregunta, si, habiendo legado el suegro al marido la dote, se extinguirá el legado del marido habiendosele pagado la dote á la mujer. Y dice que se extingue, porque ya no habría nada que se pudiera dar al marido.}}<br /> {{sangría|1em|§ 12.—El mismo pregunta, si, habiéndose legado á otro la dote, y habiéndosele rogado que se la restituya á la mujer, tendría lugar respecto al legado la ley Falcidia. Y dice que lo ti…» 1685168 proofread-page text/x-wiki 934spt00oo9kjwnyspasanng3jnkxop 1685170 1685168 2026-10-08T19:10:37Z Greys Guzman 97316 1685170 proofread-page text/x-wiki t2qvnw34qehxf56aice18907ia5a4xo 1685171 1685170 2026-10-08T19:12:22Z Greys Guzman 97316 1685171 proofread-page text/x-wiki glvtrgpjx8439443ng95f3s1h3gcrvt Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/131 102 425900 1685172 2026-10-08T19:30:25Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «del curador del que está en el vientre y de los bienes, se halla comprendido en la prohibición del mismo Senadoconsulto, porque también este debe rendir cuentas; y no debe hacernos variar la duración de la administración, porque ni respecto al tutor, ni en cuanto al curador, se estableció diferencia del mayor ó menor tiempo que alguno hubiere estado en semejante cargo. § 5.—Si Ticio administró la tutela de una doncella, ó como curador cuidó de sus negoci…» 1685172 proofread-page text/x-wiki aokn8g6fz2zte8do7okyr22hh2wlmkk Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/132 102 425901 1685173 2026-10-08T19:38:15Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «LIBRO XXIII: TÍTULO III á la nuda propiedad dada en dote acreciere el usufructo, se considera incremento de la dote, no otra dote, á la manera que si algo hubiese acrecido por aluvión. 5. ULPIANO; Comentarios á Sabino, libro XXXI.—Es dote profecticia, la que provino por el padre ó por un ascendiente, de sus bienes ó de hecho suyo. § 1.—Así pues, ya si dió la dote un ascendiente, ya si su procurador, ya si mandó que otro la diera, ya si, habiéndola d…» 1685173 proofread-page text/x-wiki j7vgupbfdq0ex0xv63amu0tb1279rxx Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/133 102 425902 1685174 2026-10-08T19:45:24Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «dote, y la hubiere dado hecho dueño de sí, la dote es profecticia; porque no pagó una deuda por la herencia del padre, sino que hecho padre de familia pagó una deuda propia, contraídas mientras era hijo de familia. § 11.—Si el padre hubiere dado la dote por su hija emancipada, para nadie es dudoso, que la dote es sin embargo profecticia, porque hace profecticia á la dote, no el derecho de potestad, sino el nombre del ascendiente, pero esto, solamente si la… 1685174 proofread-page text/x-wiki 9nyryb7rp9kts10ijw6hypgj4gbzo7j Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/134 102 425903 1685175 2026-10-08T19:50:16Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «se hacen del marido, si se le dieran en dote durante el matrimonio. ¿Luego, qué se dirá, si antes del matrimonio? Si verdaderamente las dió la mujer de modo que al punto se hagan de él, se hacen; pero si las dió con esta condición, que se hagan entonces cuando ella se hubiere casado, sin duda diremos, que entonces se hacen de él, cuando se hubieren verificado las nupcias. Por lo cual, si acaso no se verificasen las nupcias, habiéndole enviado mensaje, si ve… 1685175 proofread-page text/x-wiki et5wbv89ep2gymto9030o49djjykno1 1685177 1685175 2026-10-08T20:01:29Z ~2026-49558-97 97535 1685177 proofread-page text/x-wiki rdo2fzwy8ky6ud6lixq8rzrpnz96pja Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/622 102 425904 1685176 2026-10-08T19:53:35Z Greys Guzman 97316 /* No corregido */ Página creada con «herencia, restituirá solamente lo que excede de la cuantía de la dote y la utilidad que experimenta por el beneficio de la representación. Porque también si uno, habiendo recibido de la nuera la dote, hubiere instituído heredero a su hijo, y le hubiere rogado que restituya todo lo que de la herencia hubiese ido á su poder, y luego por la muerte de la mujer hubiere ganado la dote, no restituirá lo que percibió por razón de la dote, porque esto lo ganó por ca… 1685176 proofread-page text/x-wiki 27as6l0w3y6vahd13758t12h4rkye3y Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/135 102 425905 1685182 2026-10-08T20:12:00Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «dicción, y que no sean pedidos por la acción de dote, según respondieron por rescripto el Divino Marco y nuestro Emperador juntamente con su padre. Es claro, si se diese al marido el inventario de las cosas, como vemos que vulgarmente se hace en Roma; porque la mujer suele comprender en un inventario las cosas que suele tener en uso en la casa de su marido, y que no da en dote, y presentar este inventario al marido, para que él lo suscriba, como si hubiere… 1685182 proofread-page text/x-wiki 4p5gv7e35crxeo76jfzwrvui0ck4rav Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/623 102 425906 1685183 2026-10-08T20:15:55Z Greys Guzman 97316 /* No corregido */ Página creada con «{{sangría|1em|§ 1.—Asimismo, á una, que no tenía dote, le había hecho así un legado su marido: «por todo el dinero recibido á título de dote, y por lo demás, dé mi heredero cincuenta»; Ofilio, Cascelio, y también los discipulos de Servio, dijeron que se le debe el legado; que se ha de considerar lo mismo que si para alguien hubiese muerto un esclavo, ó en lugar de él se hubiese legado la suma de ciento; lo que es verdad, porque con estas palabras se…» 1685183 proofread-page text/x-wiki p05he946e63estsgnjo041bxb0m28av Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/136 102 425907 1685185 2026-10-08T20:34:59Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «LIBRO XXIII: TÍTULO III es consiguientemente decir, que perecieron para la mujer, porque aún no se había perfeccionado la venta, porque la estimación es venta. § 6.—Si se hubieren dado en dote bienes, aunque estimados, pero se hubiere convenido que se den ó la estimación ó los bienes, si verdaderamente se hubiere añadido: «según quiera la mujer, ella misma elegirá, si prefiere pedir los bienes, ó la estimación; pero si se hubiera agregado de este mod…» 1685185 proofread-page text/x-wiki ekhi6ej74f2npjlqondnut45s2zjgzw Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/624 102 425908 1685186 2026-10-08T20:48:01Z Greys Guzman 97316 /* No corregido */ Página creada con «{{sangría|1em|'''10.''' ['''11''']. SCÉVOLA; ''Cuestiones, libro VIII.''—Si á Seya se le hubiera legado por su dote de ciento un fundo, y lo mismo á Mevio, lo que á Mevio le quita la Falcidia lo reivindicará de más la mujer, como si no hubiere habido concurso, porque importa más la dote de la mujer.}}<br /> {{sangría|1em|'''11.''' ['''12.'''] PAULO; ''Respuestas, libro VII.''—Seya, al casarse con Lucio Ticio, le dió cien áureos á titulo de dote, y pre…» 1685186 proofread-page text/x-wiki j6nx7b6fjwiy9elsrlpgc87ym0savlc Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/137 102 425909 1685187 2026-10-08T20:48:27Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «se dirá como más cierto, que por la excepción de dolo se hace también la acción de lo estipulado, mientras dura el matrimonio. 14. ULPIANO; Comentarios al Edicto, libro XXVII.—Si la mujer hubiere dado en dote una cosa estimada, y después, siendo ella morosa para hacer la entrega, hubiere dejado de existir la cosa, no creo que ella tenga acción. 15. POMPONIO; Comentarios á Sabino, libro XIV.—Pero si en ella no hubiese consistido, percibe el precio lo mism…» 1685187 proofread-page text/x-wiki luk3hghampj9wtso367ovimrsvwmxml Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/138 102 425910 1685188 2026-10-08T20:52:22Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «ce por causa de dote contiene en sí esta condición, «si las nupcias se hubieren verificado», y que así puede reclamarse solamente en virtud de ella, aunque no se haya expresado la condición «si las nupcias»; por lo cual, si se enviara mensajero, se considera que faltó la condición de la estipulación, 22. PAULO; Comentarios á Sabino, libro VII.—Y aunque después se hubiere ella casado con el mismo, no convalece la estipulación. 23. ULPIANO; Comentarios…» 1685188 proofread-page text/x-wiki hwaaikpcani4ddrt3r9ulk4jaouexcg Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/139 102 425911 1685189 2026-10-08T21:01:22Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «80. PAULO; Comentarios á Sabino, libro VII.—La dote que se dió para el primer matrimonio, se ha de decir que no se aplica á otro matrimonio posterior de otro modo, que si se conviene esto, interpretando nosotros que siempre se conviene esto, si no se probara que se convino otra cosa, 81. PAPINIANO; Respuestas, libro IV.—Pero si no hubo divorcio, sino disensión, la dote permanecerá siendo del mismo matrimonio. 82. POMPONIO; Comentarios á Sabino, libro XVI.… 1685189 proofread-page text/x-wiki t0evox51auyiacuxsg7zfanph460u5g Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/140 102 425912 1685190 2026-10-08T21:04:55Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con « —LIBRO XXIII: TÍTULO III XLVIII.—Un deudor de la mujer prometió por mandato de ella dinero al marido, después el marido lo dió por recibido por mandato de la mujer, y la cosa pareció para la mujer; ¿cómo entenderemos esto, acaso con relación á la dote, ó también si por otra causa? Y parece que se habló de aquel deudor, que prometió á título de dote. Pero aún falta saber, si esto se haya hecho antes de las nupcias, ó después de ellas, porque pa…» 1685190 proofread-page text/x-wiki 75u2lt56x905n3jpbnaq160j4xpp2zo Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/141 102 425913 1685191 2026-10-08T21:07:14Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «§ 2.—También se constituye la dote por aceptilación, cuando por causa de constituir la dote se lo dá al marido deudor por recibida su deuda. § 3.—Si bajo condición se prometiera la dote por un deudor de la mujer, y después, pero antes que el marido pudiera pedirla, hubiere dejado el deudor de ser solvente, parece más bien que el riesgo corresponda á la mujer; porque no se considera que el marido aceptó el crédito en tiempo en que no pudiere exigirlo. P…» 1685191 proofread-page text/x-wiki 8dmum4gdjq52albgmrewpa8eha74i17 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/142 102 425914 1685192 2026-10-08T21:08:56Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «y si se hubiere debido con fianza, se ha de renovar la fianza. Y del mismo modo, también si hubiere sido condicional la obligación, que se convirtió en dote, y pendiente la obligación se hubiere verificado el divorcio, es más cierto que debe ser restituida la obligación bajo la misma condición; pero si se hubiere cumplido la condición durante el matrimonio, se cuenta el término de la exacción desde el día del divorcio. 44. JULIANO; Digesto, libro XVI.—Si…» 1685192 proofread-page text/x-wiki 1uzp538wruaagwb6m8moskmtjmid8qv Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/625 102 425915 1685193 2026-10-08T21:09:32Z Greys Guzman 97316 /* No corregido */ Página creada con «quien corresponde el conocimiento estimará que á titulo de dote se le dé á la hija menor la misma cantidad retirada previamente de la masa común. {{sangría|1em|'''15.''' ['''16''']. GAYO; ''Comentarios al Edicto del Pretor, libro II. de los legados.''—Aunque esté establecido, que el heredero, a quien se le mandó que las diera, debe liberar las cosas empeñadas, ú obligadas al público, sin embargo, si el que recibió tales cosas en dote hubiere prelegado l…» 1685193 proofread-page text/x-wiki 8ocg5pz9gubh575vwlou2y0vcg80tnb Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/143 102 425916 1685194 2026-10-08T21:13:19Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «§ 2.—El padre, aunque hubiese prometido la dote juzgando falsamente que él es deudor de su hija, se obligará. 47. EL MISMO; Digesto, libro XVIII.—Si al esclavo dado en dote antes de las nupcias se le hubiese donado ó legado alguna cosa antes de las nupcias, se amplía la dote, como con los frutos del fundo, que se entregó antes de las nupcias. 48. EL MISMO; Comentarios á Urseyo Ferox, libro II.—Habiéndose hecho esta estipulación: «¿prometes dar diez…» 1685194 proofread-page text/x-wiki 8p9r2wyxfpg0gqm77if3k6v3us1e9ku Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/144 102 425917 1685195 2026-10-08T21:15:44Z ~2026-49558-97 97535 /* No corregido */ Página creada con «das después con su voluntad en dote á favor de ella, la dote se considera dada por la hija, no por el padre. 52. MARCIANO; Reglas, libro III.—No solo si un fundo se dió en dote estimado, sino también si inestimado, y si por otra parte, no teniendo necesidad la mujer de prometer el duplo, lo prometió; como quiera que el mismo fundo está en dote, todo lo que por causa del mismo hubiere recibido de la mujer el marido, lo restituirá en su caso á la mujer que e… 1685195 proofread-page text/x-wiki 2b9pv2pvekfchppikbulibm0jnph4fo Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/397 102 425918 1685196 2026-10-08T21:28:02Z ~2026-54347-09 97843 /* No corregido */ Página creada con «18. [16.] ULPIANO; ''Comentarios á Sabino, libro XVI.''- si un esclavo común hubiera sido substituido á un impúbero con la libertad, si verdaderamente hubiese sido comprado por el padre de familia, será heredero necesario del impúbero; pero si hubiera sido comprado por el impúbero, no se hace heredero necesario, sino voluntario, según escribe Juliano en el libro trigésimo del Digesto. Mas si ni por el padre, ni por el pupilo hubiera sido comprado, la razón… 1685196 proofread-page text/x-wiki lypdp6pey4mtnbjhydd3wy2dfd8b9fs Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/398 102 425919 1685262 2026-10-09T02:09:53Z Yamel L. Aguilar 97293 /* No corregido */ Página creada con «se ha de creer las más de las veces, que fueron substituidos por las mismas partes en que fueron instituidos , de suerte que, si uno hubiera sido instituido en una onza, el segundo en ocho, y el tercero en el cuarto del as, repudiandolo el tercero, divídase el cuarto en nueve partes, y llévese ocho partes el que había sido instituido en los dos tercios, y una parte el que fué instituido por una onza, si acaso no hubiere sido otra la intención del testador,… 1685262 proofread-page text/x-wiki rhyys77i944f7zbtxxy3eiung5egzut 1685264 1685262 2026-10-09T02:12:12Z Yamel L. Aguilar 97293 1685264 proofread-page text/x-wiki hif9ex9b3h1z7gkbs3b0bay14dbmujy Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/735 102 425920 1685282 2026-10-09T03:07:14Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «§ 2. — Ticio rogó al heredero instituido que des- pués de su muerte restituyese la herencia, si no se hubiese pedido caución del fideicomiso; antes de la constitución, que remite la caución, no pudo tener lugar el efecto de la caución Muciana, por- que se pudo cumplir la condición viviendo aquel á quien se dejó. § 3. — Luego, ¿qué se dirá, si se hubiera escrito así: «te pido, que después de tu muerte restituyas la herencia, con tal que no se pida…» 1685282 proofread-page text/x-wiki 3d3v69woea8s3yfvmm984smrcuaw3kr Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/736 102 425921 1685283 2026-10-09T03:17:59Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «por la estipulación de la caución interpuesta. Pues si en el tiempo intermedio hubiere faltado la cau- ción, que solicitamente había sido exigida, no pa- gará el heredero con lo suyo, sino que como nada se le puede objetar, será bastante que preste las acciones; pero si, habiendo ido Ticio á Asia, Sem- pronio hubiere fallecido antes de recibir el le- gado, se le debería al heredero de éste lo que el difunto pudo pedir. 74.[72.] EL MISMO; Cuestiones, libro… 1685283 proofread-page text/x-wiki j4onjken4vjbfu13w0h5zrfxpax7fg6 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/737 102 425922 1685284 2026-10-09T03:23:40Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «pedir caución, no constituirá una condición; porque no faltará, si alguno hubiere deseado que se dé la caución, no habiéndose seguido la carga de la caución; lo que hoy no puede suceder por de- recho público contra el que no quiere, después que se determinó que su pudiese remitir la caución. 78.[76.] EL MISMO; Respuestas, libro IX.— Pues cuando el pupilo ó su tutor impide la condi- ción referida á la persona del pupilo, se considera por derecho comú…» 1685284 proofread-page text/x-wiki sm126t03fc4ai1l2q3cwf2zn84gm2ay Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/738 102 425923 1685285 2026-10-09T03:34:23Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «Habiéndose dado la libertad «si hubiere rendido las cuentas», esta condición de que rinda las cuen- tas sirve para que se considere que se le mande que entregase los sobrantes, si algunos tiene, con la fidelidad de su administración; y si no hay al- gunos, se considerará que recibieron puramente la libertad, y si falleció después de dicha la heren- cia, competiéndoles la libertad también les sigue el legado. Pero si falleció teniendo todavía algunos remane…» 1685285 proofread-page text/x-wiki jna7j3dh2k0b4wfxea1q45s610m3hiw Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/739 102 425924 1685286 2026-10-09T03:40:57Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «Ticio hizo así testamento: «Sea mi heredero Aure- lio Claudio, nacido de tal mujer, si le probare al juez que él es hijo mío»; Paulo respondió, que no consideraba que el hijo de que se trataba fué insti- tuido bajo condición que está en su potestad, y que por lo tanto el testamento era de ningún valor. 84.[82.] EL MISMO; Respuestas, libro XIV.— Quisieron que á aquellos libertos se les dé á título de alimentos diez denarios mensuales y el vestido, si v…» 1685286 proofread-page text/x-wiki cqbl1tkulhrkgid8cohswilg1yr08j4 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/740 102 425925 1685287 2026-10-09T03:56:17Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «89.[87.] VALENTE; Fideicomisos, libro I.no se refiere solamente á los que se dan muchas ve- ces bajo diversas condiciones, sino también á los que primero puramente, y después bajo condición. Y así, lo que al heredero se le mandó dar pura- mente, ó lo que fué legado puramente, cuando des- pués de un intervalo fué legado bajo condición, es válido en la forma posterior. Si primero fué legado bajo condición, y después puramente, se debe de presente. Mas si…» 1685287 proofread-page text/x-wiki f26xc1rcjwm98ojktqd01n77vxlf0x8 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/741 102 425926 1685288 2026-10-09T04:04:07Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «entender así, como si se hubiese hecho el legado bajo la condición de emancipar á los hijos, ó se le hubiese dejado de este modo, para que los eman- cipase. A lo cual es consiguiente lo que respondió por rescripto el Divino Severo; pues habiendo cier- ta mujer instituido herederos á sus nietos, y dado á sus hijos como coheredero el mismo hijo, y ha- biéndolos sustituido recíprocamente, y habiéndole rogado al hijo que emancipase á los hijos, no ha- biéndolo…» 1685288 proofread-page text/x-wiki rm7sjqqwg6daduumoydp0lsl63kbez1 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/743 102 425927 1685289 2026-10-09T04:08:52Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «§ 4.—Los fideicomisos mensuales y anuales de- jados á un liberto bajo esta condición: mientras administrase los bienes de la hija del testador, aunque es necesario darlos, prohibiendo la hija que se administrasen sus bienes, sin embargo, cambian- do de voluntad la hija, se recolecta la condición, por- que son muchos los fideicomisos. 102.[100.] EL MISMO; Respuestas, libro IX.— Habiendo un liberto instituido herederos á un hijo y á un nieto habido de otro h… 1685289 proofread-page text/x-wiki cygj1h2f3gjyai8m7sh41ibmgjctc56 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/744 102 425928 1685290 2026-10-09T04:11:48Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «que no salga de la familia, pertenecería también al siguiente legado. Respondió, que pertenecía. 109. [107.] EL MISMO; Digesto, libro XX.—Uno a quien se rogó por el testador, que recibiendo cien monedas restituyese la herencia á Ticia, su coheredera, falleció habiendo sido adida la heren- cia, é igualmente falleció Ticia, antes de dar las cien monedas; se preguntó, si ofreciendo el here- dero de Ticia las cien del fideicomiso, podría con- seguir la parte…» 1685290 proofread-page text/x-wiki by8vrbhdm36v9nk8jli1ypzg7qcfaj8 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/745 102 425929 1685291 2026-10-09T04:15:12Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «§ 3.—Prisco respondió, que el instituido libre bajo condición no debía ciertamente rendir cuentas allí donde falleció el padre de familia, ó donde el mismo fué dejado, ó donde quiera, pero que mien- trastanto debe dirigirse á aquel á quien deba dar- los; esto solamente si él estuviere ausente por causa de la República; pero es muy cierto, que esto se ha- brá de estimar de otro modo atendiendo á las cir- cunstancias de la persona y del lugar. 113. [11…» 1685291 proofread-page text/x-wiki qw0su6ae6z4dixrsc115k1cu5l13l12 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/746 102 425930 1685292 2026-10-09T04:19:26Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «§ 6.—Mas no solamente es aplicable la ley á los bienes legados propios del testador, sino también á los ajenos. § 7.—Y se refiere á esta ley todo lo que se saca de los bienes del difunto, ora conste de cuerpo cierto ó incierto, ora valga por peso, número ó me- dida, ó también si se hubiere legado un derecho, como el usufructo, ó cosa que consiste en crédito. § 8.—Asimismo, si se hubiera legado así: «de mi heredero á Seyo los comestibles, y si no…» 1685292 proofread-page text/x-wiki t5kf412oe4fxik0050b9a6b9t8we8i1 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/387 102 425931 1685293 2026-10-09T04:20:12Z Christian smith salazar cruz 97329 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO.- LIBRO XXVIII: TÍTULO V vio fué instituido por el heredero en las tablas de su testamento»; lo que no es dudoso que cae en el sentido del Senadoconsulto. 72. [70.] Terencio Clemente; Comentarios á la ley Julia y Tapia, libro IV.—Si alguno no pudiera por ley tomar la totalidad, y hubiera sido instituido en el as por quien no es solvente, respondió Juliano, que éste es heredero del as; porque no ha lugar á la ley en aquella herencia, que no es solv… 1685293 proofread-page text/x-wiki osfol4e25i24uzptzj8s8ewu0vmwbaw 1685294 1685293 2026-10-09T04:21:30Z Christian smith salazar cruz 97329 1685294 proofread-page text/x-wiki jc4ojvb6lxria9ww6qt57xvnowf8zip 1685295 1685294 2026-10-09T04:22:51Z Christian smith salazar cruz 97329 1685295 proofread-page text/x-wiki 80i0nupjpdw6zw62iv6zxbluxmwbul2 1685297 1685295 2026-10-09T04:23:54Z Christian smith salazar cruz 97329 1685297 proofread-page text/x-wiki tfsfzxlic1sq88rykfh43gtesv3zal8 1685298 1685297 2026-10-09T04:24:38Z Christian smith salazar cruz 97329 1685298 proofread-page text/x-wiki h1w9tyrc9mbflufxki7b0zf2faflcjg 1685303 1685298 2026-10-09T04:28:26Z Christian smith salazar cruz 97329 /* Corregido */ 1685303 proofread-page text/x-wiki ptrgnvjh1y4anfc660ji12gizdszkzw Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/748 102 425932 1685296 2026-10-09T04:23:54Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «3. PAULO; Comentarios á la ley Falcidia, libro único.—Si el heredero instituido hubiere vendido la herencia, que no es solvente, á la verdad, difícil- mente se podrá persuadir de que no ha obtenido una herencia que haya encontrado comprador; mas con verdadero fundamento nada se deberá á los legatarios, porque se considera que el heredero instituido tiene más bien por necesidad del com- prador, que por los bienes del difunto. Porque tam- bién de lo contrario… 1685296 proofread-page text/x-wiki dif50vzbgvu946gn96uyzhpq53ax2cw Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/388 102 425933 1685299 2026-10-09T04:25:35Z Christian smith salazar cruz 97329 /* No corregido */ Página creada con «382 DIGESTO .- LIBRO XXVIII : TÍTULO V Maevio ex quadrante scriptis heredibus, assem in dodrantem esse divisum respondi ; modum enim duarum partium ex quadrante declarari, quod veteres numis Titio legatis, numorum specie non demonstrata, ceterorum legatorum contemplatione Ticio de dos partes, y Publio Mevio del cuarto, respondi , que el as había sido dividido en tres cuartos; porque la cuantia de las dos partes se declaraba por el cuarto, lo que admitier… 1685299 proofread-page text/x-wiki el7627a9zzsvnenbjw8i0m4ss6au35t 1685301 1685299 2026-10-09T04:26:34Z Christian smith salazar cruz 97329 1685301 proofread-page text/x-wiki 2bf40c0rl7nln01ndykha3nspsjjzwc 1685302 1685301 2026-10-09T04:28:05Z Christian smith salazar cruz 97329 /* Corregido */ 1685302 proofread-page text/x-wiki htrzqow2lc8xg67bzkngtk5kjwau3by Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/749 102 425934 1685300 2026-10-09T04:26:20Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «Falcidia se determinó, que los frutos percibidos después, y que estuvieron maduros al tiempo de la muerte, aumentan la estimación de la herencia por razón del fundo, que se considera fué de más valor en aquel tiempo. § 1.—En cuanto á lo que está en el vientre de una esclava no se admitió ninguna distinción de tiempo; y no sin razón, porque el parto que aun no ha sido dado á luz no se dice con razón que sea un hombre. 10. EL MISMO; Cuestiones, libro XX…» 1685300 proofread-page text/x-wiki l5pmgcfvrbjyrt7a2li4vwlzjo9r0az Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/750 102 425935 1685305 2026-10-09T04:28:59Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «bastado la del padre? Sin duda el substituto daría su propia cuarta parte, porque el padre legó de lo suyo, y no importa al caso que por ningún testa- mento se dé más de la cuantía del patrimonio, porque en esta parte del derecho los legados que dejan en el segundo testamento se entienden como dejados bajo condición en el primero. § 6.—Si uno hubiere dado dos substitutos á su hijo, y gravado la porción de uno de ellos, se suele discutir si por razón de su…» 1685305 proofread-page text/x-wiki 6e7thc6tuid3bq2jpc5yge2i8ls1h31 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/389 102 425936 1685307 2026-10-09T04:29:36Z Christian smith salazar cruz 97329 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO .- LIBRO XXVIII : TITULO V loco scriptus fuerit , eique hereditas restituatur. Idem servandum in his, quibus per fideicommissum libertas data fuerit. Igitur si primo loco scriptus desideraret adire hereditatem, nulla difficultas erit; nam si posteriores quoque liberos se esse dicent, et restitui hereditatem desiderent, an solvendo sit hereditas, et omnibus liberis factis restitui deberet, apud Praetorem quaereretur; absente autem primo, sequens de… 1685307 proofread-page text/x-wiki 6256s6sgnz97a2d3c1ahrgipxg5n1uu 1685308 1685307 2026-10-09T04:30:33Z Christian smith salazar cruz 97329 /* Corregido */ 1685308 proofread-page text/x-wiki fo6t1fd0zpm9hhw2u0adc5y159s7yvu Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/390 102 425937 1685309 2026-10-09T04:31:10Z Christian smith salazar cruz 97329 /* Corregido */ 1685309 proofread-page text/x-wiki 37i0mkjmll7ro4w550g5xtguymcf64l 1685311 1685309 2026-10-09T04:31:27Z Christian smith salazar cruz 97329 1685311 proofread-page text/x-wiki eh55xipgcyigkvc125fpwpo3y2pvl3b 1685312 1685311 2026-10-09T04:32:03Z Christian smith salazar cruz 97329 1685312 proofread-page text/x-wiki 7iwpefbgvdgxjh5we9e5jdb1tpn54a1 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/751 102 425938 1685310 2026-10-09T04:31:24Z Romel89 97336 /* No corregido */ Página creada con «12. EL MISMO; Cuestiones, libro XXX.—Si el deudor, habiendo sido instituído heredero el acree- dor, hubiese pedido que en la cuenta de la ley Fal- cidia que se ha de hacer no les computase su pro- pio crédito á los legatarios, sin duda que por razón de la excepción de dolo malo se mantiene ante el árbitro de la Falcidia la voluntad del difunto. 13. EL MISMO; Cuestiones, libro XXXVII.—Si mandándoselo su señor un esclavo se hubiere en- cargado de un fideico…» 1685310 proofread-page text/x-wiki qmc10q79kat26yswurkjzu9tespwm15 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/391 102 425939 1685313 2026-10-09T04:32:33Z Christian smith salazar cruz 97329 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO . - LIBRO XXVIII: TÍTULO VI 385 num .- Testamento domini servus sub conditione Instituido heredero un esclavo con la libertad ba- cum libertate heres institutus pendente adhuc conditione necem domini detexit , eumque Praetor mereri libertatem decrevit; etsi postea conditio jo condición en el testamento de su señor, descubrió, estando todavia pendiente la condición, la muerte de su señor, y el Pretor decretó que él merecia la libertad; aunque de… 1685313 proofread-page text/x-wiki mio5nk5v43i1ps1qcunop6i2alv8vim 1685314 1685313 2026-10-09T04:32:55Z Christian smith salazar cruz 97329 1685314 proofread-page text/x-wiki leel8e5b944w0iuoahp2mkldphmx5td 1685315 1685314 2026-10-09T04:33:35Z Christian smith salazar cruz 97329 /* Corregido */ 1685315 proofread-page text/x-wiki 8uadpb5dn140jjklrxisqdhge7uf6iw Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/392 102 425940 1685316 2026-10-09T04:33:59Z Christian smith salazar cruz 97329 /* No corregido */ Página creada con «386 DIGESTO .- LIBRO XXVIII : TÍTULO VI 2. ULPIANUS libro VI. ad Sabinum .- Moribus introductum est, ut quis liberis impuberibus testamentum facere possit, donec masculi ad quatuordecim annos perveniant, feminae ad duodecim; quod sic erit accipiendum, si sint in potestate. Ceterum emancipatis non possumus, postumis plane 2. ULPIANO; Comentarios à Sabino, libro VI.Se introdujo por las costumbres, que cualquiera pueda hacer testamento por los descendiente… 1685316 proofread-page text/x-wiki rr4d87joc0vm7iqirzu28vuicjkxfyw 1685317 1685316 2026-10-09T04:34:53Z Christian smith salazar cruz 97329 /* Corregido */ 1685317 proofread-page text/x-wiki 9dsuzjllqbhtx051fl17km3f96ygddj 1685318 1685317 2026-10-09T04:35:32Z Christian smith salazar cruz 97329 1685318 proofread-page text/x-wiki 6e78gy227sw67gmdhwzm5ikregncntt Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/393 102 425941 1685319 2026-10-09T04:36:06Z Christian smith salazar cruz 97329 /* No corregido */ Página creada con « 1- detur, ut non ordo scripturae, sed ordo successioSIL nis spectetur. redero, y haya fallecido en la pubertad, parece que con razón debe ser admitido Seyo , de suerte que no se atienda al órden de la escritura, sino al órden de la sucesión. § 7. Quod igitur dictum est, singulis liberorum substituere licere , ideo adiectum est , ut decla- substituir a cada uno de los descendientes, se aña- retur, non esse a filii testamento incipiendum im- dió para… 1685319 proofread-page text/x-wiki 1jz3ni2qzjkn1m33owtjdcvf87ixkk2 1685320 1685319 2026-10-09T04:36:46Z Christian smith salazar cruz 97329 /* Corregido */ 1685320 proofread-page text/x-wiki l7v78b3go0spfskl4j6t9t1nh0781e8 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/685 102 425942 1685321 2026-10-09T05:38:01Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO . LIBRO XXXIV : TÍTULO III 6. IAVOLENUS libro VI. Epistolarum. Post emancipationem vero filii eatenus pater actionem habebit, quatenus aliquid ex peculio, aut in rem verso praestiturus est; id enim legatorum nomine ad patrem pertinebit, quod eius intererit. 679 6. JAVOLENO ; Epistolas, libra VI. Pero después de la emancipación del hijo tendrá acción el padre en tanto cuanto ha de entregar alguna cosa pater ex testamento agere possit, ut etiam f… 1685321 proofread-page text/x-wiki qptn943klxwe09vrgeedw516kihyjhp 1685322 1685321 2026-10-09T05:38:47Z ~2026-54229-10 97847 1685322 proofread-page text/x-wiki re28wqlreruymuckylfugrpp9vfks55 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/686 102 425943 1685323 2026-10-09T05:40:47Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO. 680 LIBRO XXXIV : TÍTULO III 8. POMPONIO; Comentarios á Sabino, libro VI.—Podemos legar, para que sea liberado, no solamente á un deudor nuestro, sino también al del heredero, y al de otro cualquiera. § 1.—El heredero puede ser condenado á no pedirle al deudor hasta cierto tiempo; pero sin duda no deberá liberarlo dentro de este tiempo, y si el deudor hubiere fallecido, no se le podrá pedir al heredero dentro de este tiempo. § 2.—Se ha de ver…» 1685323 proofread-page text/x-wiki mbfy2csqy1z3b47dyhvwakbv2u270fb Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/687 102 425944 1685324 2026-10-09T05:46:15Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO.LIBRO XXXIV : TÍTULO III 681 deudor hubiere mandado que por su heredero sea liberado su fiador, ¿deberá ser liberado el fiador? Respondió, que debía. También se preguntó, si, porque los herederos estarían obligados con la acción de mandato, es inútil el legado, que el deudor lega á su acreedor. Respondió, que siempre que el deudor legase á su propio acreedor era inútil el legado, si nada le interesase al acreedor reclamar por el testamento más…» 1685324 proofread-page text/x-wiki pj3s31anb35r2epwlzo5zomxbqnk0ri Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/688 102 425945 1685325 2026-10-09T05:47:23Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «682 DIGESTO.- LIBRO XXXIV: TÍTULO III II.—y también los atrasos se comprenden en el juicio de locación. 18. PAULO; Comentarios á Plaucio, libro IX.—Dice Casio: aunque de este modo hubiese sido legada la habitación, debería el heredero prestar gratuita la habitación; y además se determinó, que podía el colono ejercitar contra el heredero la acción de testamento, para que se le librase de la conducción; lo que se dice con muchísima razón. 19. MODESTI…» 1685325 proofread-page text/x-wiki nud3gs76cz86rveqqz2w0s4mzbx6ehg Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/689 102 425946 1685326 2026-10-09T05:48:02Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO.-- LIBRO XXXIV: TÍTULO III 22. PAPINIANO; Cuestiones, libro XIX.—«No quiero que se pida lo que Sempronio me debe»; se respondió, que el deudor tiene no solamente la excepción, sino que también puede pedir el fideicomiso, para que se le libere. 23. EL MISMO; Respuestas, libro VII.—El procurador, de quien se prohibió que exigiera cuentas el heredero, que por tal razón fué condenado á liberar al heredero, será obligado por derecho de mandato á re…» 1685326 proofread-page text/x-wiki cbrp5u7s1r2tyeqtcf522q0wbfb1ncy Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/690 102 425947 1685327 2026-10-09T05:48:34Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «684 DIGESTO .-LIBRO XXXIV: TÍTULO III 26. ESCÉVOLA; Respuestas, libro IV.—Un tutor, al fallecer, habiendo instituído otros herederos, quiso que se dieran á su pupilo, cuya tutela administró, la tercera parte de los bienes, si no les hubiere promovido controversia á sus herederos por causa de la tutela, sino que á todos los hubiere liberado por tal concepto; el pupilo aceptó el legado, y, no obstante, pidió después todo lo que por enajenación ó por otra…» 1685327 proofread-page text/x-wiki ojzf7v1xouf0t1ddegsvapc15xwpbwv Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/691 102 425948 1685328 2026-10-09T05:49:08Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO . LIBRO XXXIV: TÍTULO III 685 § 2.—Ticio legó así á Seyo, su deudor: «doy y lego á Seyo diez denarios; y también le dono todo lo que me debía por razón de capital y de intereses»; además de esto condenó en general á los herederos, y lo encomendó á su fidelidad, á que diesen y restituyesen á cada uno lo que le hubiese legado: después Seyo recibió de Ticio en mútuo además otra cantidad: pregunto, ¿se entiende legado también este dine…» 1685328 proofread-page text/x-wiki amhdslhqynq226a8jerpttziroltaws Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/692 102 425949 1685329 2026-10-09T05:50:26Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «686 DIGESTO .-LIBRO XXXIV: TÍTULO III -gunto, si deberá entregar Stico los atrasos que había debido por actos de su administración. Respondí, que Stico no estaba obligado por este concepto. Y dice Claudio: porque nadie está obligado después de su libertad por actos del tiempo de su esclavitud, y la consulta había sido referida al derecho de la deuda; luego se pueden retener los atrasos con el peculio, ó ser deducidos de éste, si fué legado. § 8.—«Quie…» 1685329 proofread-page text/x-wiki bnlllr320bm6i442dmyybiywmvdp9w4 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/693 102 425950 1685330 2026-10-09T05:51:45Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO . LIBRO XXXIV : TÍTULO III 687 libro VI.—Si el que tiene dos obligados por promesa, hubiere condenado á su heredero á que los libere á ambos, si uno de ellos no pudiera adquirir, y no fueran sócios, el que nada adquiere deberá ser delegado á aquel á quien por la ley compete este beneficio; con cuya petición suceden estas dos cosas, que este beneficio vaya á él, y que sea liberado el que adquiere. Pero si fueran sócios, por causa del que es cap…» 1685330 proofread-page text/x-wiki c6z66loxu3d6yistq9pb1x1jkya20eg Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/694 102 425951 1685331 2026-10-09T05:52:24Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO . - LIBRO XXXIV: TÍTULO IV 688 § 3.—Asimismo se pregunta, si se consideraría liberado el cotutor. Respondió, que no se liberaba el cotutor. § 4.—«Lego muy merecidamente á Cayo Seyo además de esto, y quiero que se le conceda, que no se le pida á él, ni á sus herederos, cualquiera cosa de la que me es deudor ó por quirógrafo ó por cuentas, ó lo que de mí recibió en mútuo, ó aquello por lo que obligué mi fianza»; pregunto, si se habrá…» 1685331 proofread-page text/x-wiki 81khj4gy47qrvhoo4fs5s97frwvl92u Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/695 102 425952 1685332 2026-10-09T05:53:10Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO .- LIBRO XXXIV: TÍTULO IV 689 ó habiéndosela dejado á su madre si él hubiese fallecido antes de que le fuera restituida, de suerte que se le deba á la madre si el niño hubiese fallecido antes de correr el término del legado, y se transmita el fideicomiso á los herederos del pupilo, si después, como habiéndose seguido mora por la misma cosa. § 3.—Pero también cuando alguno hubiese legado así: «dele á Ticio mi heredero; si no le diere, dele…» 1685332 proofread-page text/x-wiki pm0o3nkq9hp4wye3v7whslf5w8o2ig0 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/696 102 425953 1685333 2026-10-09T05:53:39Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «690 DIGESTO. LIBRO XXXIV : TÍTULO IV si leve ofensa, subsiste el fideicomiso. Esto mismo decimos también respecto al legado, opuesta la excepción de dolo. 4. EL MISMO; Comentarios á Sabino, libro XXXIII.—Pero si de nuevo volvieron á la amistad, y el testador se arrepintió de la anterior ofensa, se reintegra el legado ó el fideicomiso dejado; porque la voluntad del difunto es variable hasta el último momento de su vida. 5. GAYO; Comentarios al Edicto urba… 1685333 proofread-page text/x-wiki caddcf2krwn7lktthj9nunubrlw9ddx Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/697 102 425954 1685334 2026-10-09T05:54:08Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO .- LIBRO XXXIV : TÍTULO IV 691 cincuenta fuesen distintos, se deberán ciento cincuenta; mas si quiso que fueran debidos únicamente cincuenta, se deberán solo los cincuenta. Lo mismo es, también si esto hubiere sido hecho en codicilos. 10. JULIANO; Digesto, libro XXXVII.—Si se revocara bajo condición el legado dado á Ticio puramente, y Ticio hubiere fallecido estando pendiente la condición, aunque llegare á faltar la condición, el legado no perten…» 1685334 proofread-page text/x-wiki dj1z2kbfqtg3ktp9vuvn2pk8ua9xjsr Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/698 102 425955 1685335 2026-10-09T05:54:43Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «692 DIGESTO . LIBRO XXXIV : TÍTULO IV en vida hubiere el testador donado á otro la cosa legada, se extingue enteramente el legado; y no distinguimos si la haya donado por necesidad de las cosas de familia, ó por mera voluntad, de suerte que si la hubiere donado por necesidad, se deba el legado, y si por nuda voluntad, no se deba; porque esta distinción no es aplicable á la liberalidad del que dona, porque nadie es liberal estando en necesidades. 19. EL M… 1685335 proofread-page text/x-wiki 3mpiuri7nio631x4c431r6lck1jnjgv Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/699 102 425956 1685336 2026-10-09T05:55:18Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO .- LIBRO XXXIV: TÍTULO IV 693 tendrá más fuerza que el legado de la hija. Pero aunque no sea válida la donación, se entiende, sin embargo, que el padre disminuyó el legado de la hija. 25. EL MISMO; Respuestas, libro IX.—Uno dió por prelegado á uno de los herederos un predio, y después mandó que se le cediesen á otro las acciones contra un deudor para el fin con que había sido comprado el predio; como después, habiendo vendido el predio sin ofe…» 1685336 proofread-page text/x-wiki 0gx1kudojndeognu3vv44vltm4mts6u Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/700 102 425957 1685337 2026-10-09T05:55:44Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «694 DIGESTO .- LIBRO XXXIV : TÍTULO IV de esto doy y lego, y quiero que se den veinte libras de oro», y añadió: «encomiendo á tu fidelidad, Atcio, que ante todo quieras dirigir y amparar con tu cariño á Sempronia, tu hermana, y que si creyeres que ha vuelto á buena costumbre de vida, en este caso le entregues las veinte libras de oro, cuando tú mueras, pero que mientras tanto le des sus réditos, esto es, los intereses del seis por ciento anual»; y despu…» 1685337 proofread-page text/x-wiki euv5ma7850eittwvwp779ngyw28gvts Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/701 102 425958 1685338 2026-10-09T05:56:11Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO.-LIBRO XXXIV: TÍTULO IV 695 § 3.—Uno que en su testamento había instituído á sus hijas herederas de partes desiguales, hizo en el mismo testamento la división de casi todos sus bienes; después añadió estas palabras: «pero todos los demás bienes que me queden, así como también las cargas de la herencia, serán solamente de mis dos hijas, á saber, de Prima y de Segunda, ó de la que de ellas sobreviva»; después en codicilos hizo otra divisió…» 1685338 proofread-page text/x-wiki 7xwussv69fnyfjlnn17p1fp4louw2x4 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/702 102 425959 1685339 2026-10-09T05:56:40Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «696 DIGESTO . LIBRO XXXIV : TÍTULO V codicilos el legado que le había dado á Ticio en el testamento, se le deberá á Ticio por los herederos de Seya. Respondió, que, según lo que se exponía, no se le debía. § 3.—Uno le legó á la hija, que tenía bajo su potestad, entre otras cosas el peculio; él mismo después de hecho el testamento cobró dinero de un deudor de la hija, y lo invirtió en sus propias cuentas; pregunto, si por este motivo podrá la hij…» 1685339 proofread-page text/x-wiki coe5rll7yv0zu893j5qi3juidstbji0 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/703 102 425960 1685340 2026-10-09T05:57:17Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO .- LIBRO XXXIV: TÍTULO V 697 tos, á quienes había instituído herederos, impetró para él la restitución, y falleció antes que lo supiese; dudándose respecto al fideicomiso si se debería, consultado Juliano, respondió, que se debía; pero que también si no un heredero ó un legatario, sino otro de los amigos, cuidó de que él fuera restituido, se le entregaba á éste el fideicomiso. § 1.—Si alguno hubiere rogado que os restituyan la herencia…» 1685340 proofread-page text/x-wiki ejb5xnqvb84bwzov303icyxbo90emlv Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/704 102 425961 1685341 2026-10-09T05:57:42Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO . 698 LIBRO XXXIV: TÍTULO V cuestión, que la donación fuese válida, principalmente no sobreviviendo el donador, que pueda reivindicar la cosa. 9. [10.] TRIFONINO; Disputas, libro XXI.—Uno que tenía dos hijos impúberos sustituyó á Ticio al último que muriese, y los dos impúberos perecieron al mismo tiempo en una nave; se preguntó, si se le deferirá la herencia al substituto, y cuál. Dije: si hubiesen fallecido por orden, el hermano será hered…» 1685341 proofread-page text/x-wiki 8rq3br81161vwamr46ff3hmyw84aig8 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/705 102 425962 1685342 2026-10-09T05:58:09Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO .- LIBRO XXXIV : TÍTULO V 699 es nula la revocación. Asimismo, si á uno solo entre muchos esclavos del mismo nombre, ó á algunos, fué dejada la libertad; y es más verdadero que también en todos estos casos se invalidan los legados y las libertades, pero que es válida la revocación respecto á ambos. § 1.—A la verdad, si una esclava hubiere recibido así la libertad: «sea libre, si hubiere parido primero un varón», y ella hubiese parido en un…» 1685342 proofread-page text/x-wiki 91xfq2i9klans064txjbxkf49bxmqf7 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/706 102 425963 1685343 2026-10-09T05:58:38Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO . 700 LIBRO XXXIV : TÍTULO V § 3.—Si concibieras así la estipulación: «si no se hubiere hecho esto ó aquello», ó de este modo: «si no se hubiere hecho alguna de estas cosas que se incluyeron, para que se hicieran», hay esta diferencia, que, aunque hecha una cosa sea verdad que verdaderamente se hizo esto ó aquello, no por esto será, sin embargo, verdad que no se hizo esto ó aquello; porque á un mismo tiempo pueden ser verdad estas cosas, aunq…» 1685343 proofread-page text/x-wiki kxsbjeo18w561n9yrbujt39439bhgh3 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/707 102 425964 1685344 2026-10-09T05:59:18Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO . LIBRO XXXIV : TÍTULO V vuelve atrás por un hecho posterior, y aparece qué es lo que se hizo. Como, por ejemplo, si se hubiere legado una cosa, y mientras deliberaba el legatario, el heredero hubiere entregado á otro esta cosa; porque si verdaderamente hubiere querido el legatario tener el legado, la entrega es nula, y si lo hubiere repudiado, es válida. Otro tanto sucede, también si el heredero hubiere prestado el dinero legado de la herencia; p… 1685344 proofread-page text/x-wiki c5157e6jb6beqblx6w2v49ezdn2tc6z Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/708 102 425965 1685345 2026-10-09T05:59:50Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «702 DIGESTO . LIBRO XXXIV : TÍTULO V XII.—Habiendo permitido el Senado en tiempos del Divino Marco legar á los colegios, no hay duda alguna que si se hubiera hecho un legado á una corporación, á la cual sea lícito asociarse, se deberá. Mas si se legara á la que no es lícito, no será válido, á no ser que se legue á cada uno; porque estos serán admitidos al legado, no como colegio, sino como hombres ciertos. 21. [22.] EL MISMO; Comentarios á Plaucio,…» 1685345 proofread-page text/x-wiki 47n7xk9mo4za1o6lzriym0ifptpkrs7 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/709 102 425966 1685346 2026-10-09T06:00:19Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO.- LIBRO XXXIV: TÍTULO VII 703 brado, aunque se hubiese errado en el oficio; pero si fuesen desconocidos los nombres de los esclavos, se considera legado el panadero, lo mismo que si no se le hubiese añadido el nombre. 29. [30.] ESCÉVOLA; Digesto, libro XVIII.—Uno había manumitido en su testamento á varios, entre ellos á Sabina y á Ciprogenia, cuando cada uno de ellos hubiese llegado á los treinta años de edad, y había querido que cuando cada uno…» 1685346 proofread-page text/x-wiki 6tcajd2pj1uifh9revbkxglq7tiahmm Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/710 102 425967 1685347 2026-10-09T06:00:40Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO .-LIBRO XXXIV: TÍTULO VIII 704 se hubiere casado con Ticio», se consideró que bastaba, si se hallara casada al tiempo de la muerte, aunque hubiere sido impúbera al tiempo de haberse hecho el testamento. 3. PAPINIANO; Cuestiones, libro XV.—La regla Catoniana no es aplicable á las herencias, ni á aquellos legados cuyo término no corre al tiempo de la muerte, sino después de adida la herencia. 4. ULPIANO; Comentarios á Sabino, libro X.—Está determ…» 1685347 proofread-page text/x-wiki 2w87s5aa2dqyk4iymkts2tj6dk3bnv4 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/711 102 425968 1685348 2026-10-09T06:01:00Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «705 DIGESTO .- LIBRO XXXIV: TÍTULO IX 5. PAULO; Cuestiones, libro XII.—Lo que uno hubiere escrito para sí, si por el testador se le mandó que lo restituya á otro, queda como fideicomiso con su carga en poder del heredero, aunque se tuviese como no escrito; lo mismo es también tratándose del testamento de un militar. TÍTULO IX — DE LO QUE SE LES QUITA Á ALGUNOS POR INDIGNOS [Véase Cód. VI. 35.] 1. MARCIANO; Instituta, libro VI.—Respondieron por rescri…» 1685348 proofread-page text/x-wiki aqik1fud00qxq10bgc8ivr5w9whxcik Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/712 102 425969 1685349 2026-10-09T06:01:20Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «706 DIGESTO .- LIBRO XXXIV : TÍTULO IX § 1.—El que sostuvo que no fué hecho conforme á derecho, y no venció, no es repelido de lo que mereció. Luego el que habiendo conseguido un legado dijo después que era falso, deberá perder lo que consiguió. Mas respecto al que recibió un legado, si dijera que el testamento no fué hecho con arreglo á derecho, respondió así por rescripto el Divino Pío: «Aunque los cognados de Sofrón habían recibido del hereder…» 1685349 proofread-page text/x-wiki ccs3org8ub2jwahk6m1xsfndfsuc1uv Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/713 102 425970 1685350 2026-10-09T06:01:54Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO. LIBRO XXXIV : TÍTULO IX 707 -dente, que declaró falso un testamento, si mediante la apelación ganó el heredero instituído. § 13.—La obligación de su cargo excusa suficientemente en todos los casos al abogado del fisco, que da curso á la demanda del testador. § 14.—El que impugna el testamento principal ha de ser repelido también de las segundas tablas, así como de los codicilos hechos á un testamento, aunque no hayan sido confirmados; no se…» 1685350 proofread-page text/x-wiki lpvjxa3x737zh1x1k4xzfmutlo9ya62 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/714 102 425971 1685351 2026-10-09T06:02:41Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «708 DIGESTO . LIBRO XXXIV : TÍTULO IX § 2.—Mas si promovió controversia sobre su estado, se le deniega la reclamación de lo que recibía en el testamento; por cuyo motivo inmediatamente será deferido al fisco. 10. GAYO; Comentarios á la ley Julia y Papia, libro XV.—Presta su fidelidad en fraude de la ley el que promete tácitamente que restituirá ó lo que se deja, ú otra cosa, á persona á quien por las leyes se prohibe adquirir por testamento, ya hub…» 1685351 proofread-page text/x-wiki 4lhazseqtylu1uaxbp7mc76a2a75ron Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/715 102 425972 1685352 2026-10-09T06:03:03Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «DIGESTO . LIBRO XXXIV : TÍTULO IX 709 dentro de un año, no era admitida al testamento hecho con arreglo al derecho militar, y que lo que se le dejó pertenece al fisco. 15. EL MISMO; Respuestas, libro VI.—Al heredero, que dijo que los codicilos eran falsos, y no ganó, no se le quita la herencia; pero si en los codicilos hubiere recibido de su coheredero alguna cosa, se le denegará la acción de la misma. Y así, si el difunto hubiere hecho en codicilos la d… 1685352 proofread-page text/x-wiki kjqsx6b32qf0zmux8ec6mdzb9n66ud5 Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/716 102 425973 1685353 2026-10-09T06:03:41Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «710 DIGESTO . LIBRO XXXIV : TÍTULO IX respondí, que se ha de restituir con los intereses el precio percibido antes por los frutos; pero de todos los frutos cuyo precio había sido percibido, porque si tuvo los frutos para su uso, será bastante que se restituya solamente el precio de los mismos. Pero el Divino Severo decretó por benignidad, que se debían únicamente, sin distinción de tiempo, los frutos de los bienes dejados tácitamente, no también los inte… 1685353 proofread-page text/x-wiki czwscyfz7dmnpf4wyvhu3rmzph28wsg Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/717 102 425974 1685354 2026-10-09T06:04:11Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «711 DIG ESTO .- LIBRO XXXV: TÍTULO I tor, y otro el del legatario; y cuando hubiere acusado no por derecho de su propia persona, sino de la del pupilo, no debe merecer propia pena. Finalmente, las cosas dejadas al pupilo en este testamento perecen, si no hubieran sido conservadas por el Príncipe; de tal suerte es él defensor del acusador, y como patrono; lo mismo escribió también Sabino en sus libros de Comentarios á Vitelio. 23. GAYO; De los fideicomisos… 1685354 proofread-page text/x-wiki buqz8ihoomiqou8phaveixc33nfwyrb Página:Cuerpo del derecho civil romano a doble texto (IA cuerpodelderechocivilromanoP1T2).pdf/682 102 425975 1685355 2026-10-09T06:05:50Z ~2026-54229-10 97847 /* No corregido */ Página creada con «676 DIGESTO . LIBRO XXXIV : TÍTULO III de mujer, respondieron Ofilio y Labeón, que se deben únicamente los que de ellos se le hubiesen entregado por el marido á la mujer para usarlos; porque los que lo interpretan de otro modo padecerían grave error, si así le hubiese legado á su mujer un fabricante de vasos ó un platero. § 1.—Cuando se hubiese legado así: «la plata que hubiere en mi casa, cuando yo muera», respondió Ofilio, que no se considera legad…» 1685355 proofread-page text/x-wiki krval90yqvq2due2bnox7lgyb827lmk